Comunicados
RENFE | 75 09/10/2024
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HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
Ya en el año 2021 la pérdida salarial fue del 2,19%, y el año siguiente se alcanzó un detrimento de 4,9%, lo que supuso más de un 7% de pérdida acumulada de poder adquisitivo en el primer año de vigencia del convenio. Siendo conocedores del incremento de IPC estimado proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos opusimos, entre otros motivos, a la firma del III Convenio colectivo del Grupo Renfe. Pese al perjuicio que suponía al personal, se aprobó el III Convenio Colectivo entre la Empresa y las organizaciones sindicales mencionadas anteriormente.
A medida que la vigencia del actual convenio iba pasando, se iba agudizando la pérdida de poder adquisitivo. Si imaginamos un aciago 2025 sin subida salarial, la pérdida llegaría al 10,55%, incluyendo la estimación del INE para el 2025.
A continuación, se desglosa la pérdida porcentual de salario respecto al incremento del IPC, tanto anual como de manera acumulada durante los últimos años de convenio.
// TABLA 1 //
Esta diferencia porcentual se traduce en una pérdida de poder adquisitivo que ha afectado de manera significativa a todos los colectivos del Grupo Renfe. Tomando tan solo como referencia el sueldo base (clave 002), dejando de lado el resto de claves, la pérdida de poder adquisitivo sufrido por las personas trabajadoras en el período 2021-2025 será la siguiente:
// TABLA 2 //
El 31 de diciembre está a la vuelta de la esquina. Las organizaciones sindicales presentes en el Comité General de Empresa nos debemos poner las pilas y demandar que se inicien las negociaciones del nuevo convenio cuanto antes, para tratar de mitigar la pérdida de poder adquisitivo que arrastramos. 2025 no puede volver a ser un año en el que perdamos dinero.
Desde el SFF-CGT demandaremos que el nuevo convenio traiga aparejada una subida salarial que subsane la pérdida de poder adquisitivo sufrida por la plantilla con el III Convenio, y que se garantice que la subida salarial sea, como mínimo, acorde al incremento del IPC anual.
COMUNICADO
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IRYO 09/10/2024 | COMUNICADO CONJUNTO NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA | ADIF 09/10/2024 | 74 AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF RETRIBUCIÓN FLEXIBLE Y MOVILIDAD | 126 2018-10-24 |
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| Leido: 51 veces | Ayer día 23 de octubre se reunieron el CGE y la Dirección para recibir información sobre la implantación en ADIF de la Retribución Flexible y tratar sobre las reclamaciones presentadas en el proceso de movilidad.
En cuanto a la retribución Flexible, una representante de la empresa adjudicataria “AON” explicó los detalles del proyecto en cuanto las diferentes opciones que proporciona a los trabajadores, teniendo en cuenta que es de carácter voluntario y para todos los colectivos de la empresa. La dirección de ADIF pondrá en marcha de forma unilateral esta medida.
CGT entiende que puede ser beneficioso para los/as trabajadores/as que vayan a ser usuarios de los servicios que se prestarán con esta modalidad de retribución en especie; proponiendo la creación de una Comisión Paritaria para el seguimiento y valoración de la aplicación de este Plan.
En la reunión para analizar las reclamaciones a la resolución provisional de la movilidad la empresa, la Dirección indicó que de 217 reclamaciones recibidas por distintos motivos, rechaza 198 y admite 19. También indicaron que el día 1 de noviembre de 2018 será la fecha de antigüedad, a efectos de concursos, para todos los trabajadores que sean adjudicatarios de alguna plaza.
Para CGT, la decisión de la dirección deja de nuevo clara su postura de intransigencia al no atender reclamaciones sobre una gran cantidad de vacantes existentes y que no han sido ofertadas, entre las cuales destacan las que se mantienen en reemplazo para cuyos puestos existen trabajadores que, habiendo obtenido una puntuación suficiente para ocuparlas y ser los adjudicatarios legales de las mismas, continuarán viendo con impotencia, como esas plazas siguen ocupadas por otros trabajadores, que en algunos casos ni siquiera han superado las pruebas para los puestos que ocupan. CGT apoyará a todos los trabajadores y trabajadoras que deseen continuar con sus reclamaciones por todas las vías posibles.
CGT ha manifestado la urgencia de iniciar un segundo proceso de movilidad continua, después de revisar profundamente la nueva Norma Marco de Movilidad por Concurso. También hemos planteado, que los movimientos se realicen con la mayor celeridad y transparencia posibles; sin que se utilice ninguna argucia que suponga un agravio a ningún/a trabajador/a. Estamos demasiado acostumbrados a observar como los criterios para efectuar las “mutaciones” son muy descarados.
CGT, DIGNIDAD, TRANSPARENCIA, HONESTIDAD Y LUCHA
Comunicado
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