Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
FERROVIAL NO ME CONSTA, NO SÉ, NO CONTESTO | 51 2018-04-27 |
| COMUNICADO
 | Leido: 22 veces | El pasado 24 se reunión el Comité Intercentros con la pretensión de abordar las problemáticas que afectan a los ámbitos de los distintos comités de empresa: uniformidad, uso de dispositivos audiovisuales por parte de la empresa, dotación de plaza en trayectos sin servicio, menores a bordo, denegación de licencias, abono de retrasos por cambios entre trabajadores, procedimiento ante agresiones a bordo/despedidas de solteras/os, hoteles, pérdidas de fecha y abono dietas, aplicación de la sentencia de TS en el disfrute de permisos retribuidos, consolidación trabajadores que llevan años ejerciendo funciones de JT y convocatoria de plazas por falta de los mismos, vacaciones, anulación DOPS y pérdida de los mismos, entre otras.
Ante tal cúmulo de puntos sin solventar y en una clara estrategia dilatoria y de dejación de funciones, la respuesta de la empresa ha sido la misma en cada reunión: “esto ya se ha tratado en tal comité”, “esto llévalo y que diga un juez”, “haberlo metido en convenio” y en definitiva, mil excusas y ninguna solución a los problemas que aquejan a la plantilla diariamente.
Se mantiene la espada acusativa de Damocles sobre la plantilla con la edición y entrega de una gráfica del dinero que pierden por “teóricos hurtos”, que no justifican y que para su estudio sí despliegan los medios necesarios, al igual que lo hacen con la empresa de verificación de bajas “TEBEX”, que ejerce el atosigamiento a los empleados y empleadas con llamadas y citas constantes, en lugar de solucionar y ayudar a éstos con una política adecuada que sirva de apoyo, minimice y acorte los tiempos de baja. Sin duda, un despropósito constante.
A la reunión no ha asistido ningún miembro de la sección sindical UGT, en un ejercicio de responsabilidad, de esos que tanto les gusta alardear. Avisando con poco margen y justificándo su no asistencia, por al parecer no proporcionarles la empresa los medios para asistir a la reunión. El resto y a pesar de eso, hemos asistido.
Desde nuestro particular punto de vista, la actitud de la empresa es sin duda una prórroga de lo ya acontecido, manteniéndose en una clara posición de desgaste de la plantilla y de sus representantes. Algo que con la sección sindical de CGT no van a conseguir. De nada servirán las constantes zancadillas, ni las puestas en escena de los teatrillos de algunos gerentes en las jornadas de desarrollo en las que se anima a olvidar el pasado, porque la realidad del día a día es que mediante la negociación reglada no se soluciona nada, obteniéndose resultados sólo a través de las distintas denuncias.
Lo último para reseñar es que en la base de Madrid se han grafiado dos circulaciones de dos fechas que no tienen, según convenio, las 8 hrs de descanso reglamentario, entendiendo la empresa que “no se trata de tiempo de descanso, sino de espera y como tal, y en aplicación de lo establecido en el art. 59 será computado como tiempo de presencia. Esta medida, que persigue mejorar la conciliación de la vida laboral y familiar,…contará en un principio con dependencias habilitadas para el descanso en los hoteles con los que Ferrovial tiene relación mercantil”.
Desde CGT cada día estamos más convencidos, que hicimos lo más correcto no firmando un convenio a la baja con una empresa que no se merece a sus trabajadores ni cumple con lo acordado. Por lo que seguiremos manteniendo nuestra línea en la defensa de los intereses de la plantilla y no permitiendo que nos arrebaten derechos ni nos amedrenten por defender lo que consideramos justo.
CGT TRABAJA PARA TI, UNETE A NOSOTROS
¡JUNTOS SEREMOS MÁS FUERTES!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |