Comunicados
RENFE-ADIF | 25 16/03/2025
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SFF-CGT MANTIENE LA HUELGA El SFF-CGT mantiene las movilizaciones contra el traspaso de Rodalies, la lÃnea R1 y la privatización de Renfe MercancÃas. No es la primera vez que nos obligan a luchar por este motivo. En la anterior ocasión, desconvocamos la primera jornada de huelga confiando en la buena fe negociadora y en el compromiso de los acuerdos alcanzados. Sin embargo, ahora, no desconvocamos sin un análisis riguroso y detenido del acuerdo. El incumplimiento de lo pactado en 2023 no es baladÃ.
El acuerdo alcanzado hoy entre la mayorÃa de los CGEs de Adif y Renfe, las Organizaciones sindicales SEMAF, CCOO, UGT y SCF, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y la Generalitat de Catalunya lo debe analizar la afiliación del SFF-CGT y será esta quien decida si ofrece las garantÃas necesarias para detener las movilizaciones.
Un acuerdo que se ha estado trabajando todo el fin de semana con los ritmos y las premisas que marcaba Esquerra Republicana mientras celebraban su 30º Congreso. Unas negociaciones en las que nos pedÃan calma, no les enfademos que están de Congreso. Unas negociaciones en las que nos pedÃan no ser exigentes. Unas negociaciones que han sido una carrera contra el reloj, con presiones como la filtración de borradores, orquestado por el Ministerio de Transportes y las empresas Adif y Renfe para no dar voz a los trabajadores y trabajadoras.
Un final de negociaciones en las que cuando desde el SFF-CGT les hemos dicho que tendrÃamos que consultar con nuestra afiliación antes de firmar cualquier acuerdo, han optado por eliminarnos del acta y que no figuremos como participantes de las negociaciones. Asà queda todo en casa, ¡por unanimidad! Como en los mejores democracias del Siglo XXI.
Durante estos dÃas, los ferroviarios y ferroviarias hemos vuelto a ser moneda de cambio en acuerdos polÃticos que no responden a los intereses de la plantilla, sino a estrategias partidistas. El ferrocarril público sigue siendo troceado, privatizado y desmantelado, sin importar los intereses de los trabajadores y trabajadoras ni el servicio prestado a los usuarios y usuarias.
Por todo ello, la jornada de huelga de mañana sigue adelante porque nos jugamos nuestro empleos.
El SFF-CGT no se detiene hasta garantizar y corroborar que no nos arrebatan nuestros derechos ni que juegan con nuestros empleos. Esta lucha no es solo por nuestras condiciones laborales actuales, sino por la defensa del modelo de empresa, por nuestros convenios y por el futuro del sector ferroviario.
SFF-CGT. POR LA INTEGRIDAD DE ADIF Y RENFE
 COMUNICADO
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 ADIF 12/03/2025 | 24 EL SFF-CGT IMPUGNA LA NORMA DE MOVILIDAD | CONJUNTO 10/03/2025 | COMUNICADO CONJUNTO COMUNICADO CONJUNTO RENFE Y ADIF: SOBRE LAS HUELGAS CONVOCADAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR DECLARACIóN DEL IRPF 2018: NO TODA LA RETRIBUCIóN EN ESPECIE DEBE DECLARARSE. | 43 2019-05-07 |
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 | Leido: 169 veces | ArtÃculo 43.1 de la Ley del IRPF, 35/2006, de 28 de noviembre.
f) … cuando el rendimiento de trabajo en especie sea satisfecho por empresas que tengan como actividad habitual la realización de las actividades que dan lugar al mismo, la valoración no podrá ser inferior al precio ofertado al público del bien, derecho o servicio de que se trate. Se considerará precio ofertado al público el previsto en el artÃculo 13 de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, deduciendo los descuentos ordinarios o comunes. Se considerarán ordinarios o comunes los descuentos que sean ofertados a otros colectivos de similares caracterÃsticas a los trabajadores de la empresa, asà como los descuentos promocionales que tengan carácter general y se encuentren en vigor en el momento de satisfacer la retribución en especie o que, en otro caso, no excedan del 15 por ciento ni de 1.000 euros anuales.
Reglamento del Impuesto Sobre la Renta de las Personas FÃsicas de 2007 Real Decreto 439/2007, de 30 marzo.
ArtÃculo 48. Precio ofertado
A efectos de lo previsto en el artÃculo 43.1.1º f) de la Ley del Impuesto se considerará precio ofertado al público, en las retribuciones en especie satisfechas por empresas que tienen como actividad habitual la realización de las actividades que dan lugar al mismo, el previsto en el artÃculo 13 de la Ley 26/1984, de 19 de julio (RCL 1984, 1906; ApNDL 2943), General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, deduciendo los descuentos ordinarios o comunes.
Se considerarán ordinarios o comunes:
Los descuentos que sean ofertados a otros colectivos de similares caracterÃsticas a los trabajadores de la empresa; los descuentos promocionales que tengan carácter general y se encuentren en vigor en el momento de satisfacer la retribución en especie; cualquier otro distinto a los anteriores siempre que no excedan del 15 por 100 ni de 1.000 euros anuales.
ArtÃculo 102. Ingresos a cuenta sobre retribuciones en especie del trabajo
1. La cuantÃa del ingreso a cuenta que corresponda realizar por las retribuciones satisfechas en especie se calculará aplicando a su valor, determinado conforme a las reglas del artÃculo 43.1 de la Ley del Impuesto, y mediante la aplicación, en su caso, del procedimiento previsto en la disposición adicional segunda de este Reglamento, el tipo que corresponda de los previstos en el artÃculo 80 de este Reglamento.
2. No existirá obligación de efectuar ingresos a cuenta respecto a las contribuciones satisfechas por los promotores de planes de pensiones, de planes de previsión social empresarial y de mutualidades de previsión social que reduzcan la base imponible.
Inmersos en el periodo de la declaración del IRPF planteamos la posibilidad de modificar nuestra declaración para que la Agencia Tributaria, tome en consideración lo establecido en la Ley del IRPF, en cuanto a la valoración que hace de las retribuciones en especie y que tanto RENFE como ADIF las viene imputando como rendimientos del trabajo.
De acuerdo al articulado expuesto con anterioridad, las retribuciones en especie tienen un lÃmite, por las que no son consideradas como rendimientos del trabajo y por lo tanto han de ser descontados en nuestra declaración a efectos de la liquidación de la cuota tributaria.
Para poder acogernos a esta posibilidad de reducción; las claves 652-653-654-655 en Adif y la clave 940 en Renfe, no podrán superar la cantidad de 1.000 €.
Para ampliar la información podéis dirigiros a los teléfonos de CGT 166285 ó 166287.
CGT CON LOS/AS TRABAJADORES/AS. ELIGE CGT.
Comunicado

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