Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
|
TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE JUBILACIóN PARCIAL Un derecho cada día más cercano | 47 2018-04-19 |
| COMUNICADO
 | Leido: 90 veces | En el día de hoy hemos mantenido la II reunión para abordar la negociación para la implantación de la jubilación parcial en Renfe. En la misma, hemos hecho entrega de un escrito con consideraciones que desde CGT estimamos importantes y de carácter general en relación a la jubilación parcial. Entre ellas:
- Requisitos para acceder a la jubilación parcial anticipada, en cuanto a la edad y cotización, teniendo en cuenta que para acreditar la cotización necesaria, el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria computa hasta un máximo de un año y que para los trabajadores con un grado reconocido igual o superior al 33 % de discapacidad, en lugar, de 33 años cotizados se requieren 25 años.
- Reducción de jornada del 75 %, con contrato de relevo indefinido y a jornada completa.
- Acumulación de jornada dentro de cada año o al comienzo de la jubilación parcial.
También hemos trasladado a RENFE la problemática que se está dando en Adif con la jubilación parcial al 50%, que está ocasionando que no se consigan los objetivos deseados para todas las partes. Problemática que deseamos evitar en RENFE; pues pudiendo ser ésta atractiva para el trabajador jubilado, no lo es tanto para el trabajador relevista por cuestiones de índole económico, de desarraigo y calidad del empleo.
Aparte de estas cuestiones, CGT considera que la lectura de la reunión es positiva y podemos augurar que estamos en disposición, todas las partes, de culminar la negociación con un Plan de Jubilaciones Parciales que colme las aspiraciones de una plantilla excesivamente envejecida y con una larga carrera profesional, especialmente de aquellos trabajadores que no tienen penosidad.
A riesgo de reiterarnos, en CGT, somos conscientes de que para renovar la plantilla y hacer el necesario relevo generacional, la jubilación parcial no es la única herramienta, pero sí la mejor, y así lo venimos reivindicando desde hace muchos años.
En otro orden de cosas, la empresa ha entregado una primera aproximación del alcance en cuanto al número de trabajadores por colectivos con posibilidad de adherirse a la jubilación parcial anticipada. A falta del análisis de los aspectos expuestos en el escrito de consideraciones que hemos presentado ante el proceso de negociación en el que nos encontramos: periodo de cotizaciones, trabajadores con discapacidad, etc., finalmente nos hemos emplazado a realizar una puesta en común para establecer un modelo de sondeo de voluntades de adhesión de los/as trabajadores/as que cumplan los requisitos legales para adherirse a la jubilación parcial anticipada en la modalidad de reducción de jornada del 75% y la menos práctica del 50%, todo ello para la próxima reunión del 8 de mayo.
Desde CGT, en relación a la jubilación parcial anticipada, siempre hemos manifestado nuestro interés y voluntad de que el Grupo Renfe contemple la jubilación parcial al 75% con contrato de relevo y por ello, hemos hecho hincapié en que estamos en el momento propicio, por fin, ya que hasta el II Acuerdo de Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo contempla la inclusión de la jubilación parcial anticipada en los convenios de empresas públicas como la nuestra.
EN CGT, TAMBIÉN, APOSTAMOS POR TI
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |