Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF INCREMENTO SALARIAL EN FEBRERO, CONVENIO SINE DIE | 10 2019-02-07 |
| COMUNICADO
| Leido: 29 veces | Ayer se reunió la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de ADIF/ADIF AV, en la que la dirección de la Empresa nos informó sobre la tramitación del Preacuerdo de Convenio firmado el 27 de diciembre del 2018. Según nos han informado, el 17 de enero se envió el preacuerdo al Ministerio de Fomento junto a un informe explicativo. Una vez aprobado por Fomento, el Preacuerdo debe contar con el visto bueno del Ministerio de Hacienda y de la Mesa la Función Pública; para lo que la Empresa no tiene una fecha determina. Trámites que nos conducen a la espera para tener Convenio.
Una vez informados de la situación en la que se encuentra la tramitación del Convenio, nos indican que ha sido autorizado, por parte de los órganos competentes, el abono del 0,20 % del incremento salarial pendiente del 2018. Este incremento se abonará en la nómina del mes de febrero y será incorporado a las tablas salariales, tal y como se acordó en la Comisión Negociadora del 20 de diciembre del 2018, en la clave 401 para el Personal Operativo y en la clave 066 para los MMII/CT y Estructura de Apoyo.
Igualmente, en concepto de adelanto en la nómina de febrero se percibirá el incremento salarial del 2,25% correspondientes al 2019 tal y como viene en la Cláusula 4ª “Tratamiento económico”, incluyendo los atrasos correspondientes al mes de enero; en el caso del Personal Operativo se aplicará en las tablas salariales y en MMII/CT y Estructura de Apoyo en el fijo.
Desde CGT hemos manifestado nuestra preocupación sobre el retraso en la aprobación del Preacuerdo por parte de la Administración competente que suponga que temas acordados como jornada y horarios, conciliación, movilidad, etc., y que son de vital importancia para todos los trabajadores acumulen más demora, llegándose a incumplir los plazos acordados. Por lo que hemos reclamado a la empresa que se inicien las negociaciones de todos los temas que no necesiten de la autorización del Convenio.
CGT POR LA MEJORA CONSTANTE DE NUESTROS DERECHOS
¡ELIGE CGT!
Comunicado
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