Comunicados
ADIF | 61 28/06/2024
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QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA! QUE UN ÁRBOL NO TE TAPE EL BOSQUE: ¡NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO YA!
Ayer la empresa nos comunicó que se aplicará el incremento salarial del 2% aprobado por el Gobierno para 2024 a partir de la nómina de julio (con retroactividad desde enero).
Bienvenida sea siempre la pasta, pero no va a distraernos de lo realmente importante: negociar un convenio ambicioso que corrija la gran pérdida de poder adquisitivo de los últimos años y que mejore nuestras condiciones laborales. Lo demás son cantos de sirenas.
RETRASO INJUSTIFICABLE
Seis meses han transcurrido desde que se denunciara el II Convenio, y aunque la ley dice que el plazo máximo para conformar la comisión negociadora es un mes, aquí seguimos, viendo cómo la empresa da largas para no sentarse a negociar.
El 2% de subida salarial que se nos aplica son migajas. Lo que es urgente es subir el salario base. Ahora mismo muchos sueldos en Adif se han quedado ya muy cerca del Salario Mínimo Interprofesional, y la dignidad de los emolumentos depende de variables. Es necesario cambiar el modelo de variables y crear complementos de puesto, de tal manera que nuestro salario no dependa de las circunstancias, sino que sea estable y digno. También es de rigor que tod@s cobremos antigüedad en la empresa.
Necesitamos además que sea una subida lineal, que suba para tod@s, pero más para l@s compañer@s que menos cobran. Y hacer por fin una reclasificación profesional para que se retribuyan las nuevas funciones que realizamos.
No nos vale el mantra de que no hay dinero. Sabemos que para otras empresas públicas sí lo hay. Además, contamos con una masa salarial liberada por todas las jubilaciones de compañer@s que por tantos años de desempeño disfrutaban de unos salarios muy por encima de los que tiene ahora el personal de nuevo ingreso.
PERO NO TODO ES PASTA
El convenio no solo debe mejorar nuestra situación económica. Además, hay que mejorar muchas más cuestiones: la jornada, la transparencia en movilidades y OEP, la igualdad, la salud laboral… Te invitamos a que leas nuestra plataforma reivindicativa para saber por qué vamos a luchar desde SFF-CGT en la negociación. Escanea nuestro QR:
COMUNICADO Anexo
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ADIF 26/06/2024 | 60 LA SALUD MENTAL ES COSA DE TOD@S | RENFE 20/06/2024 | 59 COMISIÓN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO DE ACOSO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA AUDIENCIA NACIONAL CONDENA A RENFE Y SEMAF POR VULNERACIÓN DE LA LIBERTAD SINDICAL | 62 2018-05-31 |
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| Leido: 30 veces | Hace meses y cansados de actitudes que son contrarias a la buena fe negociadora y el completo desprecio hacia el CGE y por ende, la falta de respeto hacia los ferroviarios, CGT interpuso demanda contra RENFE y SEMAF por negarnos el derecho a la negociación colectiva.
La pasada semana, la Audiencia Nacional (AN) emitió la Sentencia 84/2018 de la Sala Social, estimando nuestra demanda, en relación a los Acuerdos y negociaciones unilaterales alcanzados entre la Dirección de RENFE y SEMAF en materia de negociaciones del Convenio, al considerar que los citados acuerdos tenían contenido negociador, por lo que la exclusión y discriminación operada contra CGT es una conducta contraria a Derecho y reprobable. Por esto, El FALLO de la Sentencia de la AN indica: “Declaramos, que se ha vulnerado el Derecho de Libertad Sindical en su manifestación de Derecho a la Negociación Colectiva de SFF-CGT. Ordenamos el cese inmediato y contumaz de la conducta antisindical de los demandados. Declaramos la obligación de convocar al Comité General de Empresa, y a SFF-CGT, para el tratamiento y negociación de todas las cuestiones relativas a la negociación y desarrollo de los “Planes de Empleo” de cada año respectivo. Condenamos a las empresas demandadas al abono solidario a SFF-CGT de la indemnización por daños y perjuicios morales en la cantidad de 6000 €. Condenamos a las empresas demandadas a la publicación de la sentencia en los tablones de anuncios de las empresas y en la intranet del Grupo RENFE y a estar y pasar por las anteriores declaraciones.”
El fundamento para estimar nuestra demanda es que esta conducta terca y pertinaz (como dice el propio Fallo de la Sentencia) llevada a cabo por la “pareja” Dirección-SEMAF vulnera el Derecho de CGT a participar en las cuestiones que desarrollen la negociación colectiva, es decir, el derecho a negociar colectivamente se ve mermado y usurpado con respecto de los sindicatos que tienen representación en el CGE.
Por ello condenan, y llevan condenado por esto a esa misma Dirección de RENFE y SEMAF en 2016, 2017 y ahora, en 2018, sancionando con cuantiosas cantidades que desgraciadamente, sufraga el erario público y se sigue sin exigir responsabilidades por estas irregularidades cometidas con osadía por quién las perpetra.
La Dirección de RENFE, es totalmente consciente que la exclusión de la negociación colectiva de CGT vulnera los Derechos Fundamentales y es considerada ilegal. Razón de más por lo que no deja de sorprender que esta actuación se repita una y otra vez por los mismos responsables Directivos de manera deliberada impunemente. Parece que el único objetivo de los CONDENADOS sea maltratar la imagen de CGT ante los trabajadores a los que representa.
DIGNIDAD, COHERENCIA Y LUCHA
¡AFÍLIATE!
Comunicado
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