Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
JUBILACIóN PARCIAL
Un derecho cada día más cercano
47
2018-04-19

COMUNICADO             
  
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En el día de hoy hemos mantenido la II reunión para abordar la negociación para la implantación de la jubilación parcial en Renfe. En la misma, hemos hecho entrega de un escrito con consideraciones que desde CGT estimamos importantes y de carácter general en relación a la jubilación parcial. Entre ellas:

- Requisitos para acceder a la jubilación parcial anticipada, en cuanto a la edad y cotización, teniendo en cuenta que para acreditar la cotización necesaria, el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria computa hasta un máximo de un año y que para los trabajadores con un grado reconocido igual o superior al 33 % de discapacidad, en lugar, de 33 años cotizados se requieren 25 años.

- Reducción de jornada del 75 %, con contrato de relevo indefinido y a jornada completa.

- Acumulación de jornada dentro de cada año o al comienzo de la jubilación parcial.

También hemos trasladado a RENFE la problemática que se está dando en Adif con la jubilación parcial al 50%, que está ocasionando que no se consigan los objetivos deseados para todas las partes. Problemática que deseamos evitar en RENFE; pues pudiendo ser ésta atractiva para el trabajador jubilado, no lo es tanto para el trabajador relevista por cuestiones de índole económico, de desarraigo y calidad del empleo.

Aparte de estas cuestiones, CGT considera que la lectura de la reunión es positiva y podemos augurar que estamos en disposición, todas las partes, de culminar la negociación con un Plan de Jubilaciones Parciales que colme las aspiraciones de una plantilla excesivamente envejecida y con una larga carrera profesional, especialmente de aquellos trabajadores que no tienen penosidad.

A riesgo de reiterarnos, en CGT, somos conscientes de que para renovar la plantilla y hacer el necesario relevo generacional, la jubilación parcial no es la única herramienta, pero sí la mejor, y así lo venimos reivindicando desde hace muchos años.

En otro orden de cosas, la empresa ha entregado una primera aproximación del alcance en cuanto al número de trabajadores por colectivos con posibilidad de adherirse a la jubilación parcial anticipada. A falta del análisis de los aspectos expuestos en el escrito de consideraciones que hemos presentado ante el proceso de negociación en el que nos encontramos: periodo de cotizaciones, trabajadores con discapacidad, etc., finalmente nos hemos emplazado a realizar una puesta en común para establecer un modelo de sondeo de voluntades de adhesión de los/as trabajadores/as que cumplan los requisitos legales para adherirse a la jubilación parcial anticipada en la modalidad de reducción de jornada del 75% y la menos práctica del 50%, todo ello para la próxima reunión del 8 de mayo.

Desde CGT, en relación a la jubilación parcial anticipada, siempre hemos manifestado nuestro interés y voluntad de que el Grupo Renfe contemple la jubilación parcial al 75% con contrato de relevo y por ello, hemos hecho hincapié en que estamos en el momento propicio, por fin, ya que hasta el II Acuerdo de Mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo contempla la inclusión de la jubilación parcial anticipada en los convenios de empresas públicas como la nuestra.


EN CGT, TAMBIÉN, APOSTAMOS POR TI


Comunicado                   
  











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