Comunicados
RENFE | 17 04/03/2026
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¿Y LA SUBIDA SALARIAL? El pasado mes de diciembre de 2025 entraba en vigor una nueva subida salarial. Aupada en el Acuerdo Marco por la Mejora del Empleo Público y el Servicio a la Ciudadanía y ratificada en Real Decreto-ley, esta subida salarial es uno de los objetivos marcados para la mejora de las condiciones laborales de las personas trabajadoras del servicio público. Se estableció que la subida sería del 11%, aplicándose de manera escalonada hasta 2028: 2,5% en 2025, 2% en 2026, 4,5% en 2027 y 2% en 2028.
El pasado año Renfe aplicó la primera de las subidas en la nómina de diciembre, en la cual añadieron los atrasos acumulados a lo largo del año. En este año 2026 todavía no hemos tenido noticias por parte de Renfe pero en Adif, en reunión de 4 de diciembre de 2025, ya se autorizó que se empezaran a cobrar las percepciones de 2026 con fecha de 1 de enero. ¿Cuál es el motivo para que Adif, que también es una EPE, la haya podido incluir ya y Renfe no?
Siendo la cuestión económica una tan básica y sensible para las personas trabajadoras, creíamos necesario trasladar a la dirección del Grupo Renfe este sinsentido en la aplicación de la ley y por ello hemos hecho llegar una carta en la que solicitamos que se nos informe del estado de la aplicación de la subida.
La pérdida de poder adquisitivo del sector ha sido evidente a lo largo de los años y meramente parcheada en los Acuerdos Marco 2022-2025 y 2025-2028. El salario es un derecho básico que no admite demoras ni excusas mientras el coste de la vida sigue castigando a las familias ferroviarias.
Consideramos importante que, más allá de reclamar algo que nos pertenece como parte del servicio público, no dejemos de pelear por una mejora de las condiciones laborales que no dependan del Gobierno de turno, sino que suponga la dignificación de nuestro oficio.
DESDE EL SFF-CGT SEGUIREMOS LUCHANDO POR SALARIOS DIGNOS  COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 RENFE 04/03/2026 | 16 MUCHAS PLAZAS, MUCHA URGENCIA, POCAS MEJORAS | ADIF 27/02/2026 | 15 AYUDAS GRACIABLES 2026 |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF SENTENCIAS, RECLAMACIONES… ¿HUMO? | 66 2018-06-04 |
| COMUNICADO
 | Leido: 57 veces | Desde CGT nos hemos llevado una sorpresa al recibir la noticia de la publicación, por parte de algunos sindicatos, de un comunicado en los que se insta a reclamar las retribuciones a percibir en periodo vacacional por el personal adscrito a la Brigada de Incidencia, tanto sobre este concepto como la media de las Horas Extras realizadas antes del periodo vacacional, como la “toma y deje”.
No entendemos que se lance este comunicado, máxime cuando se menciona una sentencia sin descripción y referencias concretas, teniendo los trabajadores y trabajadoras que tomar la existencia de la misma como un “acto de fe”.
Desde CGT creemos en la seriedad y la exposición clara de los datos, prefiriendo informar del proceso que se ha llevado hasta ahora, a fin de que los trabajadores y trabajadoras conozcan la situación actual, que saquen sus propias conclusiones y en base a ellas, decidan.
• A raíz de la doctrina establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 22/04/14, desde CGT iniciamos una campaña para reclamar los conceptos salariales retribuibles en periodo de vacaciones, que no se abonaban al no estar contemplados en nuestra Normativa Laboral.
• El sindicato UGT interpuso Demanda en la Audiencia Nacional contra Adif por Conflicto Colectivo con estos mismos argumentos, demanda que, tras recurrirla ambas partes, acabó sentenciando el Tribunal Supremo con fecha 21 de marzo de 2017.
• En dicha sentencia, se desestimó el abono en periodo de vacaciones para el personal de Adif Red Convencional, tanto de los conceptos de Brigada de Incidencia, como el de Toma y Deje.
• Debemos recordar que, cuando se promueve demanda por Conflicto Colectivo, tras paralizar las demandas individuales, la sentencia firme producirá efectos de cosa juzgada sobre los procesos individuales pendientes de resolución o que puedan plantearse que traten sobre idéntico objeto, o que tengan una relación directa con el mismo.
De lo anterior y de manera sencilla, se puede consultar fácilmente en la sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala de lo Social de Madrid nº1, con el número de resolución 227/2017. Igualmente podría haberse hecho de este modo en esos comunicados y no invitar a hablar con los delegados sindicales para promocionar unas demandas individuales con unas bases desconocidas. Pensando mal, podríamos llegar a pensar que lo que se busca es algo más que un aporte de información, pudiendo darse el caso de la existencia de un interés preelectoral mediante el inicio de reclamaciones, como si se tratase de un mero “regalito” de estos que nos tienen acostumbrado al llegar estas fechas. De ser así, estaríamos ante un flaco favor para la defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras.
Desde CGT tenemos claro que el trabajo sindical es el que se hace a diario, visitando centros de trabajo y recogiendo las inquietudes de los y las compañeras. Impulsando acciones, denuncias, acuerdos; informando a los y las trabajadoras con documentación precisa. Lo que no creemos que sea labor de una organización sindical, es la de embarcar a personas en denuncias sobre temas sensibles, sabiendo que no tienen sentido porque ya se ha juzgado. Y por más bonito que se pueda vender el humo, no deja de ser humo hasta que se demuestre que existe fuego; y en este caso, parece que se ha decidido lanzar que hay fuego, pero no se muestran ni el calor ni las cenizas de la sentencia de la que se habla.
Con total sinceridad y desde CGT, invitamos a las organizaciones sindicales promotoras de esta acción, a que apoyen a los y las compañeras informando públicamente del procedimiento ganado del que habla, a fin de que podamos entre todos lograr una mejora para el colectivo. No es una cuestión de apuntarse medallas, es una cuestión de luchar por el bien de todos/as.
CGT, DIGNIDAD, TRANSPARENCIA, LUCHA
Comunicado

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