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ADIF
43
07/05/2024
LAS AMISTADES PELIGROSAS
 
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Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


FERROVIAL
LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO CUESTIONA LAS CONDICIONES DE LA SUBROGACION
133
2017-12-04

COMUNICADO             
  
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LA DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO CUESTIONA LAS CONDICIONES DE LA SUBROGACION



El pasado día 30 se celebró una reunión de la Comisión Negociadora con un único punto del día: la discusión correspondiente al artículo 9 del convenio colectivo que describe las condiciones del cambio de titularidad y subrogación de personal. La Dirección General de Empleo no admitió al registro el convenio colectivo firmado por UGT, CC.OO y SF en sus artículos 9, 18, 33, 36, 48, 52.2, 60, 65, 85, 102, 103, 104 y Disposición Adicional primera. Instando a las partes, para que modificaran el mismo en los artículos enunciados. De todos los anteriores, el art. 9 y a pesar de las modificaciones propuestas por la empresa y firmantes, queda aún en suspenso para la aprobación definitiva por parte de la D.G.E.



CGT, a través de sus diferentes alegaciones y manifestaciones, que se adjuntaron al acta de las reuniones, manifestamos una clara postura al respecto y en la que nos descartamos tomar las medidas legales oportunas contra todas aquellas cuestiones que seguimos considerando, pudieran vulnerar la Ley. En lo que concierne a la subrogación, CGT se mantiene firme en la redacción del anterior convenio colectivo, porque entendemos es más garantista y protectora que la actual redacción. Defendiendo en nuestras alegaciones, que el actual texto no es novedoso. Aportamos también, numerosas jurisprudencias en la que se recogen específicamente la subrogación de las relaciones laborales por la nueva adjudicataria, elemento que no ha sido cuestionado ni por las anteriores prestatarias ni por la actual FERROVIAL S.A. De hecho, la propia empresa utiliza y asume nuestras argumentaciones para defender el artículo en cuestión.



No obstante, han redactado otro texto alternativo del articulo para en caso de que no sean tenidas en cuenta por parte de la D.G.E se acepte subsidiariamente otro redactado, eliminando una parte del actual que consideramos que es de suma importancia. Es por esta razón por la que CGT no lo subscribe, manteniendo que el actual garantiza y protege los derechos de la plantilla en el caso de una posible subrogación.



En esa misma reunión, uno de los responsables del departamento de RR.HH de FERROVIAL, ha mantenido un discurso interesado y claramente sectario, invocando como culpables de lo que sucede a CGT, olvidando y obviando que CGT no es firmante del Convenio y que nuestra labor es defender los intereses de los trabajadores, aunque eso suponga que nuestra presencia no le sea grata.



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Comunicado                   
  











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