Comunicados
ADIF | 42 06/05/2024
|
ADIF: SUSPENSO EN CONCILIACIÓN ADIF: SUSPENSO EN CONCILIACIÓN
Pedir una excedencia para cuidar a un hij@ o a un familiar no es un capricho. Es una necesidad que tienen muchas familias ante las dificultades que existen hoy en día para poder conciliar vida laboral y personal. Entender esto es de primero de conciliación.
Por eso es inexplicable que Adif retire el carnet ferroviario a las personas trabajadoras (y a sus beneficiarias) que se ven obligadas a coger una excedencia por cuidados.
¿CASTIGO POR CONCILIAR?
Siendo malpensantes (en Adif “el piensa mal y acertarás” es un hit), podríamos deducir que se trata de una medida de presión para desincentivar que la gente se acoja a este derecho. Es cierto que nadie que lo necesite va a dejar de acogerse a una excedencia por no tener carnet ferroviario, pero el tufillo a castigo y penalización es innegable. Y dice mucho del poco interés que tiene la dirección de la empresa por adaptarse a los nuevos tiempos.
En el SFF-CGT no nos vamos a quedar paradas ante este atropello, por lo que este miércoles 8 de mayo tenemos un acto de conciliación con Adif en la Dirección General de Trabajo para reclamar que no se retire el carnet ferroviario a l@s compañer@s que tienen que pedir una excedencia para cuidar a una persona dependiente.
La retirada del carnet es una actuación claramente discriminatoria, porque genera un prejuicio a quienes utilizan medidas de conciliación. Y el propio Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de las personas trabajadoras “a no ser discriminadas directa o indirectamente para el empleo o, una vez empleados, por razones de estado civil, edad … así como por razón de sexo, incluido el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de los derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral” (artículo 4.2).
NUEVA PLANTILLA, NUEVAS NECESIDADES
La plantilla de Adif ha sufrido una profunda transformación en estos últimos tiempos. Pero la dirección sigue gobernando la empresa como lo hacía hace 30 años. Por eso es necesario que el nuevo convenio que se va a empezar a negociar en breve aspire a ser un convenio valiente que se abra a las nuevas demandas y necesidades de este personal (por ejemplo, en materia de jornada y conciliación) e incorpore nuevos tipos de derechos.
Desde el SFF-CGT vamos a dar la batalla por conseguir un convenio audaz a la altura de una empresa del siglo XXI.
AVANZAR EN IGUALDAD
Adif debe dar un paso adelante y abanderar el compromiso con la igualdad, no solo conformarse con cumplir con lo mínimo que le exige la ley. El nuevo convenio es una buena oportunidad para ampliar el teletrabajo, los permisos retribuidos y las excedencias, adaptaciones y reducciones de jornadas hasta que l@s menores tengan 16 años. Es el momento de reclamar que todas las personas trabajadoras, como reconoce el estatuto de los trabajadores, puedan elegir al menos 15 días de sus vacaciones. Es la hora de construir una empresa amigable con la conciliación.
Avanzar en igualdad no es una posibilidad. Debe ser (lo es para el SFF-CGT) una convicción y la única manera de conseguir que la sociedad avance.
SFF-CGT: SORORIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
COMUNICADO Anexo
|
SECTOR 01/05/2024 | 41 VIVA EL 1 DE MAYO | SECTOR 28/04/2024 | 40 TU SALUD MENTAL EN EL TRABAJO ES VITAL |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE LAS AUSENCIAS POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE QUE NO DEN LUGAR A INCAPACIDAD TEMPORAL Y SU REGULACIÓN O LA MALA FE DE LA DIRECCION DEL GRUPO RENFE | 109 2018-09-25 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
| Leido: 68 veces | Como ya indicamos en el comunicado 105, CGT ha ganado en la Audiencia Nacional (AN) el reconocimiento del derecho a las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a I.T.
En ningún momento RENFE ha querido hacer efectivo este derecho, que según la Orden HAP/2802/2012 de 28 de diciembre, establece lo siguiente:
“Artículo 3. Días de ausencia sin deducción de retribuciones.
El descuento en nómina regulado en el artículo anterior no será de aplicación a cuatro días de ausencias a lo largo del año natural, de las cuales sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos, siempre que estén motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigirá la justificación de la ausencia en los términos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicación en cada ámbito.”
En base a todo ello, hemos entregado una carta a la Dirección del Grupo RENFE en la que exigimos que apliquen esta normativa que han ocultado y negado durante estos años y que procedan a dar las órdenes oportunas a las diferentes Jefaturas para que faciliten la aplicación de este DERECHO. Igualmente exigimos, que sean retirados y archivados todos los expedientes disciplinarios que han sido incoados a los/as trabajadores/as por hacer valer sus derechos laborales.
Ante la sospecha de que no informen a los trabajadores ni a los responsables de la empresa, creemos necesario establecer unas pautas de actuación para que los/as trabajadores/as de RENFE puedan hacer efectivo este derecho:
• Se trata de ausencias durante la totalidad de la jornada, de 4 días a lo largo del año, pudiendo ser días sueltos, o enlazando 3 días como máximo.
• Deben ser por enfermedad o accidente. No son días de convenio o de libre disposición.
• Debemos acudir a la consulta de un médico del Sistema Nacional de Salud (Médico de la Seguridad Social). No valdrá el justificante expedido por un médico privado.
• Evidentemente, serán enfermedades o accidentes leves (indisposiciones) cuya previsible duración no exceda de los 3 días.
• Hay que explicarle al médico que no necesitamos la baja laboral, sino un documento en el que se prescriba reposo o la conveniencia de no asistir al trabajo.
• Vale cualquier tipo de documento en el que quede identificado el facultativo del Sistema Nacional de Salud que prescribe dicho reposo, por causa de enfermedad o accidente que impide o aconseja la no asistencia al trabajo. No existe un modelo establecido al efecto.
• No son válidos los justificantes de mera presentación o asistencia a consulta o a realización de pruebas en centros médicos u hospitales, a menos que después nos prescriban reposo.
A pesar de ello, os adjuntamos un modelo para que podáis presentarlo a vuestro facultativo, aunque como hemos dicho, puede valer cualquier otro que establezca la necesidad de reposo e identifique al médico.
Por último, debemos informar de manera inmediata a nuestro superior jerárquico o funcional sobre nuestra indisposición y que no vamos a acudir al trabajo, siendo totalmente necesario presentar el justificante médico el día que nos reincorporemos al trabajo.
Nos parece repugnante la posición de la Dirección al ocultarnos este derecho, después de todos los recortes a los que nos están sometiendo desde hace años. Los derechos se defienden ejerciéndolos y para ello, podéis contar con CGT.
Estamos a vuestra entera disposición para informaros al respecto.
DE TÍ DEPENDE: DEFIENDE TUS DERECHOS Y TU FUTURO
¡SUMA CON CGT!
Comunicado Anexo 1 Anexo 2
|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |