Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE UGT-SEMAF-CC.OO. INDIGNIDAD Y TRAICIÓN | 169 2018-12-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 96 veces | Con prisas y sin las necesarias consultas a los y las ferroviarias, nos han firmado en RENFE el II Convenio con nocturnidad y alevosía, propio de unos “salteadores de derechos” que impiden que los afectados podamos decidir las bonanzas y maldades sobre aquello que nos va a afectar en nuestra vida social y laboral durante 2 ó 4 años. Todo muy democrático, visualizando la catadura moral de estos dirigentes que dicen ser “representantes” pero que no se dirigen ni a sus representados, ni permiten su participación, sino que mecen la cuna de la Empresa que les da de comer.
Decimos que es un atraco, porque se ha estipulado en convenio, que la jornada de las 37,5 h semanales rija a partir del 2019, cuando la LPGE de muy superior rango que el Convenio Colectivo estipula muy claramente su vigencia desde el 4 de JULIO DE 2018. Esto supone que a 31 de diciembre nos deberán 6 días, que lamentablemente habrá que reclamar ante los tribunales. También se han negado a expresar, de forma pública, tanto sindicatos como la empresa, su postura para aplicar la reducción de la jornada, por lo que nos tememos que una vez pasadas las elecciones sindicales no quieran oír hablar de una jornada de 1.612 h/año ni de 14 días/año. Una vez celebradas las Elecciones Sindicales, mucho nos tememos, que los ahora firmantes, vuelvan a firmar sin consultar con sus representados ni mucho menos con los afectados que somos todos los que trabajamos en RENFE. Nos preguntamos por qué y a cambio de qué.
Pendiente de explicación al colectivo de intervención, para el que se programó una huelga el día 14 por parte de CC.OO. y que con la firma del convenio no vienen recogidas ni una sola de las reivindicaciones que motivaron la huelga. Al día de hoy, los marcos reguladores más que obsoletos, siguen aplicándose; la problemática del día a día sin corregir (equipajes, caídas de sistema, trenes sin personal, agresiones…), y una diferencia salarial que aumentará con la subida salarial porcentual. Miles de trabajadores/as ilusionados y abandonados en la cuneta.
En cuanto a la subida salarial es la misma que ya estaba establecida por el anterior Gobierno en el Proyecto de Presupuestos que fueron asumidos íntegramente por el actual Gobierno. Por lo tanto, nada que reivindicar y nada que negociar. Aunque desde CGT solicitamos que la subida se aplicara de forma lineal, ya que es la única forma para que la actual brecha salarial entre trabajadores/as no aumente, a lo que los sindicatos firmantes han renunciado de facto con el consiguiente perjuicio de todos aquellos/as trabajadores/as con ingresos más bajos. Resaltar también, que la pérdida de poder adquisitivo acumulada por los/as ferroviarios/as que está en torno a un 15%, se mantiene.
CGT se comprometió con los compañeros y compañeras de nuevo ingreso para eliminar esas categorías, al igual que UGT y CC.OO., compromiso de éstos reflejados en sus Comunicados 72 y 47, respectivamente. Un compromiso nacido en CGT de la no admisión de la entrada de la precariedad en esta empresa, que introdujeron CC.OO y UGT con la firma del anterior convenio.
CGT ha cumplido una vez más con lo que prometió, sin embargo, otros han preferido la vía del conformismo que no les afecta a sus bolsillos, ni como trabajadores ni como representantes sindicales. Todo un ejemplo de coherencia sindical de la que somos testigos varias décadas.
Es pretensión de la empresa y no escrita, adaptar la normativa y el sistema retributivo a las condiciones que imperan en el mercado laboral. Adaptación que ya se veía venir, cuando se nos adelantó, que la Mesa de Normativa no se reuniría antes de la firma del convenio. Esta espada de Damocles se ha vuelto a colocar encima de nuestras cabezas con la complicidad de la mayoría del CGE, y justificando su implantación por la inminente llegada de la liberalización del ferrocarril que nos obligará a competir con las mismas reglas.
En lo tocante a los sistemas de promoción y movilidades, la empresa y firmantes reconocen que la entrada de 800 empleados/año y salida en cantidad similar, conllevará un gran trabajo para el departamento de RR.HH., apostando por elevar a 3 años la permanencia en la última residencia asignada y otro tanto para castigar las renuncias en los concursos de movilidad y adscripción a gráfico. Castigo y aumento del desarraigo que estaba plasmado en el primer borrador entregado al CGE y que no se han atrevido a escribir en el convenio. La principal razón para no reflejarlo en el actual convenio es la de no perjudicar a los sindicatos firmantes en las elecciones.
En el tintero y olvido, quedan las pretensiones de CGT y de miles de trabajadores/as, para dotar de transparencia todos los procesos de promoción profesional, ingresos y concursos de movilidad funcional y geográfica. Seguiremos con las promociones “a dedo”, “carnet sindical” o “libro de familia”. Otro nuevo ejemplo de incumplimiento del Código Ético del Grupo Renfe.
CGT no ha firmado este convenio, porque el SMI para 2019 será de 900 €, cantidad mínima para poder vestir, comer y tener un techo. Por lo que pagar un salario rebautizado como beca de 850 € -el primer borrador figuraba una cantidad de 800 €-, no es sino condenar a la pobreza durante un lustro a miles de compañeros y compañeras. CGT se quedó sola reclamando esta y otras reivindicaciones imprescindibles para dignificar al colectivo ferroviario.
Además, CGT no puede apoyar un sistema de ingresos –becas y categorías de ingreso- pensados para escamotear a estos compañeros y compañeras más de 40 mill. de €, con los que se pagan los procesos de Desvinculaciones, y menos para que a éstas, se adhieran el Personal Directivo no sujeto a Convenio Colectivo. La insolidaridad en estado puro.
Respecto a la Jubilación Parcial, por fin se ha contemplado en el texto de Convenio, pero adolece de ciertas garantías en cuanto a número de beneficiados/as y unas garantías retributivas mínimas que sí se dan en las Desvinculaciones.
En cuanto a las mejoras en las Licencias con sueldo, lo único que se ha hecho es aplicar una Sentencia del Tribunal Supremo (145/2018 de 13 de febrero) a instancias de una demanda de CGT en la que se establece que el cómputo de las licencias no se tendrán en cuenta los días no laborables y ampliar las licencias en las enfermedades de familiares de segundo grado por infinidad de sentencias ganadas también, por CGT.
Para CGT y sus representados/as, el Convenio implantado no consigue las reivindicaciones que necesitan los/as trabajadores/as de RENFE. Se ha cerrado sin negociar lo verdaderamente importante y, sobre todo sin conseguir eliminar la degradación en la que se entró en esta Empresa con la firma del anterior Convenio.
POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS, ABANDONA A QUIEN TE TRAICIONA AÑO TRAS AÑO
¡ELIGE CGT!
Comunicado

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