Comunicados
ADIF | 78 22/10/2024
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NUEVA PLANTILLA, NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL NUEVA PLANTILLA, NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL
Una línea que en lugar de 10 tránsitos diarios soporta 70. Una estación que en vez de 1 000 viajer@s al día recibe 6 000. Una plantilla nueva que sin apenas experiencia tiene que zamparse la liberalización del sector.
Esa es la nueva realidad de nuestro día a día en el trabajo. Y esta nueva realidad requiere abordar por fin una reordenación profesional que regule nuestra relación laboral con Adif.
UN NUEVO MODELO UNILATERAL
Adif lleva años implantando unilateralmente nuevos modelos productivos aprovechando la renovación de la plantilla. Abusando de la buena fe y de la ilusión de las personas que acaban de incorporarse, poco a poco va cambiando nuestra forma de trabajar, deteriorando nuestras condiciones laborales.
Hemos ido viendo cómo en Infraestructura se imponían turnos por el cierre de bases o ámbitos, o se realizaban más horas extras por el aumento de los ámbitos de intervención.
En Circulación, mucho personal de reciente ingreso entra directamente a puestos de mando o a SIC, asumiendo una responsabilidad que no le corresponde.
En Estaciones de Viajer@s, l@s factores se han convertido en reguladores de enormes flujos de personas, que se agolpan en estaciones que no están dimensionadas. Y en Oficinas, no paramos de ver cómo personal operativo asume funciones de técnic@s, y en algunos casos, realizan el mismo trabajo, pero con diferentes emolumentos.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE LA REORDENACIÓN?
Para dotarnos de mecanismos de defensa ante los abusos de la empresa. Para que nuestras funciones estén bien reguladas y no nos impongan peores condiciones laborales. Y para compensar económicamente los incrementos de cargas de trabajo. Nuestro trabajo ahora vale más, pero cobramos lo mismo.
A lo mejor hemos interiorizado que cobrar alrededor de 1€ por la hora nocturna es algo adaptado a los tiempos. Que no percibir una compensación que palíe los daños que la turnicidad hace a la salud y la conciliación es normal. Que no poder elegir ni siquiera 15 días de nuestras vacaciones es avanzado respecto a la empresa privada.
Todo eso es la ordenación profesional. Por eso, no podemos permitir que se firme un nuevo convenio que no aborde por fin su negociación y actualización.
COMUNICADO Anexo
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RENFE 17/10/2024 | 77 EL CGE DE RENFE SE REÚNE CON EL MINISTRO | ADIF 16/10/2024 | 76 EL III COVENIO ECHA A ANDAR |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO CUESTIONA LAS CONDICIONES DE LA SUBROGACION | 133 2017-12-04 |
| COMUNICADO
| Leido: 20 veces | LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO CUESTIONA LAS CONDICIONES DE LA SUBROGACION
El pasado día 30 se celebró una reunión de la Comisión Negociadora con un único punto del día: la discusión correspondiente al artículo 9 del convenio colectivo que describe las condiciones del cambio de titularidad y subrogación de personal. La Dirección General de Empleo no admitió al registro el convenio colectivo firmado por UGT, CC.OO y SF en sus artículos 9, 18, 33, 36, 48, 52.2, 60, 65, 85, 102, 103, 104 y Disposición Adicional primera. Instando a las partes, para que modificaran el mismo en los artículos enunciados. De todos los anteriores, el art. 9 y a pesar de las modificaciones propuestas por la empresa y firmantes, queda aún en suspenso para la aprobación definitiva por parte de la D.G.E.
CGT, a través de sus diferentes alegaciones y manifestaciones, que se adjuntaron al acta de las reuniones, manifestamos una clara postura al respecto y en la que nos descartamos tomar las medidas legales oportunas contra todas aquellas cuestiones que seguimos considerando, pudieran vulnerar la Ley. En lo que concierne a la subrogación, CGT se mantiene firme en la redacción del anterior convenio colectivo, porque entendemos es más garantista y protectora que la actual redacción. Defendiendo en nuestras alegaciones, que el actual texto no es novedoso. Aportamos también, numerosas jurisprudencias en la que se recogen específicamente la subrogación de las relaciones laborales por la nueva adjudicataria, elemento que no ha sido cuestionado ni por las anteriores prestatarias ni por la actual FERROVIAL S.A. De hecho, la propia empresa utiliza y asume nuestras argumentaciones para defender el artículo en cuestión.
No obstante, han redactado otro texto alternativo del articulo para en caso de que no sean tenidas en cuenta por parte de la D.G.E se acepte subsidiariamente otro redactado, eliminando una parte del actual que consideramos que es de suma importancia. Es por esta razón por la que CGT no lo subscribe, manteniendo que el actual garantiza y protege los derechos de la plantilla en el caso de una posible subrogación.
En esa misma reunión, uno de los responsables del departamento de RR.HH de FERROVIAL, ha mantenido un discurso interesado y claramente sectario, invocando como culpables de lo que sucede a CGT, olvidando y obviando que CGT no es firmante del Convenio y que nuestra labor es defender los intereses de los trabajadores, aunque eso suponga que nuestra presencia no le sea grata.
SIGUE SIENDO LA VOLUNTAD DE LOS TRABAJADORES
¡AFÍLIATE!
Comunicado
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