Comunicados
SECTOR | 83 23/10/2024
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FERROVIARI@S: GARANTES DE LA SEGURIDAD FERROVIARI@S: GARANTES DE LA SEGURIDAD
El accidente ocurrido el pasado sábado 19 de octubre en el túnel que une Chamartín y Atocha en ancho internacional ha dejado patente una vez más que l@s trabajador@s ferroviari@s son los últimos garantes de la seguridad de los trenes. Cuando todo falla asumimos una gran responsabilidad a título individual, garantizando que viajeros y mercancías lleguen a destino sin ver comprometida su integridad y en la mayoría de ocasiones, sin notar afectación alguna.
TRABAJAR CON SEGURIDAD
Las investigaciones sobre el accidente que están llevando a cabo Renfe, Adif y la Comisión de Investigaciones de Accidentes Ferroviarios determinarán los factores causales y contribuyentes y esclarecerán lo sucedido, evitando en todo caso la búsqueda de culpables o la asignación de responsabilidades.
Las responsabilidades que asumimos a diario, con centenares de vidas y toneladas bajo nuestro cargo, merecen que sean correspondidas con condiciones laborales acordes que redunden en un aumento de la seguridad, como son tiempos de descanso adecuados, formación continuada, medios técnicos fiables y acordes a las necesidades o incremento de las plantillas para que estén suficientemente dimensionadas a las cargas de trabajo.
TRABAJAR CON TRANQUILIDAD
Resulta primordial que todas las empresas del sector ferroviario comiencen a andar o continúen haciéndolo en la senda de la Cultura Justa, que permita a l@s ferroviari@s denunciar en un ambiente de confianza y exento de represalias todas aquellas desviaciones e incidencias que veamos en nuestro trabajo. Para ello resultará necesario adaptar las normativas laborales. Sólo de esta manera se podrá garantizar un aumento en la seguridad del transporte ferroviario.
L@s ferroviari@s somos conscientes de la importancia de nuestro trabajo y queremos prestar el mejor servicio público a la sociedad, y entendemos que es necesario rendir cuentas. Sin embargo, en la actualidad trabajamos bajo una gran presión mediática que puede resultar contraproducente a la hora de tomar las mejores decisiones en el menor tiempo posible. Dicha presión mediática que no es la misma según quién gobierne en el medio de transporte afectado por una incidencia.
Por último, desde el SFF-CGT queremos mostrar todo nuestro apoyo y cariño a l@s compañer@s de los distintos colectivos de empresas públicas y privadas que se vieron involucrad@s en el accidente, así como a tod@s aquell@s que continuaron asegurando la prestación del servicio público en las horas y días siguientes en tan difíciles condiciones.
COMUNICADO Anexo
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ADIF 22/10/2024 | 82 POR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL EN CIRCULACIÓN Y SERVICIOS LOGÍSTICOS | ADIF 22/10/2024 | 81 POR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL EN OFICINAS |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE NO A LA DESREGULACIÓN DISCRIMINATORIA | 7 2018-01-22 |
| COMUNICADO Anexo 1
| Leido: 37 veces | En CGT siempre hemos reclamado que la edad mínima de jubilación, establecida para el Régimen General por el artículo 154 de la Ley General de la Seguridad Social, se rebajara para los trabajadores ferroviarios por diversas razones: trabajar a turnos, en fines de semana, con nocturnidad, con horarios atípicos, con pernoctaciones fuera de la residencia, trabajos a la intemperie, etc. Consideramos que la actividad ferroviaria pertenece en su conjunto a grupos y actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa o penosa y deberían aplicarse los coeficientes reductores por el periodo de tiempo efectivamente trabajado para la rebaja de la edad de jubilación.
Sin embargo, esto no lo hemos conseguido y nos hemos quedado solos defendiendo esta rebaja en la edad de jubilación. El resto de Sindicatos del CGE ha abandonado totalmente esta lucha y se dedica, en connivencia con la Empresa, a realizar las actuales “desvinculaciones” que aprovechando el enorme deseo de muchos ferroviarios de querer jubilarse se nos condiciona a aceptar unas medidas en las que la principal beneficiaria es la empresa RENFE y el Ministerio de Hacienda, en perjuicio del enorme esfuerzo realizado por los ferroviarios a lo largo de muchos años dedicados al ferrocarril.
Pero es que además existe en la legislación vigente y por tanto, de obligado cumplimiento, el Real Decreto 2621/1986, que establece entre otras categorías, para todos los Jefes de Maquinistas, independientemente de su tipo, un coeficiente reductor de 0,15 para la reducción de la edad máxima de jubilación.
Pues bien, la Empresa no cumple completamente con lo establecido en el RD y es más, junto con SEMAF estableció en la Normativa varios tipos de Jefes de Maquinistas (A, B) lo que han aprovechado de manera torticera para que a los Jefes de Maquinista tipo B no se les contemple lo regulado en el RD sobre el coeficiente reductor.
En CGT consideramos, que los Jefes de Maquinistas tipo B están sufriendo una situación discriminatoria respecto a la penosidad laboral establecida en la legislación y que debe regularse esta situación de manera inmediata que afecta a unos cientos de trabajadores que tienen esta categoría profesional. No entendemos por qué la Empresa y sus acólitos sindicales, excluyen a los Jefes de Maquinistas tipo B de estos coeficientes reductores. No hay en la normativa laboral y tampoco en la legislación vigente indicación alguna que justifique esta discriminación. Por ello, desde CGT exigimos que esta situación se revierta de inmediato y se apliquen a todos los jefes de maquinistas los coeficientes reductores correspondientes, tal y como está contemplado en el RD de referencia.
Desde CGT hemos dirigido un escrito a la Empresa en este sentido y también hemos solicitado una reunión urgente del Comité General de Empresa. Queremos acordar con el resto de sindicatos las acciones en conjunto que llevaremos a cabo para aplicar la penosidad a todos los Jefes de Maquinistas, tal y como está establecido. Una reivindicación justa en la que nos gustaría avanzar con todas las centrales sindicales.
A la espera de la respuesta de la dirección de la empresa y del CGE, hemos desarrollado el modelo a continuación para que cada agente pueda reclamar la aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación.
¡TUS DERECHOS ESTÁN EN JUEGO, LUCHA POR ELLOS CON CGT!
Comunicado Anexo 1
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