Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL ¡ES POR TU BIEN! ¡PUES NO ME QUIERAS TANTO, QUIÉREME MEJOR! | 61 2018-05-29 |
| COMUNICADO
| Leido: 29 veces | El pasado día 18 de mayo tenía lugar el acto de mediación, previo al conflicto colectivo interpuesto por las secciones sindicales de CGT y CCOO, como consecuencia de la imposición por parte de la empresa en los gráficos de dos circulaciones que carecían del descanso reglamentario según convenio colectivo (art.59.b.1) y la amenaza de la empresa de cambiar la actual garantía de hotel (art. 71 CC) por salas de descanso sin ubicación definida, en dichas circulaciones si no se traga con la imposición.
En el acto mencionado se personaron, además de los sindicatos promotores del acto de mediación previo a denuncia, los sindicatos UGT, SF y USO.
Tuvimos una gran sorpresa, al escuchar por parte de algunos sindicatos en modo “postureo” su indignación con la ejecución de dicha medida, máxime cuando en sus comunicados (comunicado nº 49 de UGT de 9 de mayo de 2018), ya se erigen como los promotores del artificio de medidas que casualmente la empresa pone en marcha, eso sí, sin contarles su proyecto de “sala de descanso” para escala nocturna (nueva interpretación).
De igual manera se mostró el sindicato SF, tremendamente indignado a pesar de que en las actas de las famosas comisiones de gráficos están dispuestos a estudiar dichas mermas de descanso. A pesar del conocimiento de ambas centrales, que esta pretensión de la empresa fue rotundamente rechazada por las asambleas de consulta del convenio el año pasado.
Quizás cuando uno/a no realiza ese tipo de servicios, consecuencia “legal” de su cómodo crédito sindical; los viajes, las esperas, los madrugones, los trasnoches… no afectan de la misma manera a la salud y la conciliación como afectan al resto de la plantilla.
Para CGT, esta imposición no es sino una medida más en la estrategia de hostigamiento llevado a cabo por la empresa hacia sindicatos y trabajadores/as. Siendo falso, según la empresa, que con ello “pretenda una mejor conciliación”, (no se sostiene este argumento), y sin embargo se nos siga grafiando pérdidas de fecha y servicios que se podrían efectuar de forma distinta y con mejor aprovechamiento.
Tener a tripulaciones de Madrid u otras bases pernoctando en Figueras, o de Valencia pernoctando en Castellón con bases próximas (Barcelona/Valencia), trayectos absurdos DH… no es más que una muestra de la inoperatividad del responsable de programación.
Desde CGT miramos más allá y conociendo los antecedentes, estamos seguros que detrás de estas medidas hay algo más; se esconde la reducción de la jornada total del turno actual, adelantando la hora de llegada a la base, lo que posibilitará acortar el tiempo entre la finalización del turno y el inicio de uno nuevo:
Hiperproductividad al mismo precio.
De forma lamentable y como ya nos temíamos, las comisiones de gráficos entre empresa y firmantes del Convenio, son una pérdida de tiempo más, pues si nos aventuramos a la comparación, desde la constitución de las mismas, la situación de los trabajadores/as ha ido a peor.
La conciliación y la salud de los trabajadores son importantes para CGT, pero no a cualquier precio, por lo que hacemos un llamamiento a la plantilla, para no entrar en la estrategia del divide y vencerás de algunas secciones sindicales y empresa para realizar pactos individuales que restan poder a la negociación colectiva y divide a la plantilla, único fin de la empresa.
El próximo día 30, CGT tiene un juicio por los descuentos realizados en las pasadas huelgas, donde se produjo, desde nuestro punto de vista, un abuso en el descuento, especialmente en los colectivos con reducción de jornada.
Seguimos trabajando día a día y denunciado todas aquellas irregularidades y atropellos, que sin cesar van apareciendo en nuestro día a día por múltiples motivos y orígenes. Y lo seguiremos haciendo hasta que se corrijan, sin pausa y con la certeza de que jamás decaeremos, sea cual sea el lugar que ocupemos y los trabajadores que tengamos que llevarlo a cabo.
SÚMATE A LA DIGNIDAD, LA COHERENCIA Y LA LUCHA
¡AFÍLIATE!
Comunicado
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