Comunicados
ADIF | 68 11/09/2024
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EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO
Nueve meses después, por fin empieza a asomar la cabeza el III Convenio Colectivo de Adif. Hoy se ha constituido la Comisión Negociadora y se da el pistoletazo de salida a una negociación clave que va a marcar nuestro futuro como personas trabajadoras de Adif.
DES-PA-CI-TO
No ha tenido mucha prisa la Dirección General de Personas para agilizar el proceso. Más preocupada por sus cuitas y su supervivencia tras el naufragio del “transatlántico Koldo”, ha dilatado todos los plazos con múltiples excusas para conseguir de facto que el anterior convenio se haya prorrogado casi un año.
Y no parece que tenga intención de revertir su “ritmo caribeño”. De momento la próxima reunión de la Comisión Negociadora se ha fijado para el 16 de octubre. Otro mes más para la buchaca. La excusa ahora es el cambio en la Dirección General de Personas. La empresa nos ha pedido un tiempo para reorganizarse. Es la última concesión. A partir de ahora el proceso debe tomar velocidad de crucero. Hay muchas cosas urgentes que solucionar.
CAMBIAR LAS NORMAS DEL JUEGO
Ayer mismo os contábamos en un comunicado cómo la empresa se está saltando la Mesa Técnica de Circulación para imponer su modelo productivo de circulación de forma unilateral, sin negociarlo con las personas trabajadoras. La reclasificación profesional es una de las urgencias a la que debe dar respuesta este convenio, para que queden bien definidas las funciones y las retribuciones que debe tener cada puesto de trabajo y no se modifiquen por una simple instrucción técnica.
La nueva (y desastrosa) realidad que vivimos en los últimos meses en nuestros puestos de trabajo requiere de unas nuevas normas del juego. La jornada, el salario, la transparencia o la conciliación deben estar en el centro de la negociación.
Por eso, en el SFF-CGT estamos esperanzad@s en que podamos conseguir un gran convenio. Luchando juntas, plantilla y sindicatos, por conseguir el convenio que nos merecemos.
COMUNICADO Anexo
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ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE | RENFE 23/08/2024 | 66 TERMINANDO DE ARREGLAR VCX |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT RECLAMA QUE SÓLO CONTABILICEN LOS DÍAS LABORABLES EN EL CÓMPUTO DE LAS LICENCIAS CON SUELDO | 96 2018-08-07 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
| Leido: 39 veces | Como consecuencia de la publicación de la STS 145/2018 de 13 de febrero, CGT se dirigió a la Empresa para solicitar su plena aplicación. Esa resolución fallaba sobre el inicio del cómputo de los permisos retribuidos. El Alto Tribunal dejó meridianamente claro que es el primer día laboral del trabajador el que inicia el disfrute efectivo del permiso. Cuando coincide en descanso/fiesta, se inicia el conteo el primer día de trabajo (p. ej. si se produce un sábado el nacimiento del hijo del trabajador con descanso en fin de semana el permiso de 2 o 4 días debe iniciarse el lunes).
Siguiendo la jurisprudencia marcada por el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, en sus sentencias consecutivas de 13, 20 y 28 de junio de 2018, ha desarrollado las condiciones de disfrute de los permisos por hospitalización de familiar, nacimiento de hijo, etc, interpretando cuáles son los días que computan efectivamente en el disfrute de dicho tipo de permisos remunerados.
Este fallo no constituye jurisprudencia imperativa pero delimita el cómputo de disfrute de los permisos a los días laborables únicamente, excluyendo los días feriados y de descanso. Si dichos días de descanso o festivos no son hábiles para iniciar la contabilización, tampoco lo deben ser cuando se computa la duración del permiso (Siguiendo con el ejemplo anterior, si el nacimiento se hubiera producido un viernes, el permiso habrá de prolongarse dos días al no contabilizarse el fin de semana y así el permiso de dos días alcanzaría también al lunes).
Entendemos que la interpretación de la A.N. es relevante y enmarca lo dispuesto en la Normativa Laboral de nuestra empresa. Por ese motivo hemos solicitado su aplicación inmediata en todos los ámbitos sin que sea necesario tener que esperar a una sentencia de UNIFICACIÓN DE DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN CASACION. Se evitaría una conflictividad estéril en un tema objeto de pronunciamiento judicial repetitivo.
ÚNETE A CGT, NUESTRO ÚNICO OBJETIVO SON TUS INTERESES
Comunicado Anexo 1 Anexo 2
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