Comunicados
 
IRYO
101
04/12/2024
IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE!
 
La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
 
  COMUNICADO   Anexo   Anexo 2         
 
 
 
 
IRYO
02/12/2024
100
CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO
 
 
ADIF
29/11/2024
99
LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS
 
ADIF
28/11/2024
98
EL DINERO EN ADIF, ESE GRAN TRAMPANTOJO
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
EL JUICIO SOBRE LOS DESCANSOS DETRAÍBLES Y EL AMIGO FIEL
49
2018-04-26

COMUNICADO             
  
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Ayer 25 de abril se celebró el juicio en la Audiencia Nacional por la demanda que interpuso CGT sobre el preaviso necesario para los descansos detraíbles. El Estatuto de los Trabajadores (ET) regula en su artículo 34.2 lo que se denomina “distribución irregular de la jornada”. Esto es, que la empresa se reserve un cierto número de jornadas para repartir a conveniencia y de manera discrecional a lo largo del año; el mismo caso que se da en los cuadros de servicio de viajeros con los descansos detraíbles. Pues bien, el ET, norma básica que ningún convenio puede empeorar, establece un preaviso mínimo de cinco días para este tipo de jornadas.

Es claro, que nuestra normativa no se ajusta a lo que establece el ET por lo que desde CGT pensamos que el preaviso de 48 horas estipulado actualmente no se ceñía a la legalidad y tenía que ser modificado y actualizado. Convencidos también, que cualquier organización sindical que diga defender a l@s trabajador@s debería situarse de su lado, cuando se trata de defender sus derechos. Más aún, cuando tenemos la ley de nuestro lado, aunque esta certidumbre se desvanece con la celebración del juicio.

En cuanto al anterior posicionamiento, UGT no se ha presentado, quizás para no quedar retratados y Semaf, ni corto ni perezoso, se ha posicionado a favor de la empresa como en tantas otras ocasiones. Actitud ésta que choca frontalmente con los principios universales de defensa del interés de l@s trabajador@ y que ellos sabrán los porqués de esta "traición". Es igual que esté en juego la precariedad más cruda, como en el juicio de la creación de los becarios o en esta nueva cuestión que incide muy a favor de la conciliación de la vida social y familiar, Semaf siempre ha hecho piña con la empresa poniéndose al lado de ésta. Saben perfectamente que no se debe morder la mano que te da de comer.

Los argumentos de la empresa para oponerse a la demanda han sido: que los descansos detraíbles no suponen una distribución irregular de la jornada, pues en los desarrollos anuales vienen marcados los descansos que te pueden quitar y que los maquinistas siempre podrán pedir un día de convenio cuando te llamen para quitarte un detraíble. Del primer argumento, la empresa puede decir misa, el Estatuto lo dice bien claro y para este tipo de cuestiones, el preaviso necesario son cinco días. De los días de convenio: que vayan a dependencias como Barcelona-Sants a pedir un Lz con 48 horas de antelación, lo mismo no se ríen los de hojas, pues normalmente hay que solicitarlos con tres meses de antelación para que te los otorguen. El abogado del Semaf le ha echado otro capote, diciendo que los trabajadores a los que no quitan los cuatro detraíbles anuales estarán descansando más de la cuenta. Un argumentario apropiado para la empresa pero que lo exhiba un sindicato… en fin.

El punto positivo del juicio de hoy es la adhesión a la demanda de CCOO y el dictamen favorable del fiscal, es de agradecer que se sumen en la defensa de derechos de los trabajadores. Ahora solo queda, que la sala de la Audiencia Nacional se sume también a nuestro criterio y dicte una sentencia favorable. Pensamos que el cambio de 48 horas a cinco días de preaviso será mucho mejor para planificar nuestra vida social y familiar.

CGT demuestra con sus acciones que la única motivación que tenemos es la defensa de los trabajadores. No le debemos nada a nadie ni tampoco tenemos ambición de nada. Otros, sin embargo, se comportan más bien como la sucursal de la empresa que está a pie de calle. Por esto mismo animamos a los trabajadores a que defiendan sus derechos con nosotros, cuando el camino es largo es mal compañero aquél que te deja tirado.

¡EN CGT, TAMBIÉN, APOSTAMOS POR TI!


Comunicado                   
  











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