Comunicados
RENFE | 75 09/10/2024
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HEMOS PERDIDO DINERO CON ESTE CONVENIO. YA ES HORA DEL SIGUIENTE El actual III Convenio colectivo del Grupo Renfe que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2022 y cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2024 ha supuesto una sangría económica para la plantilla del grupo Renfe. El incremento remunerativo acordado por la Empresa y los sindicatos SEMAF, CCOO y UGT no solo no alcanzó los valores del IPC anuales sino que, lejos de estarlo, ha visto como la diferencia entre la subida salarial y el IPC se han ido incrementando a lo largo de estos años de convenio.
Ya en el año 2021 la pérdida salarial fue del 2,19%, y el año siguiente se alcanzó un detrimento de 4,9%, lo que supuso más de un 7% de pérdida acumulada de poder adquisitivo en el primer año de vigencia del convenio. Siendo conocedores del incremento de IPC estimado proporcionado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos opusimos, entre otros motivos, a la firma del III Convenio colectivo del Grupo Renfe. Pese al perjuicio que suponía al personal, se aprobó el III Convenio Colectivo entre la Empresa y las organizaciones sindicales mencionadas anteriormente.
A medida que la vigencia del actual convenio iba pasando, se iba agudizando la pérdida de poder adquisitivo. Si imaginamos un aciago 2025 sin subida salarial, la pérdida llegaría al 10,55%, incluyendo la estimación del INE para el 2025.
A continuación, se desglosa la pérdida porcentual de salario respecto al incremento del IPC, tanto anual como de manera acumulada durante los últimos años de convenio.
// TABLA 1 //
Esta diferencia porcentual se traduce en una pérdida de poder adquisitivo que ha afectado de manera significativa a todos los colectivos del Grupo Renfe. Tomando tan solo como referencia el sueldo base (clave 002), dejando de lado el resto de claves, la pérdida de poder adquisitivo sufrido por las personas trabajadoras en el período 2021-2025 será la siguiente:
// TABLA 2 //
El 31 de diciembre está a la vuelta de la esquina. Las organizaciones sindicales presentes en el Comité General de Empresa nos debemos poner las pilas y demandar que se inicien las negociaciones del nuevo convenio cuanto antes, para tratar de mitigar la pérdida de poder adquisitivo que arrastramos. 2025 no puede volver a ser un año en el que perdamos dinero.
Desde el SFF-CGT demandaremos que el nuevo convenio traiga aparejada una subida salarial que subsane la pérdida de poder adquisitivo sufrida por la plantilla con el III Convenio, y que se garantice que la subida salarial sea, como mínimo, acorde al incremento del IPC anual.
COMUNICADO
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IRYO 09/10/2024 | COMUNICADO CONJUNTO NI UN DÍA MÁS SIN UNA RESPUESTA POSITIVA | ADIF 09/10/2024 | 74 AVANZAMOS EN DERECHOS, A PESAR DE ADIF |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA EMPRESA NO CUMPLE LA LEY ASÍ LO RECONOCE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO | 130 2017-11-27 |
| COMUNICADO
| Leido: 49 veces | ADIF en una nueva vuelta de tuerca al Convenio y a los acuerdos, trata de externalizar más funciones, a pesar del compromiso de la internalización de cargas de trabajo. En este caso, tratan de arrebatarnos la función de Encargado de Trabajo.
ADIF incumple, a sabiendas, la Orden FOM 2872/2010, que en su artículo 13.5 dice: “La habilitación de Encargado de Trabajos se otorgará al personal del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias”. Y en su Disposición Transitoria Séptima, expone claramente que: “En los casos excepcionales, debidamente justificados, en los que no exista personal habilitado disponible de Adif, se podrá admitir que realicen tal función, agentes de otras empresas que se habiliten debidamente como encargados de trabajos por dicha entidad”.
De forma totalmente oscura han tratado de entregar a empresas privadas esta función sin atender a la normativa y sin existir justificación alguna: Externalizan, impunemente, pulsan al colectivo ferroviario para comprobar si se rebela contra estas acciones privatizadoras y si no encuentran ninguna oposición, ponen el negocio en manos de las empresas amigas de la Administración que pagan parte de las campañas electorales.
CGT, en defensa de nuestras cargas de trabajo, denunció ante la Inspección de Trabajo el incumplimiento de la Orden FOM 2872/2010, relacionada directamente con la Seguridad en la Circulación en las funciones de la Habilitación de Encargado de Trabajos.
Ante la preocupación de algunos trabajadores, se procedió a realizar las correspondientes visitas a los centros de trabajo, comprobando in situ como se está designando la responsabilidad de los Encargados de Trabajo en la Red Convencional al personal de Empresas Privadas.
De igual manera, recabamos información a través del área de Regulación en los P.M. y finalmente en la Dirección de Seguridad en la Circulación, constatando las irregularidades de estos hechos. Por lo que CGT, exigió la paralización de los trabajos ante el evidente incumplimiento de dicha Orden FOM. También procedimos al traslado del asunto, al Comité Provincial afectado, al de Seguridad y Salud, así como también a la Subcomisión de Seguridad en la Circulación del territorio.
A la vista de los hechos y por la inobservancia de la Ley por parte de ADIF, procedimos a la denuncia de los hechos ante la Inspección de trabajo.
La Inspección tras realizar las investigaciones oportunas da la razón a CGT en sus postulados, requiriendo a la empresa de forma clara, para que en el futuro, cumpla adecuadamente la orden FOM, particularmente en su Disposición Transitoria Séptima y genéricamente, en las demás medidas de Seguridad en la Circulación, así como en la Normativa vigente. A partir de ahora si no se acredita la excepcionalidad y la falta de personal de Adif para desarrollar las funciones de E.T., no se podrá designar a personal de empresas externa para dichas funciones.
Desde CGT esteremos vigilantes para que se cumpla toda la Normativa en vigor y no se menosprecien las cargas de trabajos del personal de infraestructura, animando a todos los trabajadores afectados que ante cualquier incumpliendo denuncien los hechos y/o se pongan en contacto con cualquiera de nuestros delegados en cada ámbito.
NO DEJES QUE TE ROBEN TUS FUNCIONES Y LUCHA JUNTO A LOS QUE LAS DEFIENDEN
¡AFÍLIATE A LA HONESTIDAD!
Comunicado
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