Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL CONDICIONES DE TRABAJO EN FERROVIAL S.A.B. | 140 2017-12-21 |
| COMUNICADO
 | Leido: 20 veces | Ante la demanda interpuesta por CGT respecto a la falta de claridad y transparencia en los justificantes de nómina para los trabajadores, se ha celebrado una reunión del comité intercentros para intentar llegar a un acuerdo. CGT pide que figuren las cantidades en las columnas de precios y porcentajes y el concepto base IT,de forma a simple vista el trabajador/a pueda saber en casos de suspensiones lo abonado sin tener que recurrir a complejos cálculos matemáticos, así como en caso de regularizaciones, a que corresponden los descuentos.
El resultado tras dos reuniones, son propuestas (en algunos casos ya existen en su mayoría) que si bien son inicialmente son positivas o complementarias en algún caso, siguen solucionar el problema de fondo; CGT nos hemos quedado solos defendiendo estos argumentos, dado que al resto de sindicatos le han parecido suficiente las medidas propuestas, parece que son muy expertos en nóminas y no necesitan clarificar nada. Así que ha sido imposible llegar a un acuerdo y por tanto seguiremos adelante con la demanda. Igualmente continuamos con el conflicto colectivo por los descuentos abusivos en las jornadas de huelga, tras el SIMA celebrado el pasado día 11 de diciembre tampoco ha habido ningún acuerdo.
La Dirección G. de Trabajo aun no ha autorizado el registro del Convenio Colectivo, se han realizado diferentes cambios en el texto inicial, Algunas de estas cuestiones entendemos han sido para “castigar” a CGT por no ser firmante del Convenio, por tanto no hemos estado de acuerdo y tomaremos las medidas legales en aquellas que entendamos vulneran nuestros derechos a la libertad sindical.
Especial importancia tiene el redactado del artículo 9, en relación con la subrogación de los trabajadores, ha supuesto un cambio de la redacción por los firmantes, ante la oposición de la autoridad laboral. CGT hemos mantenido que el texto inicial es totalmente legal, más positivo protegiendo los puestos de trabajo en caso de cambio de empresa.
Respecto a las comisiones de gráficos que se están llevando a cabo y que se han empezado a reunir hace una escasa semana, un poco tarde puesto que la firma del Convenio fue hace hace 3 meses del convenio. De momento no sabemos qué es lo que se está cociendo, ya que por no se nos permite estar por parte del resto de secciones sindicales pese a nuestra petición. Esperamos en pocos meses tener noticias sobre el fallo del T.S. del 1% de incremento salarial, cuyo informe del ministerio fiscal rechaza el recurso presentado por la empresa, y a la espera por parte del mismo sobre el pronunciamiento del recurso sobre el ERTE (que la Audiencia Nacional dio por no formalizado).
En Barcelona, CGT ha interpuesto una demanda, con el fin de que se lleve a cabo la correspondiente convocatoria de plazas para la consolidación de jefes de tripulación, para que dicho proceso se lleve con todas las garantías para que todos los que quieran opten al mismo.
Desde CGT seguiremos llevando a cabo todas aquellas acciones de denuncia que consideremos con el fin de que se respeten los derechos de la plantilla, así como dando traslado de las actas y la información con total transparencia para que los trabajadores/as sepan lo que ocurre en las diferentes reuniones.
¡AFÍLIATE A CGT, CONTIGO SOMOS MÁS FUERTES!
Comunicado

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