Comunicados
LOGIRAIL | 6 21/01/2025
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EL SFF-CGT EXIGE RESPONSABILIDADES EL SFF-CGT EXIGE RESPONSABILIDADES
Hoy, 21 de enero, el Sindicato del Sector Federal Ferroviario nos hemos dirigido por carta al presidente de Logirail, para hacerle llegar nuestro malestar por cómo se ha desarrollado el proceso de movilidad funcional para postventa de Media Distancia y Cercanías en Logirail.
El 29 de noviembre la empresa envió por email a algunas personas trabajadoras una oferta interna para cubrir varios puestos en postventa. Otras ni siquiera recibieron este email.
La empresa, de manera unilateral, ha tomado todas las decisiones de este proceso de forma arbitraria sin informar de nada a las y los representantes de las personas trabajadoras.
El proceso de selección ha resultado ser totalmente oscurantista. Nos recuerda demasiado a la forma de proceder de nuestras empresas privadas de origen, formas de actuar que pensábamos que ya habían desaparecido desde la subrogación del personal a una empresa pública.
La dirección de Logirail no está respetando los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El pasado día 9 de enero el SFF-CGT presentó una impugnación ante la Dirección General de Logirail y hoy enviamos un escrito al presidente de Logirail con el ánimo de resolver estas actuaciones desafortunadas de forma dialogada.
Ante una nueva negativa a solucionar este tema no dudaremos en iniciar las actuaciones que estimemos oportunas.
Además, queremos reiterar que ante esta actuación unilateral y cacique exigimos responsabilidades para erradicar estos comportamientos en nuestra empresa de capital público.
SFF-CGT POR LA MOVILIDAD TRANSPARENTE Y JUSTA
COMUNICADO Anexo
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ADIF 21/01/2025 | 5 MAQUINISTAS A LA DERIVA | ADIF 17/01/2025 | 4 BENEFICIOS SOCIALES 2025 |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LA AUDIENCIA NACIONAL CONDENA A RENFE Y SEMAF POR VULNERACIÓN DE LA LIBERTAD SINDICAL | 62 2018-05-31 |
| COMUNICADO
| Leido: 31 veces | Hace meses y cansados de actitudes que son contrarias a la buena fe negociadora y el completo desprecio hacia el CGE y por ende, la falta de respeto hacia los ferroviarios, CGT interpuso demanda contra RENFE y SEMAF por negarnos el derecho a la negociación colectiva.
La pasada semana, la Audiencia Nacional (AN) emitió la Sentencia 84/2018 de la Sala Social, estimando nuestra demanda, en relación a los Acuerdos y negociaciones unilaterales alcanzados entre la Dirección de RENFE y SEMAF en materia de negociaciones del Convenio, al considerar que los citados acuerdos tenían contenido negociador, por lo que la exclusión y discriminación operada contra CGT es una conducta contraria a Derecho y reprobable. Por esto, El FALLO de la Sentencia de la AN indica: “Declaramos, que se ha vulnerado el Derecho de Libertad Sindical en su manifestación de Derecho a la Negociación Colectiva de SFF-CGT. Ordenamos el cese inmediato y contumaz de la conducta antisindical de los demandados. Declaramos la obligación de convocar al Comité General de Empresa, y a SFF-CGT, para el tratamiento y negociación de todas las cuestiones relativas a la negociación y desarrollo de los “Planes de Empleo” de cada año respectivo. Condenamos a las empresas demandadas al abono solidario a SFF-CGT de la indemnización por daños y perjuicios morales en la cantidad de 6000 €. Condenamos a las empresas demandadas a la publicación de la sentencia en los tablones de anuncios de las empresas y en la intranet del Grupo RENFE y a estar y pasar por las anteriores declaraciones.”
El fundamento para estimar nuestra demanda es que esta conducta terca y pertinaz (como dice el propio Fallo de la Sentencia) llevada a cabo por la “pareja” Dirección-SEMAF vulnera el Derecho de CGT a participar en las cuestiones que desarrollen la negociación colectiva, es decir, el derecho a negociar colectivamente se ve mermado y usurpado con respecto de los sindicatos que tienen representación en el CGE.
Por ello condenan, y llevan condenado por esto a esa misma Dirección de RENFE y SEMAF en 2016, 2017 y ahora, en 2018, sancionando con cuantiosas cantidades que desgraciadamente, sufraga el erario público y se sigue sin exigir responsabilidades por estas irregularidades cometidas con osadía por quién las perpetra.
La Dirección de RENFE, es totalmente consciente que la exclusión de la negociación colectiva de CGT vulnera los Derechos Fundamentales y es considerada ilegal. Razón de más por lo que no deja de sorprender que esta actuación se repita una y otra vez por los mismos responsables Directivos de manera deliberada impunemente. Parece que el único objetivo de los CONDENADOS sea maltratar la imagen de CGT ante los trabajadores a los que representa.
DIGNIDAD, COHERENCIA Y LUCHA
¡AFÍLIATE!
Comunicado
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