Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE AÚN QUEDA MUCHO POR ANDAR PARA CONSEGUIR LA CONCILIACIÓN FAMILIAR Y LABORAL EN RENFE | 32 2019-04-03 |
| COMUNICADO
 | Leido: 35 veces | A pesar de contarnos continuamente que l@s trabajadores/as tenemos regulado de forma correcta los permisos retribuidos que puedan facilitarnos la Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, lo cierto es, que esto no es así. Y no es así por la sinrazón y el olvido en pésimas negociaciones sindicales llevadas a cabo con prisas y sin el necesario respeto a las necesidades de la plantilla. También, responsabilidad de los dirigentes de esta empresa pública que miran con más sensibilidad sus números que las necesidades perentorias de l@s trabajadores/as.
Desde CGT queremos que en nuestra Normativa se recojan derechos que en otras empresas y otr@s trabajadores/as ya están regulados y así evitar que la cicatería a la hora de escribir un derecho no dé al traste con nuestras urgentes necesidades y provoque impotencia.
Desde CGT queremos que se recoja el derecho a que el trabajador o trabajadora pueda acompañar a un familiar directo a la realización de pruebas que requieren de acompañante, debido al uso de sedación que imposibilita al familiar realizar cualquier tipo de actividad durante un tiempo determinado (endoscopias, colonoscopias, pruebas de fondo de ojo, etc.). Un derecho que la empresa no contempla y que además es un sinsentido que no lo haga.
Como trabajadores/as de una empresa pública a los que se nos aplican las medidas negativas de este sector: subidas las subidas salariales que manda el ministerio, retención de la paga extraordinaria de Navidad… también queremos lo positivo que poseen empresas similares y que en su normativa laboral se recoge:
“a) El acompañamiento a las revisiones médicas, a los tratamientos de quimioterapia y radioterapia, así como a las intervenciones médicas invasivas (biopsias, colonoscopias, gastroscopias y otras de características similares)…”
“En el caso de solicitar este permiso para acompañar a hijas e hijos mayores de edad, al cónyuge o a la pareja de hecho, se deberá acreditar que necesitan acompañamiento.”
Está claro que cuando se solicita un permiso de este tipo no es un capricho, sino una necesidad que aún no han comprendido nuestra dirección ni sus sacristanes que se dicen de clase.
VEN CON CGT A DEFENDER TUS DERECHOS
Comunicado

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