Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE LA AESF DA LA RAZÓN A CGT LA FORMACIÓN PRÁCTICA A LOS MAQUINISTAS LA DEBEN IMPARTIR FORMADORES HOMOLOGADOS | 27 2019-03-26 |
| COMUNICADO
 | Leido: 23 veces | En julio de 2018 CGT denunció ante la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), que los responsables de Renfe y en algunas residencias, se estaba dando la formación práctica a l@s maquinistas de nuevo ingreso por otr@s maquinistas no formadores/as y much@s de ést@s con menos de 3 años de experiencia en la profesión, incumpliendo lo establecido en la Decisión de la Comisión Europea de 22 de diciembre de 2011 (2011/765/UE):
...“c) garantizarán que la formación práctica sea impartida por formadores en posesión de una licencia de maquinista y un certificado válidos que cubran la materia tratada, o un tipo similar de línea/material rodante, y con una experiencia profesional mínima de tres años como maquinistas; cuando el formador carezca de certificado válido para la infraestructura/material rodante pertinente, deberá́ estar presente en la formación un maquinista que posea dicho certificado, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra e), de la Directiva 2007/59/CE;”
La AESF nos respondió echando balones fuera, indicando que todos los formadores homologados que le ha comunicado RENFE sí cumplen con lo exigido por la Comisión Europea y por la Orden FOM/2872/2010.
Por lo que ante esta vaga respuesta le exigimos en dos ocasiones que aclarase si la formación práctica únicamente la pueden impartir los formadores homologados o si también puede impartirla cualquier maquinista, con al menos 3 años de experiencia, no formado específicamente para ello.
Ante la presión de CGT, el 18 de marzo la AESF ha publicado la Recomendación Técnica 3/2019 sobre formadores de formación práctica de maquinistas. En ella se deja claro que la formación práctica la deben impartir los formadores homologados por ser los capacitados y formados para ello, pudiendo colaborar otro personal pero bajo la vigilancia y supervisión de éstos:
“La responsabilidad de la formación práctica de maquinistas siempre ha de recaer en otro maquinista con una experiencia mínima de tres años, reconocidos expresamente como formadores del centro homologado.
Sin embargo, dentro de dicha formación, puede participar otro personal (p.ej. expertos o maquinistas titulares) que asista y colabore con los formadores, pero siempre bajo su vigilancia, control y supervisión como responsables de la calidad y de los contenidos que se impartan.”
Solo queda exigir a RENFE que aumente considerablemente la plantilla de MM.II. Jefes de Maquinistas, así como de maquinistas, para dar cumplimiento a lo dictado por la AESF de acuerdo a la legislación europea, y así poder garantizar una formación de calidad.
SI QUIERES QUE LAS COSAS CAMBIEN, ¡AFÍLIATE A CGT!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |