Comunicados
ADIF | 87 05/11/2024
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EL CONVENIO DE LA TRANSPARENCIA EL CONVENIO DE LA TRANSPARENCIA
Quienes trabajamos en Adif estamos orgullos@s de ofrecer un servicio público. Pero una empresa pública debe gestionarse con una transparencia exquisita, y lamentablemente, en Adif esto no siempre es así.
PROCESOS OPACOS
Estamos tristemente acostumbrad@s a ser espectadores de procesos opacos y decisiones arbitrarias en múltiples ámbitos. Como en la movilidad, un proceso oscuro que nos impide conocer las plazas desde el principio del proceso. O las OEP, en las que la empresa cede a personas que han entrado con una plaza a otras residencias, saltándose los criterios de mérito e igualdad.
También vemos cómo cada vez con más frecuencia se crean perfiles con requisitos de experiencia o titulación teledirigidos.
El dinero público debe gestionarse de forma eficiente y eficaz. Las licitaciones, además de ser una privatización encubierta, se han demostrado incapaces de conservar los estándares de calidad que la ciudadanía necesita y es obvio que inflan el precio para que algunas empresas engorden sus beneficios a costa de empeorar las condiciones laborales del personal. Es decir, ni son eficaces ni eficientes, y por supuesto no gestionan el dinero con criterios de transparencia.
REORDENACIÓN PROFESIONAL Y TRANSPARENCIA
La reordenación profesional nos permitiría mejorar la transparencia en muchos procesos internos. Por ejemplo, eliminando las entrevistas como requisito para acceder a determinadas categorías. O haciendo que las brigadas, las cesiones, etc. sean siempre voluntarias, pero, además, rotativas entre todas las personas trabajadoras que lo soliciten. Su concesión debe ser transparente y siguiendo criterios objetivos. Y esto debe quedar regulado con la reclasificación profesional.
Cuando alguna persona trabajadora solicita trabajar a distancia, el único obstáculo que se debería encontrar es la naturaleza de su trabajo. Por ejemplo, es obvio que si trabajas regulando la circulación no puedes teletrabajar. Hay que acabar con la capacidad arbitraria de algunas jefaturas de negar o limitar el teletrabajo. La transparencia es incompatible con la gestión caciquil o basada en cortijos.
Nos jugamos mucho en este convenio. Es el momento de que Adif deje de parecer un cortijo y sea una empresa pública ejemplar.
COMUNICADO Anexo
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RENFE 31/10/2024 | 86 ADHESIÓN AL PROCESO DE MOVILIDAD DE MANDOS INTERMEDIOS DE CONDUCCIÓN | ADIF 31/10/2024 | 85 EL CONVENIO DE LA SUBIDA SALARIAL |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE NO A LA DESREGULACIÓN DISCRIMINATORIA | 7 2018-01-22 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 37 veces | En CGT siempre hemos reclamado que la edad mínima de jubilación, establecida para el Régimen General por el artículo 154 de la Ley General de la Seguridad Social, se rebajara para los trabajadores ferroviarios por diversas razones: trabajar a turnos, en fines de semana, con nocturnidad, con horarios atípicos, con pernoctaciones fuera de la residencia, trabajos a la intemperie, etc. Consideramos que la actividad ferroviaria pertenece en su conjunto a grupos y actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa o penosa y deberían aplicarse los coeficientes reductores por el periodo de tiempo efectivamente trabajado para la rebaja de la edad de jubilación.
Sin embargo, esto no lo hemos conseguido y nos hemos quedado solos defendiendo esta rebaja en la edad de jubilación. El resto de Sindicatos del CGE ha abandonado totalmente esta lucha y se dedica, en connivencia con la Empresa, a realizar las actuales “desvinculaciones” que aprovechando el enorme deseo de muchos ferroviarios de querer jubilarse se nos condiciona a aceptar unas medidas en las que la principal beneficiaria es la empresa RENFE y el Ministerio de Hacienda, en perjuicio del enorme esfuerzo realizado por los ferroviarios a lo largo de muchos años dedicados al ferrocarril.
Pero es que además existe en la legislación vigente y por tanto, de obligado cumplimiento, el Real Decreto 2621/1986, que establece entre otras categorías, para todos los Jefes de Maquinistas, independientemente de su tipo, un coeficiente reductor de 0,15 para la reducción de la edad máxima de jubilación.
Pues bien, la Empresa no cumple completamente con lo establecido en el RD y es más, junto con SEMAF estableció en la Normativa varios tipos de Jefes de Maquinistas (A, B) lo que han aprovechado de manera torticera para que a los Jefes de Maquinista tipo B no se les contemple lo regulado en el RD sobre el coeficiente reductor.
En CGT consideramos, que los Jefes de Maquinistas tipo B están sufriendo una situación discriminatoria respecto a la penosidad laboral establecida en la legislación y que debe regularse esta situación de manera inmediata que afecta a unos cientos de trabajadores que tienen esta categoría profesional. No entendemos por qué la Empresa y sus acólitos sindicales, excluyen a los Jefes de Maquinistas tipo B de estos coeficientes reductores. No hay en la normativa laboral y tampoco en la legislación vigente indicación alguna que justifique esta discriminación. Por ello, desde CGT exigimos que esta situación se revierta de inmediato y se apliquen a todos los jefes de maquinistas los coeficientes reductores correspondientes, tal y como está contemplado en el RD de referencia.
Desde CGT hemos dirigido un escrito a la Empresa en este sentido y también hemos solicitado una reunión urgente del Comité General de Empresa. Queremos acordar con el resto de sindicatos las acciones en conjunto que llevaremos a cabo para aplicar la penosidad a todos los Jefes de Maquinistas, tal y como está establecido. Una reivindicación justa en la que nos gustaría avanzar con todas las centrales sindicales.
A la espera de la respuesta de la dirección de la empresa y del CGE, hemos desarrollado el modelo a continuación para que cada agente pueda reclamar la aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación.
¡TUS DERECHOS ESTÁN EN JUEGO, LUCHA POR ELLOS CON CGT!
Comunicado Anexo 1
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