Comunicados
ADIF | 1 09/01/2026
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EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS EL CGE DE ADIF: CLIENTE PREMIUM DE CORREOS
¿Quién dijo que ya no se escribían cartas? El género epistolar triunfa en Adif. El Comité General de Empresa (CGE) se ha convertido en un gran escriba dedicado a redactar una cartita cada dos meses para presionar con fuerza a la empresa. La dirección ya siente su aliento en la nuca y se puede oler su pánico.
NO HAY PRISA, WAY
Nada menos que cerca de 700 firmas se han recogido en el colectivo de Mandos Intermedios, Cuadros y Estructura de Apoyo reclamando que el nuevo convenio recoja una serie de reivindicaciones históricas que llevan años lastrando a las personas que pertenecen a estas categorías.
Por esta razón, el SFF-CGT envió una carta solicitando una reunión urgente del CGE para tratar este tema, reunión que se celebró ayer. No era la primera vez que un colectivo reclamaba al CGE que defendiera sus derechos. Meses antes ya lo habían hecho l@s maquinistas. Que también recibieron una cartita de respuesta.
La mayoría del CGE (esa gran pinza, compuesta por CCOO, UGT y SCF) ha decidido que el malestar del colectivo de oficinas se alivia mandando un escrito a la empresa y esperando a que conteste. Vamos, exactamente lo mismo que se decidió en el anterior CGE: misiva al ministro y a esperar que el convenio nos caiga del cielo.
El SFF-CGT volvió a proponer comenzar de una vez las movilizaciones como comité general y plantear una comisión de conflictos para abordar posibles paros. También retomar una plataforma reivindicativa conjunta de todos los sindicatos que, con excusas poco claras, se quedó en el limbo a pesar de tener bastantes cuestiones ya avanzadas. Pero la pinza volvió a hacer de las suyas, votando en contra de todo. Y palmadita en la espalda al colectivo, como ocurrió con l@s maquinistas: tenéis toda la razón, pero no vamos a hacer nada.
MATRIX TE POSEE
Lo advertimos en la anterior reunión: la plantilla no aguanta más, la ordenación profesional es urgente y es necesario que el CGE, como voz de las personas trabajadoras, presione a la empresa para que cerremos de una vez un convenio que lleva dos años cocinándose a fuego más que lento.
Pero la realidad en la que se mueven la empresa y los “sindicatos de la pinza” es la de Matrix, exprimiendo la energía a la plantilla. Cada uno de los 450 días que han pasado desde que se empezó a negociar este III Convenio, cientos de personas trabajadoras de Adif se han levantado a las 5 a currar, han pasado la noche trabajando, han estado en el tajo 12 horas seguidas o han hecho funciones y asumido responsabilidades que no les correspondían. Y todo por el mismo precio. Pero ell@s se siguen mandando cartitas.
Seas o no afiliad@, conéctate a la videoasamblea abierta que realizaremos el lunes 12 a las 15h para saber más sobre la reunión del CGE y resolver tus dudas
https://us02web.zoom.us/j/6335197971?omn=82457630091
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 30/12/2025 | 109 LA RULETA RUSA DEL ADIF | ADIF 18/12/2025 | 108 PARA CARNAVAL, NI CONVENIO NI ORDENACIÓN PROFESIONAL |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR ADIF CONDENADA POR VULNERACIÓN DEL DERECHO DE HUELGA EN TARRAGONA EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DA LA RAZÓN A CGT Y CONDENA A ADIF A INDEMNIZAR A LOS TRABAJADORES | 45 2018-04-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 27 veces | Hemos recibido notificación de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de fecha 14 de marzo de 2018, resolviendo el recurso de suplicación que interpuso CGT a la sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Tarragona de fecha 26 de Junio de 2017, y que condena a ADIF por vulneración del derecho de huelga a los trabajadores de Tarragona Clasificación que fueron sustituidos durante las jornadas de huelga convocadas por CGT.
En su momento, la inspección de trabajo en respuesta a la denuncia presentada por CGT, ya había emitido resolución en la que se requería el cese de este comportamiento, que la empresa se pasó por “el arco de triunfo”, lo que motivo el levantamiento de un acta de infracción en fecha 19 de febrero de 2016 con propuesta de sanción grave por un importe de 6.250€ por realizar actos contrarios a los derechos de los trabajadores que fue ratificado por el Departament de Treball de forma definitiva el 6 de febrero de 2017, rechazando las alegaciones de la empresa, que curiosamente si le sirvieron en el juzgado de lo social.
Los hechos se remontan al mes de noviembre de 2015, cuando los trabajadores de Tarragona Clasificación, con la categoría de ayudantes ferroviarios se reúnen en asamblea para exigir una rotación en la realización de las funciones de conducción restringida y por tanto un reparto justo de la prima por la realización de las funciones de conducción restringida, limitada al cobro de unos cuantos “elegidos” en base al nefasto acuerdo de cuadros de servicio suscrito por empresa, UGT y CC.OO.
CGT entendía, y así lo defendimos en el comité provincial, que se debía rotar y repartir de forma equitativa la prima existente a todos los trabajadores, por lo que pusimos a disposición de los trabajadores afectados, afiliados y no afiliados, cobertura sindical y legal ante la negativa tajante de la empresa, y al bloqueo de UGT-CCOO a cualquier solución, ignorando y perjudicando incluso a sus propios afiliados.
CGT convocó, por decisión de la asamblea de trabajadores, varias jornadas de huelga, la empresa con total prepotencia y chulería no dudó en reventar, ordenando a otros trabajadores que no secundaban los paros la realización de las tareas de los que si realizaban los paros. Todo ello con la inestimable colaboración de los sindicatos mayoritarios, en las que asistimos a vergonzosas escenas de delegados de UGT sustituyendo a los propios compañeros que secundaban la huelga, constituyendo un episodio de la falta de escrúpulos de ciertos personajes amparados en organizaciones que no dudan en ponerse a favor de la empresa, situación a la que nos tienen lamentablemente acostumbrados.
La sentencia del TSJC afirma de forma rotunda en su fundamento de derecho tercero que ”… de lo anterior se colige que se ha producido la vulneración del derecho fundamental de huelga recogido en el art. 28.2 de la Constitución Española por cuanto las tareas que tenían encomendadas los actores, por constar previamente así en el cuadro de servicio a cargo de trabajadores que se adhirieron a la huelga, fueron encomendadas a otros trabajadores, que tenían previstas, según el cuadro de servicio, la realización de tareas distintas, en otras palabras, que a los trabajadores que no secundaron la huelga se le encomendaron las tareas de los trabajadores que si la secundaron, y ello a pesar del requerimiento efectuado por Inspección de Trabajo mediante informe de 11-12-2015, …
La Sentencia finaliza fallando “…la vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical y huelga de los actores y la nulidad radical de la conducta impugnada, así como el derecho a ser indemnizados cada uno de los actores en la cantidad de 3000 euros por los daños morales sufridos, condenando a la demandada a su abono.”
Los siete compañeros deben de ser indemnizados y ADIF queda de nuevo retratada como empresa que vulnera derechos fundamentales. La sentencia no es firme y permite recurso de casación, cosa que sin duda interpondrá ADIF, acostumbrada a abusar de los derechos de los trabajadores y llevar su postura a las últimas consecuencias, aunque confiamos que se ratificará la sentencia en el Tribunal Supremo.
Queda retratada ADIF y sus sindicatos-pandereta, a los que se les llena la boca de defensa de los trabajadores y se alinean con la empresa y en contra de los derechos fundamentales de los trabajadores. CGT luchará hasta el final para que se haga justicia.
POR EL RESPETO DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA
¡VEN A LUCHAR CON CGT!
Comunicado

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