Comunicados
IRYO | 101 04/12/2024
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IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE! La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
NO SE MERCADEA CON LOS PLANES DE IGUALDAD
Los sindicatos mayoritarios utilizan sus conexiones con el poder para lograr acuerdos que mantengan su posición privilegiada. Es el caso de los planes de igualdad, que utilizan como mero instrumento para mantener su estatus, aunque tengan que pisotear para ello a las mujeres trabajadoras.
Convertidos en exclusivos clubes de campo, CCOO, autoerigido en portero, se ha arrogado un inexistente derecho de admisión para excluir al SFF-CGT en la negociación del plan de igualdad de Iryo.
Pero el SFF-CGT somos un sindicato grande, por nuestra afiliación, por las luchas que iniciamos y por las victorias que conseguimos, y hemos vuelto a tumbar a quienes maniobran para perjudicar los derechos de las plantillas. No vamos a dejar un tema tan fundamental como es la igualdad en las empresas en manos de quienes mercadean con este derecho, sindicatos mayoritarios incluidos.
CRONOLOGÍA DE UNA MANIOBRA “TORTICERA”
“Torticera”, en palabras de la propia Audiencia Nacional (AN), es esta sucesión de hechos:
• 27 de noviembre de 2023: a instancias de CCOO, constitución entre Iryo, UGT, SEMAF y CCOO de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad, de la que se excluye al SFF-CGT.
• 29 de noviembre de 2023: elecciones en el centro de trabajo de Barcelona. El SFF-CGT consigue el 100% de la representación.
• 4 de septiembre de 2024: siguiente reunión de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad.
Es evidente que la mesa negociadora fue constituida in extremis, dos días antes de las elecciones, para excluir al SFF-CGT, paralizando después sus trabajos durante casi un año. La AN ha apreciado claramente la mala fe de dicha actuación.
EN LOS CONVENIOS Y PLANES DE IGUALDAD, EL SFF-CGT SÍ CONSIGUE DERECHOS
Los motivos de esta maniobra parecen evidentes: CCOO se resiste a aceptar que no es el sindicato mayoritario en Iryo. Lo que no entendemos es que no utilice la negociación del Plan de Igualdad para mejorar las condiciones de trabajo de nuestras compañeras. Al igual que Alferro, que en lugar de defender su presencia en el Plan de Igualdad “está a por uvas”. Quizá su única manera de sentirse fuertes en Iryo es acercándose a la empresa, en vez de a la plantilla.
De la misma forma remolonean en la negociación del Convenio Colectivo, infundiendo miedo en lugar de luchar por la equiparación de las condiciones de un colectivo feminizado, las asistentes, al de otros colectivos menos precarizados.
Para el SFF-CGT, todos los ámbitos de negociación (un convenio o un plan de igualdad) son igual de importantes para luchar por nuestros derechos.
Por eso, por las dietas para las asistentes y por la compensación de la nocturnidad el SFF-CGT hemos convocado (pese a quien pese) huelgas en Iryo los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre y 1 de enero.
La plantilla de Iryo y el SFF-CGT no toleraremos ni una vulneración más de nuestros derechos fundamentales a la libertad sindical y a la huelga.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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IRYO 02/12/2024 | 100 CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO | ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA AESF DA LA RAZÓN A CGT LA FORMACIÓN PRÁCTICA A LOS MAQUINISTAS LA DEBEN IMPARTIR FORMADORES HOMOLOGADOS | 27 2019-03-26 |
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| Leido: 23 veces | En julio de 2018 CGT denunció ante la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria (AESF), que los responsables de Renfe y en algunas residencias, se estaba dando la formación práctica a l@s maquinistas de nuevo ingreso por otr@s maquinistas no formadores/as y much@s de ést@s con menos de 3 años de experiencia en la profesión, incumpliendo lo establecido en la Decisión de la Comisión Europea de 22 de diciembre de 2011 (2011/765/UE):
...“c) garantizarán que la formación práctica sea impartida por formadores en posesión de una licencia de maquinista y un certificado válidos que cubran la materia tratada, o un tipo similar de línea/material rodante, y con una experiencia profesional mínima de tres años como maquinistas; cuando el formador carezca de certificado válido para la infraestructura/material rodante pertinente, deberá́ estar presente en la formación un maquinista que posea dicho certificado, de conformidad con el artículo 4, apartado 2, letra e), de la Directiva 2007/59/CE;”
La AESF nos respondió echando balones fuera, indicando que todos los formadores homologados que le ha comunicado RENFE sí cumplen con lo exigido por la Comisión Europea y por la Orden FOM/2872/2010.
Por lo que ante esta vaga respuesta le exigimos en dos ocasiones que aclarase si la formación práctica únicamente la pueden impartir los formadores homologados o si también puede impartirla cualquier maquinista, con al menos 3 años de experiencia, no formado específicamente para ello.
Ante la presión de CGT, el 18 de marzo la AESF ha publicado la Recomendación Técnica 3/2019 sobre formadores de formación práctica de maquinistas. En ella se deja claro que la formación práctica la deben impartir los formadores homologados por ser los capacitados y formados para ello, pudiendo colaborar otro personal pero bajo la vigilancia y supervisión de éstos:
“La responsabilidad de la formación práctica de maquinistas siempre ha de recaer en otro maquinista con una experiencia mínima de tres años, reconocidos expresamente como formadores del centro homologado.
Sin embargo, dentro de dicha formación, puede participar otro personal (p.ej. expertos o maquinistas titulares) que asista y colabore con los formadores, pero siempre bajo su vigilancia, control y supervisión como responsables de la calidad y de los contenidos que se impartan.”
Solo queda exigir a RENFE que aumente considerablemente la plantilla de MM.II. Jefes de Maquinistas, así como de maquinistas, para dar cumplimiento a lo dictado por la AESF de acuerdo a la legislación europea, y así poder garantizar una formación de calidad.
SI QUIERES QUE LAS COSAS CAMBIEN, ¡AFÍLIATE A CGT!
Comunicado
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