Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA DIRECCIÓN DE ADIF SE RESISTE A RECONOCER TODOS LOS DERECHOS DE SUS TRABAJADORES | 110 2018-09-25 |
| COMUNICADO
| Leido: 55 veces | Nunca nos cansaremos de expresar, y lo seguiremos haciendo, que los derechos se consiguen luchando de manera tozuda y continua, por eso, CGT ha luchado desde el principio para conseguir que en vacaciones se abonen todos los conceptos a los que tenemos derecho según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Recordemos, que el derecho a percibir en vacaciones parte de los abonos que asiduamente cobramos, emana de la jurisprudencia del TJUE. Jurisprudencia que la patronal incumplía y que desde CGT reivindicamos en varias demandas desde el 2014 y a las que finalmente, el TS ha dado el definitivo espaldarazo.
En la reunión mantenida hoy con la Dirección de ADIF, como respuesta a las papeletas de conciliación previa a la vía judicial, planteadas por el SFF-CGT, CC.OO y UGT, con el objeto de solicitar la integración de determinadas claves y conceptos salariales en la retribución de vacaciones, hemos obtenido como respuesta la aceptación parcial de los que solicitábamos.
Las claves que se pretenden integrar en la paga de vacaciones son los conceptos 020 Horas a prorrata; 021 Horas extras por fuerza mayor; 024 Horas extraordinarias estructurales; 029 Horas extras en función piloto; 036 Brigada de socorro; 039 Brigada de incidencias; 243 Plus de peligrosidad; 244 Plus de toxicidad; 245 Plus de maniobras; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 295 Complemento de puesto de atención a incidencias MMII de infraestructura; 300 Complemento de puesto por compensación de refrigerio; 302 Complemento de puesto por brigada de socorro MMII; 303 Complemento de puesto por toma y deje MMII; 304 Complemento de puesto por jornada partida; 322 Toma y deje; 348 Gratificación personal obras e instalaciones en caso de accidentes; 572 Indemnización por recepción y entrega del servicio y 576 Indemnización por jornada partida.
De estas claves salariales, la empresa ha reconocido que deben ser incluidas en la retribución media de vacaciones las siguientes: 020, 021, 024, 029, 243, 245, 300, reivindicadas por todos. Y exclusivamente demandadas por CGT: 244 Plus de toxicidad; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 348 Gratificación Personal Obras e Instalaciones en Caso de Accidentes.
Para su abono, es necesario que en los 12 meses anteriores al disfrute de las vacaciones, el trabajador o trabajadora haya percibido esos abonos durante un periodo de 7 meses.
Los efectos retroactivos se calcularán desde julio de 2017 y la previsión para su abono será en la nomina de diciembre de 2018.
Para CGT este acuerdo no supone la finalización de la vía jurídico/sindical respecto al resto de conceptos no reconocidos por la empresa y los cuales suponen un agravio a los derechos de los trabajadores que sistemáticamente la dirección les viene denegando, por lo que desde el SFF-CGT seguiremos demandando el cumplimiento íntegro del derecho.
REIVINDICA JUNTO A CGT. ¡AFÍLIATE!
Comunicado
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