Comunicados
ADIF | 78 22/10/2024
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NUEVA PLANTILLA, NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL NUEVA PLANTILLA, NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL
Una línea que en lugar de 10 tránsitos diarios soporta 70. Una estación que en vez de 1 000 viajer@s al día recibe 6 000. Una plantilla nueva que sin apenas experiencia tiene que zamparse la liberalización del sector.
Esa es la nueva realidad de nuestro día a día en el trabajo. Y esta nueva realidad requiere abordar por fin una reordenación profesional que regule nuestra relación laboral con Adif.
UN NUEVO MODELO UNILATERAL
Adif lleva años implantando unilateralmente nuevos modelos productivos aprovechando la renovación de la plantilla. Abusando de la buena fe y de la ilusión de las personas que acaban de incorporarse, poco a poco va cambiando nuestra forma de trabajar, deteriorando nuestras condiciones laborales.
Hemos ido viendo cómo en Infraestructura se imponían turnos por el cierre de bases o ámbitos, o se realizaban más horas extras por el aumento de los ámbitos de intervención.
En Circulación, mucho personal de reciente ingreso entra directamente a puestos de mando o a SIC, asumiendo una responsabilidad que no le corresponde.
En Estaciones de Viajer@s, l@s factores se han convertido en reguladores de enormes flujos de personas, que se agolpan en estaciones que no están dimensionadas. Y en Oficinas, no paramos de ver cómo personal operativo asume funciones de técnic@s, y en algunos casos, realizan el mismo trabajo, pero con diferentes emolumentos.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA REORDENACIÓN?
Para dotarnos de mecanismos de defensa ante los abusos de la empresa. Para que nuestras funciones estén bien reguladas y no nos impongan peores condiciones laborales. Y para compensar económicamente los incrementos de cargas de trabajo. Nuestro trabajo ahora vale más, pero cobramos lo mismo.
A lo mejor hemos interiorizado que cobrar alrededor de 1€ por la hora nocturna es algo adaptado a los tiempos. Que no percibir una compensación que palíe los daños que la turnicidad hace a la salud y la conciliación es normal. Que no poder elegir ni siquiera 15 días de nuestras vacaciones es avanzado respecto a la empresa privada.
Todo eso es la ordenación profesional. Por eso, no podemos permitir que se firme un nuevo convenio que no aborde por fin su negociación y actualización.
COMUNICADO Anexo
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RENFE 17/10/2024 | 77 EL CGE DE RENFE SE REÚNE CON EL MINISTRO | ADIF 16/10/2024 | 76 EL III COVENIO ECHA A ANDAR |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA DIRECCIÓN DE ADIF SE RESISTE A RECONOCER TODOS LOS DERECHOS DE SUS TRABAJADORES | 110 2018-09-25 |
| COMUNICADO
| Leido: 55 veces | Nunca nos cansaremos de expresar, y lo seguiremos haciendo, que los derechos se consiguen luchando de manera tozuda y continua, por eso, CGT ha luchado desde el principio para conseguir que en vacaciones se abonen todos los conceptos a los que tenemos derecho según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Recordemos, que el derecho a percibir en vacaciones parte de los abonos que asiduamente cobramos, emana de la jurisprudencia del TJUE. Jurisprudencia que la patronal incumplía y que desde CGT reivindicamos en varias demandas desde el 2014 y a las que finalmente, el TS ha dado el definitivo espaldarazo.
En la reunión mantenida hoy con la Dirección de ADIF, como respuesta a las papeletas de conciliación previa a la vía judicial, planteadas por el SFF-CGT, CC.OO y UGT, con el objeto de solicitar la integración de determinadas claves y conceptos salariales en la retribución de vacaciones, hemos obtenido como respuesta la aceptación parcial de los que solicitábamos.
Las claves que se pretenden integrar en la paga de vacaciones son los conceptos 020 Horas a prorrata; 021 Horas extras por fuerza mayor; 024 Horas extraordinarias estructurales; 029 Horas extras en función piloto; 036 Brigada de socorro; 039 Brigada de incidencias; 243 Plus de peligrosidad; 244 Plus de toxicidad; 245 Plus de maniobras; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 295 Complemento de puesto de atención a incidencias MMII de infraestructura; 300 Complemento de puesto por compensación de refrigerio; 302 Complemento de puesto por brigada de socorro MMII; 303 Complemento de puesto por toma y deje MMII; 304 Complemento de puesto por jornada partida; 322 Toma y deje; 348 Gratificación personal obras e instalaciones en caso de accidentes; 572 Indemnización por recepción y entrega del servicio y 576 Indemnización por jornada partida.
De estas claves salariales, la empresa ha reconocido que deben ser incluidas en la retribución media de vacaciones las siguientes: 020, 021, 024, 029, 243, 245, 300, reivindicadas por todos. Y exclusivamente demandadas por CGT: 244 Plus de toxicidad; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 348 Gratificación Personal Obras e Instalaciones en Caso de Accidentes.
Para su abono, es necesario que en los 12 meses anteriores al disfrute de las vacaciones, el trabajador o trabajadora haya percibido esos abonos durante un periodo de 7 meses.
Los efectos retroactivos se calcularán desde julio de 2017 y la previsión para su abono será en la nomina de diciembre de 2018.
Para CGT este acuerdo no supone la finalización de la vía jurídico/sindical respecto al resto de conceptos no reconocidos por la empresa y los cuales suponen un agravio a los derechos de los trabajadores que sistemáticamente la dirección les viene denegando, por lo que desde el SFF-CGT seguiremos demandando el cumplimiento íntegro del derecho.
REIVINDICA JUNTO A CGT. ¡AFÍLIATE!
Comunicado
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