Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR EL SUPREMO DA LA RAZÓN A LA CGT ESQUIROLAJE EN TARRAGONA-CLASIFICACIÓN | 18 2019-02-27 |
| COMUNICADO
 | Leido: 28 veces | Recientemente el Tribunal Supremo ha notificado, a los servicios jurídicos de CGT, y por tanto a l@s trabajadores que interpusieron demanda por vulneración del derecho a huelga (esquirolaje), bajo el auspicio de CGT, auto de inadmisión del Recurso de Casación interpuesto por Adif a la Sentencia favorable a CGT que dictó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, quedando pues esta sentencia firme y sin posibilidad de recurso.
Han sido varios años los que hemos tenido que esperar para ver cómo la justicia dictamina que la empresa vulneró descaradamente los derechos de los trabajadores de Tarragona-Clasificación en su derecho de huelga y cómo éstos van a ser indemnizados con más de 3.000 € cada uno por este motivo.
Tristes e indignantes fueron los actos que cometieron ciertos dirigentes de la empresa ordenando realizar las tareas de aquellos trabajadores que secundaban los paros, por no hablar del intento de engaño a la Inspectora de Trabajo con la famosa frase de “todos son ayudantes ferroviarios”. Pero más triste e indignante fue comprobar cómo algunos delegados de los sindicatos CC.OO y UGT, se ofrecían voluntarios para terminar el trabajo que habían dejado parado los trabajadores que secundaron la huelga reventando la movilización y haciendo el trabajo sucio a la empresa. Esos “compañeros”, ahora y sin ningún pudor, se atreven a pedir el DNI a diestro y siniestro para secuestrarles el voto, no vaya a ser que los trabajadores se equivoquen y les hagan pagar una por una las guarradas y tropelías realizadas por estos “amigos” de los trabajadores.
CGT y una vez conocida la Sentencia, exige su cumplimiento inmediato y también instamos a la jefatura de SS.LL. para que pidan formalmente disculpas a los trabajadores que en su día fueron perjudicados. ¡Qué menos!
En CGT, una vez más, estamos satisfechos por el esfuerzo y trabajo jurídico-sindical realizado, y felicitamos a los trabajadores afectados por esta Sentencia, que no son todos los que nos hubiera gustado, pero en su momento no todos los afectados decidieron iniciar por medio de CGT esta demanda.
“Por sus obras los conoceréis”. Esperamos que el conjunto de los trabajadores ponga esta expresión en valor y coloque a cada uno de los sindicatos en el lugar que verdaderamente les corresponde. Es el momento de “pasar factura” a quienes os han olvidado durante cuatro años y para expresar libremente el reconocimiento a quienes os han apoyado en vuestras justas reivindicaciones.
En tu mano y en tu voto está la posibilidad de dar tu apoyo a la honestidad, a la transparencia y a la honradez.
¡PROTÉGETE, SÚMATE, EN CGT CABEMOS TOD@S!
Comunicado

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