Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE MOVILIDAD EN COMERCIAL RENFE CGT PRESENTA ALEGACIONES A LOS BORRADORES | 98 2018-08-27 |
| COMUNICADO
 | Leido: 23 veces | LAS PROPUESTAS DE CONVOCATORIAS PRESENTAN MÚLTIPLES PERJUICIOS PARA L@S TRABAJADOR@S QUE DEBEMOS CORREGIR
El pasado 16 de Julio, CGT se dirigió por escrito a la Dirección de RR.HH de RENFE, para que de forma inmediata se convocara al CGE para la negociación de las bases de una nueva acción de movilidad, (ver comunicado nº 86 de 24 de Julio), dada la acuciante necesidad de acometer un nuevo proceso, demandado mayoritariamente por l@s trabajador@s, y al estar a punto de realizarse las pruebas teóricas de la nueva OEP. Así mismo, paralelamente, pusimos a disposición del colectivo un modelo para reclamar a la empresa un nuevo proceso de movilidad, que se cursó de forma importante por much@s afectad@s.
Debido a esa presión, RENFE se vio obligada a dar el paso y como resultado, el pasado 3 de agosto convocó al CGE para hacernos entrega de los borradores de convocatoria de movilidad para varios subgrupos profesionales de la rama de Comercial. Concretamente, para convocatorias relativas a la MOVILIDAD GEOGRAFICA PARA OPERADOR COMERCIAL ESPECIALIZADO N1, OPERADOR COMERCIAL N1 E INTERVENTOR-SUPERVISOR DE SERVICIOS A BORDO AVE Y EUROMED, OPERADOR COMERCIAL ESPECIALIZADO N2, OPERADOR COMERCIAL N2, MOVILIDAD FUNCIONAL PARA OPERADOR COMERCIAL N1, OPERADOR COMERCIAL ESPECIALIZADO N2.
Desde CGT valoramos el esfuerzo de la presión ejercida con la publicación de los borradores citados, pero los consideramos insuficientes, al no abarcar a todo el colectivo. Así mismo, hemos detectado que contienen graves deficiencias, muchas de ellas amparadas en el nefasto I Convenio Colectivo del Grupo RENFE firmado por el resto de sindicatos y que no ha hecho más que socavar derechos, que debemos corregir en beneficio de los intereses colectivos de l@s trabajador@s.
De forma resumida, hemos presentado las siguientes alegaciones:
• Necesidad de convocatorias en el resto de subgrupos profesionales para lograr una acción de movilidad completa en comercial (Geográfica y Funcional para Supervisor Comercial de Trenes, de Estaciones y de Centros de Gestión y Geográfica para Operador Especializado de Administración y Gestión y de Administración y Gestión niveles 1 y 2). Estas Convocatorias fueron publicadas junto al resto en anteriores años.
• Identificación previa de plazas a cubrir.
• Eliminación del requisito de antigüedad de dos años en categoría o grupo profesional para poder participar. (Aceptada en anteriores convocatorias de Comercial por todos los Sindicatos y Empresa).
• Eliminación del requisito de no poder participar si se ha obtenido plaza o renunciado a ella en proceso de movilidad anterior. (Aceptada en anteriores convocatorias de Comercial por todos los Sindicatos y Empresa)
• Inclusión de las categorías de ingreso en turnos subsidiarios para asegurar su participación, así como en régimen subsidiario participación de los colectivos de Fabricación y Mantenimiento y de Administración y Gestión.
• Actualización de los temarios en aquellas que precisen pruebas selectivas.
• Conciliación de la vida familiar y laboral, ofertando plazas en residencias de intervención que eviten al máximo las pernoctaciones fuera de residencia.
• Actualizar y corregir el sexto listado de ordenación del personal comercial.
• Reducción de plazo para hacer efectiva la cobertura de la plaza adjudicada.
• Eliminación de plazas ofertadas como núcleos de cercanías, identificando las vacantes concretas por residencias.
• Participación de los Operadores Comerciales de Ingreso con residencia Transitoria.
• Igualdad de criterios, siendo siempre por puntuación en todas las movilidades funcionales, desapareciendo el criterio “apto, no apto” en las pruebas teóricas de las convocatorias que así lo expresan.
Desde CGT siempre hemos considerado la movilidad tanto geográfica como funcional como un derecho de l@s trabajador@s a su promoción y traslado, cuestionando como la empresa lo utiliza en muchos casos para su interés y ajuste de plantilla o para favorecer intereses particulares de forma opaca.
Esperamos poder mejorar e incluso ampliar el ámbito de la movilidad planteada y trataremos que sean aceptadas por la dirección y por el resto de Sindicatos, aunque seamos conscientes de la dificultad para ello.
TRABAJADOR/A, EJERCE LA PRESIÓN A LA QUE TIENES DERECHO. SIEMPRE SURTE EFECTO
LA MOVILIDAD Y PROMOCIÓN ES UN DERECHO.
VEN A LUCHAR CON CGT.
Comunicado

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