Comunicados
SECTOR | 84 14/10/2025
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MEDIDAS URGENTES ANTE EL DETERIORO DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL SECTOR Como continuación a la carta remitida al Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, desde el SFF-CGT hemos remitido hoy una carta a la Ministra de Trabajo y Economía Social transmitiendo nuestra preocupación por el empeoramiento de las condiciones laborales del sector.
EN EL CONJUNTO DEL SECTOR FERROVIARIO
El proceso de liberalización y la creciente externalización está generando un aumento de las incidencias y un deterioro de la calidad del servicio. Como consecuencia las jornadas, lejos de adaptarse a los nuevos tiempos y reducirse, se alargan hasta las 10, 12, 16 o incluso 24 horas.
El aumento de los actos vandálicos y de las agresiones al personal ferroviario es también un reflejo de la falta de protección de quienes trabajan y viajan en el sistema. A ello se suma la ausencia de protocolos homogéneos y de dotaciones mínimas de personal a bordo de los trenes.
Igualmente, recordamos los compromisos anteriores de estudiar cambios legales que doten a determinado personal ferroviario de la consideración de agentes de la autoridad.
EN LAS EMPRESAS PRIVADAS
La negociación colectiva atraviesa un momento de dificultad. La presión por reducir costes se traduce en la parálisis de la negociación de los convenios colectivos. En algunos casos, hay personas que rozan el salario mínimo interprofesional, mientras las condiciones laborales se vuelven cada vez más flexibles y precarias, deteriorando la estabilidad de las plantillas y fomentando desigualdades entre las personas trabajadoras que desempeñan funciones similares bajo distintos empleadores.
EN LAS EMPRESAS PÚBLICAS,
La falta de aprobación de los Presupuestos Generales del Estado ha bloqueado durante meses la negociación y la aplicación de mejoras en los convenios colectivos. Esto ha provocado una pérdida acumulada de poder adquisitivo y la paralización de numerosos aspectos sujetos a la autorización del Ministerio de Hacienda. Esta ralentización injustificada en la adaptación de las condiciones laborales a las nuevas realidades del sector está generando frustración en las plantillas y retrasando avances imprescindibles en materias como jornada, salud laboral o conciliación.
QUÉ PROPONEMOS: MEDIDAS CONCRETAS
• Una homogeneización de las condiciones y normativas del conjunto de empresas operadoras, mediante una regulación que garantice mínimos comunes de derechos laborales y salariales, e impida el uso de la precariedad como herramienta de competencia empresarial a través de un convenio de sector.
• Una revisión del Real Decreto 1561/1995 sobre jornadas especiales, cuya obsolescencia permite alargar jornadas laborales y no contabilizar el trabajo de presencia como tiempo efectivo, con consecuencias directas sobre la salud física y mental, el descanso y la conciliación.
• La ampliación de los Planes de Empleo de las empresas públicas más allá de 2026, permitiendo la paulatina internalización de cargas de trabajo.
• La creación de un protocolo común de seguridad que abarque a todos los actores del sector, garantizando una respuesta coordinada y segura ante emergencias, así como una dotación mínima de personal a bordo de los trenes.
• Una revisión de las categorías penosas que incorpore factores de riesgo determinantes como los turnos rotativos, los trabajos a la intemperie en entornos de riesgo constante, las vibraciones, la exposición al polvo de sílice o la carga mental derivada del servicio.
SFF-CGT: POR UN FERROCARRIL PÚBLICO Y SOCIAL
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 13/10/2025 | 83 ¿Nuevo? Plan de Formación | RENFE 01/10/2025 | 81 RYIM MÁS TRABAJO POR EL MISMO PRECIO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF SIGUEN LOS PAROS EN CIRCULACIÓN | 165 2018-12-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 29 veces | La tozudez de la empresa sigue siendo inexplicable para el sentido común y una gestión empresarial eficaz, eficiente y de compromiso social. Siendo aún más grave, cuando ellos mismos reconocen los datos de afectación de los paros, debido principalmente, al cumplimiento de la circular de Servicios Mínimos (SS.MM.), que lleva aparejada la paralización de los trabajos en las bandas de mantenimiento y trabajos en las estaciones.
Seguimos pensando que el masivo y más que mayoritario seguimiento que están teniendo estos paros, se debe a que los y las compañeras de circulación creen firmemente en la justicia de las reivindicaciones que son la base de las movilizaciones: la aplicación de la reducción de jornada, entre otros, a la que por LEY tenemos derecho, y que no nos cansaremos de repetir, comporta una acumulación de 14 días/año, siendo éste un motivo más que suficiente para dejar a un lado las disciplinas de afiliación para luchar “codo con codo” junto a compañeros y compañeras de fatigas.
Durante estos paros laborales venimos observando que no se presentan a los trabajadores ni se entregan a los puestos de trabajo afectados la Resolución Ministerial de los SS.MM., información que consideramos esencial para su cumplimiento. Dicha información debe ser aportada a los trabajadores encargados de cumplirla, especificando la afectación a cada Puesto de Mando y Banda de Regulación o de CTC/CRC, con el fin de garantizar el cumplimiento de los servicios mínimos y así evitar controversias que pudieran generar retrasos o supresiones de trenes.
Desde CGT venimos solicitando a la empresa y al Secretario de Estado de Infraestructuras, que en la Resolución de SS.MM. se adjunte la información relativa a la reducción del 5% de los servicios de transporte programados, en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo del 2 de octubre del 2017, Recurso 1489/2017.
Por todo ello, consideramos que cuando no sean cumplidos estos requisitos los/as trabajadores/as debemos trasladar a la empresa de nuestra disconformidad, reflejando a la recepción de las cartas de SS.MM. como “NO CONFORME” en caso de no cumplirse estos requisitos.
Sería una responsabilidad a asumir por parte de la empresa en cuanto a las posibles afectaciones de trenes, que los propios responsables de circulación tuvieran que determinar qué trenes de los que circulan en el periodo de huelga se verán afectados por el ejercicio del derecho amparado por el Tribunal Supremo en la sentencia referida.
Paros pendientes:
De 9.00 a 13.00 h: 3, 7, 14 y 21 de enero.
De 00.00 a 4.00 h: 18 de diciembre; 4, 8, 15 y 22 de enero.
POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS
¡ELIGE CGT!
Comunicado Anexo 1

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