Comunicados
RENFE | 15 06/02/2025
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COMPOSICIÓN MESAS IV CONVENIO COLECTIVO Como ya sabéis, el pasado 14 de enero se celebró la segunda reunión de la Comisión Negociadora del IV Convenio Colectivo de Renfe-Operadora en donde se nos facilitó una propuesta de composición de Mesas Técnicas así como unas normas generales de funcionamiento al mismo tiempo que, todas las organizaciones sindicales les hacíamos llegar las nuestras.
Con el objetivo de llegar a un acuerdo, la empresa nos insta a que, como Comité General de Empresa, les hagamos llegar antes del 31 de enero, una propuesta conjunta, por ello, el pasado 29 de enero nos reunimos a nivel CGE en donde se propuso la constitución de 4 mesas técnicas de desarrollo Mesa Técnica General, Mesa Técnica de Personal, Mesa de Compilación de Normativa y Mesa Económica, así como algunas modificaciones en las normas de funcionamiento.
Por parte del SFF-CGT ya habíamos manifestado que, más allá de la nomenclatura de las mesas, nos importaba más que todos los temas se tratasen en profundidad y con la seriedad e importancia que se merecen, por lo que la propuesta conjunta facilitada nos parecía correcta siempre y cuando esta condición se cumpla.
Ayer 5 de febrero, se celebró la 3ª Comisión Negociadora en donde, tras la exposición del Grupo Renfe y de todas las organizaciones sindicales se llega al acuerdo para su conformación con las propuestas que hemos hecho llegar como CGE.
Así mismo, se confirma el calendario de las próximas reuniones fijadas de la siguiente manera:
MESAS TÉCNICAS CONSTITUCIÓN PRÓXIMA REUNIÓN
Mesa de Personal 19/02 de 12:00 a 13:00 06/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Técnica General 19/02 de 13:00 a 14:00 13/03 de 11:00 a 13:00
Mesa de compilación Normativa 20/02 de 10:00 a 11:00 20/03 de 11:00 a 13:00
Mesa Económica 20/02 de 12:00 a 13:00 27/03 de 11:00 a 13:00
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 05/02/2025 | 14 MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL: SE AGOTÓ NUESTRA PACIENCIA | RENFE 03/02/2025 | 13 JUBILACIÓN PARCIAL. HOY NO, MAÑANA. |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE NO A LA DESREGULACIÓN DISCRIMINATORIA | 7 2018-01-22 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 37 veces | En CGT siempre hemos reclamado que la edad mínima de jubilación, establecida para el Régimen General por el artículo 154 de la Ley General de la Seguridad Social, se rebajara para los trabajadores ferroviarios por diversas razones: trabajar a turnos, en fines de semana, con nocturnidad, con horarios atípicos, con pernoctaciones fuera de la residencia, trabajos a la intemperie, etc. Consideramos que la actividad ferroviaria pertenece en su conjunto a grupos y actividades profesionales de naturaleza especialmente peligrosa o penosa y deberían aplicarse los coeficientes reductores por el periodo de tiempo efectivamente trabajado para la rebaja de la edad de jubilación.
Sin embargo, esto no lo hemos conseguido y nos hemos quedado solos defendiendo esta rebaja en la edad de jubilación. El resto de Sindicatos del CGE ha abandonado totalmente esta lucha y se dedica, en connivencia con la Empresa, a realizar las actuales “desvinculaciones” que aprovechando el enorme deseo de muchos ferroviarios de querer jubilarse se nos condiciona a aceptar unas medidas en las que la principal beneficiaria es la empresa RENFE y el Ministerio de Hacienda, en perjuicio del enorme esfuerzo realizado por los ferroviarios a lo largo de muchos años dedicados al ferrocarril.
Pero es que además existe en la legislación vigente y por tanto, de obligado cumplimiento, el Real Decreto 2621/1986, que establece entre otras categorías, para todos los Jefes de Maquinistas, independientemente de su tipo, un coeficiente reductor de 0,15 para la reducción de la edad máxima de jubilación.
Pues bien, la Empresa no cumple completamente con lo establecido en el RD y es más, junto con SEMAF estableció en la Normativa varios tipos de Jefes de Maquinistas (A, B) lo que han aprovechado de manera torticera para que a los Jefes de Maquinista tipo B no se les contemple lo regulado en el RD sobre el coeficiente reductor.
En CGT consideramos, que los Jefes de Maquinistas tipo B están sufriendo una situación discriminatoria respecto a la penosidad laboral establecida en la legislación y que debe regularse esta situación de manera inmediata que afecta a unos cientos de trabajadores que tienen esta categoría profesional. No entendemos por qué la Empresa y sus acólitos sindicales, excluyen a los Jefes de Maquinistas tipo B de estos coeficientes reductores. No hay en la normativa laboral y tampoco en la legislación vigente indicación alguna que justifique esta discriminación. Por ello, desde CGT exigimos que esta situación se revierta de inmediato y se apliquen a todos los jefes de maquinistas los coeficientes reductores correspondientes, tal y como está contemplado en el RD de referencia.
Desde CGT hemos dirigido un escrito a la Empresa en este sentido y también hemos solicitado una reunión urgente del Comité General de Empresa. Queremos acordar con el resto de sindicatos las acciones en conjunto que llevaremos a cabo para aplicar la penosidad a todos los Jefes de Maquinistas, tal y como está establecido. Una reivindicación justa en la que nos gustaría avanzar con todas las centrales sindicales.
A la espera de la respuesta de la dirección de la empresa y del CGE, hemos desarrollado el modelo a continuación para que cada agente pueda reclamar la aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación.
¡TUS DERECHOS ESTÁN EN JUEGO, LUCHA POR ELLOS CON CGT!
Comunicado Anexo 1

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