Comunicados
 
RENFE
75
09/10/2024
HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE
 
El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
 
  COMUNICADO         
 
 
 
 
IRYO
09/10/2024
COMUNICADO CONJUNTO
NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA
 
 
ADIF
09/10/2024
74
AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF
 
ADIF
01/10/2024
73
PLAZAS PROVISIONALES: ¡QUE COMIENCE EL BAILE!
 
Buscar comunicado:
 

Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
SENTENCIAS, RECLAMACIONES… ¿HUMO?
66
2018-06-04

COMUNICADO             
  
Leido: 57 veces

Desde CGT nos hemos llevado una sorpresa al recibir la noticia de la publicación, por parte de algunos sindicatos, de un comunicado en los que se insta a reclamar las retribuciones a percibir en periodo vacacional por el personal adscrito a la Brigada de Incidencia, tanto sobre este concepto como la media de las Horas Extras realizadas antes del periodo vacacional, como la “toma y deje”.

No entendemos que se lance este comunicado, máxime cuando se menciona una sentencia sin descripción y referencias concretas, teniendo los trabajadores y trabajadoras que tomar la existencia de la misma como un “acto de fe”.

Desde CGT creemos en la seriedad y la exposición clara de los datos, prefiriendo informar del proceso que se ha llevado hasta ahora, a fin de que los trabajadores y trabajadoras conozcan la situación actual, que saquen sus propias conclusiones y en base a ellas, decidan.

• A raíz de la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 22/04/14, desde CGT iniciamos una campaña para reclamar los conceptos salariales retribuibles en periodo de vacaciones, que no se abonaban al no estar contemplados en nuestra Normativa Laboral.
• El sindicato UGT interpuso Demanda en la Audiencia Nacional contra Adif por Conflicto Colectivo con estos mismos argumentos, demanda que, tras recurrirla ambas partes, acabó sentenciando el Tribunal Supremo con fecha 21 de marzo de 2017.
• En dicha sentencia, se desestimó el abono en periodo de vacaciones para el personal de Adif Red Convencional, tanto de los conceptos de Brigada de Incidencia, como el de Toma y Deje.
• Debemos recordar que, cuando se promueve demanda por Conflicto Colectivo, tras paralizar las demandas individuales, la sentencia firme producirá efectos de cosa juzgada sobre los procesos individuales pendientes de resolución o que puedan plantearse que traten sobre idéntico objeto, o que tengan una relación directa con el mismo.

De lo anterior y de manera sencilla, se puede consultar fácilmente en la sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala de lo Social de Madrid nº1, con el número de resolución 227/2017. Igualmente podría haberse hecho de este modo en esos comunicados y no invitar a hablar con los delegados sindicales para promocionar unas demandas individuales con unas bases desconocidas. Pensando mal, podríamos llegar a pensar que lo que se busca es algo más que un aporte de información, pudiendo darse el caso de la existencia de un interés preelectoral mediante el inicio de reclamaciones, como si se tratase de un mero “regalito” de estos que nos tienen acostumbrado al llegar estas fechas. De ser así, estaríamos ante un flaco favor para la defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras.

Desde CGT tenemos claro que el trabajo sindical es el que se hace a diario, visitando centros de trabajo y recogiendo las inquietudes de los y las compañeras. Impulsando acciones, denuncias, acuerdos; informando a los y las trabajadoras con documentación precisa. Lo que no creemos que sea labor de una organización sindical, es la de embarcar a personas en denuncias sobre temas sensibles, sabiendo que no tienen sentido porque ya se ha juzgado. Y por más bonito que se pueda vender el humo, no deja de ser humo hasta que se demuestre que existe fuego; y en este caso, parece que se ha decidido lanzar que hay fuego, pero no se muestran ni el calor ni las cenizas de la sentencia de la que se habla.

Con total sinceridad y desde CGT, invitamos a las organizaciones sindicales promotoras de esta acción, a que apoyen a los y las compañeras informando públicamente del procedimiento ganado del que habla, a fin de que podamos entre todos lograr una mejora para el colectivo. No es una cuestión de apuntarse medallas, es una cuestión de luchar por el bien de todos/as.

CGT, DIGNIDAD, TRANSPARENCIA, LUCHA


Comunicado                   
  











© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid]
Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es

POLÍTICA DE PRIVACIDAD
Óptima visualización: 1280 x 960
Sector Federal Ferroviario


desde 16-03-2016