Comunicados
RENFE | 75 09/10/2024
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HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
Ya en el año 2021 la pérdida salarial fue del 2,19%, y el año siguiente se alcanzó un detrimento de 4,9%, lo que supuso más de un 7% de pérdida acumulada de poder adquisitivo en el primer año de vigencia del convenio. Siendo conocedores del incremento de IPC estimado proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos opusimos, entre otros motivos, a la firma del III Convenio colectivo del Grupo Renfe. Pese al perjuicio que suponía al personal, se aprobó el III Convenio Colectivo entre la Empresa y las organizaciones sindicales mencionadas anteriormente.
A medida que la vigencia del actual convenio iba pasando, se iba agudizando la pérdida de poder adquisitivo. Si imaginamos un aciago 2025 sin subida salarial, la pérdida llegaría al 10,55%, incluyendo la estimación del INE para el 2025.
A continuación, se desglosa la pérdida porcentual de salario respecto al incremento del IPC, tanto anual como de manera acumulada durante los últimos años de convenio.
// TABLA 1 //
Esta diferencia porcentual se traduce en una pérdida de poder adquisitivo que ha afectado de manera significativa a todos los colectivos del Grupo Renfe. Tomando tan solo como referencia el sueldo base (clave 002), dejando de lado el resto de claves, la pérdida de poder adquisitivo sufrido por las personas trabajadoras en el período 2021-2025 será la siguiente:
// TABLA 2 //
El 31 de diciembre está a la vuelta de la esquina. Las organizaciones sindicales presentes en el Comité General de Empresa nos debemos poner las pilas y demandar que se inicien las negociaciones del nuevo convenio cuanto antes, para tratar de mitigar la pérdida de poder adquisitivo que arrastramos. 2025 no puede volver a ser un año en el que perdamos dinero.
Desde el SFF-CGT demandaremos que el nuevo convenio traiga aparejada una subida salarial que subsane la pérdida de poder adquisitivo sufrida por la plantilla con el III Convenio, y que se garantice que la subida salarial sea, como mínimo, acorde al incremento del IPC anual.
COMUNICADO
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IRYO 09/10/2024 | COMUNICADO CONJUNTO NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA | ADIF 09/10/2024 | 74 AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA Y DEL INTENTO DE TOMADURA DE PELO | 148 2018-11-22 |
| COMUNICADO
| Leido: 29 veces | COMISIÓN NEGOCIADORA
Echa a andar la negociación del II convenio colectivo de Adif y Adif-AV con la constitución definitiva de la Comisión Negociadora en la que ha quedado legalmente constituida la composición de la misma y en la que CGT ha planteado las premisas por las que queremos que se mueva la negociación: Convenio ágil; subida salarial por encima del IPC; Ordenación Profesional que contemple las reivindicaciones históricas de los colectivos; importantes mejoras en aspectos sociales y de conciliación familiar; etc. En la próxima reunión concretaremos las propuestas por parte de la representación del personal.
REDUCCIÓN JORNADA A 37’5 HORAS
Ayer se celebró una reunión más, que pensábamos iba a ser la última, dada las prisas manifestadas por la empresa en la reunión anterior, para cerrar la negociación para la aplicación de la reducción de la jornada contemplada en la Ley de Presupuestos.
“Manzanas traigo”, decía hoy la empresa al solicitarle desde CGT por activa y por pasiva que cuantificara la reducción de jornada aplicable al poner en marcha lo establecido por ley para nuestra empresa. Esta expresión tan conocida en el refranero español que define la salida por la tangente de la empresa en este tema la han aderezado con un ejercicio de ingeniería pseudo-juridico-laboral de lo más insultante. Nos vienen a decir, que la referencia a tomar para la reducción de jornada es el máximo contemplado en el E.T. de 1.826 horas y que aplicada a la normativa actual que tenemos, resulta una interpretación fantasiosa del Estatuto de los Trabajadores. Esto comparado con la jornada establecida en convenio colectivo de Adif de 1.720 nos viene a dar la respuesta a nuestras demandas.
“JA, JA, JA”. Eso es lo que han conseguido arrancar de los que tenemos claro qué representa la jornada de 37’5 h, una gran risotada y una vez pasado el trago, un tremendo “cabreo” por la tomadura de pelo y la falta de seriedad en la negociación. Según ellos, la adecuación a la nueva jornada supondría una reducción de 8 horas al año.
Que a estas alturas tengamos que estar discutiendo cuál es nuestra jornada anual es cuanto menos, insultante. La jornada de referencia para CGT e incluso para el Supremo en las múltiples sentencias emitidas, que ni la propia empresa ha venido a rebatir, es de 1.720 horas o lo que es lo mismo, 215 días. Con esta base lógica, las cuentas son sencillas, si sobre estos 215 días de jornada aplicamos una jornada de 37,5 horas en vez de las 40 horas actuales, tenemos como resultado 14 días a nuestro favor, y que CGT ha pedido sean acumulados para ser aplicados tal y como establezcan los diferentes servicios y comités de centro de trabajo (gráficos, días de libre disposición, etc.)
Las y los trabajadores quieren claridad y prontitud sobre este tema, por eso, CGT ha puesto encima de la mesa desde el principio la cifra de 14 días que ya son nuestros y porque así lo dice la Ley y por lo tanto, solamente hay que articular su disfrute. Es por esta claridad de ideas que comparten las y los trabajadores, que CGT se movilizó con huelgas (27/07-31/10) con el lema de las 37,5 h ¡YA!, y parece ser que las vamos a tener que seguir haciendo.
Resaltamos también, y una vez más, la incomprensible laxitud en forma de ambigüedad mostrada por el resto de sindicatos que no se atreven a mencionar de forma clara, cuantos días en forma de acumulación les corresponde por derecho a las y los trabajadores de Adif.
Sabemos dónde y cuándo, los sindicatos con representación en el CGE rendimos cuentas, en las ELECCIONES SINDICALES DE MARZO DEL 2019.
ELIGE CGT, GANAMOS TOD@S
Comunicado
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