Comunicados
IRYO | 101 04/12/2024
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IRYO, CCOO, UGT Y SEMAF, CONDENADOS POR LA AUDIENCIA NACIONAL. ¡EL PLAN DE IGUALDAD NO ES SU JUGUETE! La Audiencia Nacional ha condenado a Iryo por vulnerar la libertad sindical del SFF-CGT y de su afiliación. Lo vergonzoso es que ha condenado por las mismas conductas a los sindicatos CCOO, UGT y SEMAF.
NO SE MERCADEA CON LOS PLANES DE IGUALDAD
Los sindicatos mayoritarios utilizan sus conexiones con el poder para lograr acuerdos que mantengan su posición privilegiada. Es el caso de los planes de igualdad, que utilizan como mero instrumento para mantener su estatus, aunque tengan que pisotear para ello a las mujeres trabajadoras.
Convertidos en exclusivos clubes de campo, CCOO, autoerigido en portero, se ha arrogado un inexistente derecho de admisión para excluir al SFF-CGT en la negociación del plan de igualdad de Iryo.
Pero el SFF-CGT somos un sindicato grande, por nuestra afiliación, por las luchas que iniciamos y por las victorias que conseguimos, y hemos vuelto a tumbar a quienes maniobran para perjudicar los derechos de las plantillas. No vamos a dejar un tema tan fundamental como es la igualdad en las empresas en manos de quienes mercadean con este derecho, sindicatos mayoritarios incluidos.
CRONOLOGÍA DE UNA MANIOBRA “TORTICERA”
“Torticera”, en palabras de la propia Audiencia Nacional (AN), es esta sucesión de hechos:
• 27 de noviembre de 2023: a instancias de CCOO, constitución entre Iryo, UGT, SEMAF y CCOO de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad, de la que se excluye al SFF-CGT.
• 29 de noviembre de 2023: elecciones en el centro de trabajo de Barcelona. El SFF-CGT consigue el 100% de la representación.
• 4 de septiembre de 2024: siguiente reunión de la Comisión Negociadora del Plan de igualdad.
Es evidente que la mesa negociadora fue constituida in extremis, dos días antes de las elecciones, para excluir al SFF-CGT, paralizando después sus trabajos durante casi un año. La AN ha apreciado claramente la mala fe de dicha actuación.
EN LOS CONVENIOS Y PLANES DE IGUALDAD, EL SFF-CGT SÍ CONSIGUE DERECHOS
Los motivos de esta maniobra parecen evidentes: CCOO se resiste a aceptar que no es el sindicato mayoritario en Iryo. Lo que no entendemos es que no utilice la negociación del Plan de Igualdad para mejorar las condiciones de trabajo de nuestras compañeras. Al igual que Alferro, que en lugar de defender su presencia en el Plan de Igualdad “está a por uvas”. Quizá su única manera de sentirse fuertes en Iryo es acercándose a la empresa, en vez de a la plantilla.
De la misma forma remolonean en la negociación del Convenio Colectivo, infundiendo miedo en lugar de luchar por la equiparación de las condiciones de un colectivo feminizado, las asistentes, al de otros colectivos menos precarizados.
Para el SFF-CGT, todos los ámbitos de negociación (un convenio o un plan de igualdad) son igual de importantes para luchar por nuestros derechos.
Por eso, por las dietas para las asistentes y por la compensación de la nocturnidad el SFF-CGT hemos convocado (pese a quien pese) huelgas en Iryo los días 23, 24, 25, 30 y 31 de diciembre y 1 de enero.
La plantilla de Iryo y el SFF-CGT no toleraremos ni una vulneración más de nuestros derechos fundamentales a la libertad sindical y a la huelga.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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IRYO 02/12/2024 | 100 CONVOCADAS HUELGAS EN IRYO | ADIF 29/11/2024 | 99 LA NORMA DE MOVILIDAD ESE JEROGLÍFICO TRITURADOR DE VIDAS |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL JUICIO SOBRE LOS DESCANSOS DETRAÍBLES Y EL AMIGO FIEL | 49 2018-04-26 |
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| Leido: 40 veces | Ayer 25 de abril se celebró el juicio en la Audiencia Nacional por la demanda que interpuso CGT sobre el preaviso necesario para los descansos detraíbles. El Estatuto de los Trabajadores (ET) regula en su artículo 34.2 lo que se denomina “distribución irregular de la jornada”. Esto es, que la empresa se reserve un cierto número de jornadas para repartir a conveniencia y de manera discrecional a lo largo del año; el mismo caso que se da en los cuadros de servicio de viajeros con los descansos detraíbles. Pues bien, el ET, norma básica que ningún convenio puede empeorar, establece un preaviso mínimo de cinco días para este tipo de jornadas.
Es claro, que nuestra normativa no se ajusta a lo que establece el ET por lo que desde CGT pensamos que el preaviso de 48 horas estipulado actualmente no se ceñía a la legalidad y tenía que ser modificado y actualizado. Convencidos también, que cualquier organización sindical que diga defender a l@s trabajador@s debería situarse de su lado, cuando se trata de defender sus derechos. Más aún, cuando tenemos la ley de nuestro lado, aunque esta certidumbre se desvanece con la celebración del juicio.
En cuanto al anterior posicionamiento, UGT no se ha presentado, quizás para no quedar retratados y Semaf, ni corto ni perezoso, se ha posicionado a favor de la empresa como en tantas otras ocasiones. Actitud ésta que choca frontalmente con los principios universales de defensa del interés de l@s trabajador@ y que ellos sabrán los porqués de esta "traición". Es igual que esté en juego la precariedad más cruda, como en el juicio de la creación de los becarios o en esta nueva cuestión que incide muy a favor de la conciliación de la vida social y familiar, Semaf siempre ha hecho piña con la empresa poniéndose al lado de ésta. Saben perfectamente que no se debe morder la mano que te da de comer.
Los argumentos de la empresa para oponerse a la demanda han sido: que los descansos detraíbles no suponen una distribución irregular de la jornada, pues en los desarrollos anuales vienen marcados los descansos que te pueden quitar y que los maquinistas siempre podrán pedir un día de convenio cuando te llamen para quitarte un detraíble. Del primer argumento, la empresa puede decir misa, el Estatuto lo dice bien claro y para este tipo de cuestiones, el preaviso necesario son cinco días. De los días de convenio: que vayan a dependencias como Barcelona-Sants a pedir un Lz con 48 horas de antelación, lo mismo no se ríen los de hojas, pues normalmente hay que solicitarlos con tres meses de antelación para que te los otorguen. El abogado del Semaf le ha echado otro capote, diciendo que los trabajadores a los que no quitan los cuatro detraíbles anuales estarán descansando más de la cuenta. Un argumentario apropiado para la empresa pero que lo exhiba un sindicato… en fin.
El punto positivo del juicio de hoy es la adhesión a la demanda de CCOO y el dictamen favorable del fiscal, es de agradecer que se sumen en la defensa de derechos de los trabajadores. Ahora solo queda, que la sala de la Audiencia Nacional se sume también a nuestro criterio y dicte una sentencia favorable. Pensamos que el cambio de 48 horas a cinco días de preaviso será mucho mejor para planificar nuestra vida social y familiar.
CGT demuestra con sus acciones que la única motivación que tenemos es la defensa de los trabajadores. No le debemos nada a nadie ni tampoco tenemos ambición de nada. Otros, sin embargo, se comportan más bien como la sucursal de la empresa que está a pie de calle. Por esto mismo animamos a los trabajadores a que defiendan sus derechos con nosotros, cuando el camino es largo es mal compañero aquél que te deja tirado.
¡EN CGT, TAMBIÉN, APOSTAMOS POR TI!
Comunicado
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