Comunicados
ADIF | 43 07/05/2024
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LAS AMISTADES PELIGROSAS LAS AMISTADES PELIGROSAS
Ante la propuesta presentada por la empresa al Comité General de Empresa de Adif de conformar una comisión negociadora multiempresarial para Adif y Adif AV, hoy el CGE se ha reunido para rechazar por mayoría dicha propuesta, con el voto en contra de CC OO y la abstención del SCF, aunque el sindicato de circulación anteriormente había expresado varias veces que veía con buenos ojos esta oferta.
INTERESES PARTICULARES VS INTERÉS GENERAL
Así que, una vez más, la dirección de la empresa y CC OO coincidían en los mismos postulados.
¿Pero por qué la empresa planteaba está fórmula?
Las cuentas estaban claras. En un convenio multiempresarial, CC OO y SCF sumaban una mayoría absoluta por tan solo 3 décimas. Y de paso se excluía de la negociación al SF (al tener menos del 10% de representación en ambas empresas). Es fácil deducir que con uno menos y solo teniendo que ponerse de acuerdo con dos, se llevan buenas cartas en la partida. Mientras, en una comisión negociadora solo de Adif, las mayorías cambian, y todas las fuerzas sindicales que conforman el Comité General de Empresa se pueden sentar a la mesa. Es decir, la plantilla, y no solo una parte de ella, tendrá voz en el convenio.
¿Por qué a CC OO le vale la propuesta de la empresa?
Las cuentas también las tenían claras. Es más fácil negociar a espaldas del CGE con la empresa en pro de intereses que poco tienen que ver con los de toda la plantilla. Son amistades más que peligrosas.
Desde el SFF-CGT vamos a defender siempre lo mejor para la mayoría. Y lo mejor para la plantilla de Adif es que todas las voces estén sentadas en la comisión negociadora que tiene que negociar el próximo convenio.
UN CONVENIO PARA TOD@S
La situación laboral en Adif ha cambiado mucho desde que se firmó el anterior convenio. La plantilla ha cambiado y tiene nuevas necesidades. El tráfico ferroviario tampoco es el que era, y las cargas de trabajo y la productividad se han disparado. Tenemos depositadas muchas esperanzas en conseguir un convenio valiente, que mejore las condiciones laborales de todos los colectivos. Y si todas las fuerzas sindicales remamos en la misma dirección tendremos más posibilidades de conseguirlo.
No estamos en contra de negociar un convenio multiempresarial para Adif y Adif AV, pero después de negociar el de Adif y sentar las bases de un convenio a la altura de las necesidades de la plantilla.
Y por supuesto estamos a favor de que ambas empresas vuelvan a ser solo una. Y así lo hemos manifestado, junto con el resto de fuerzas sindicales, en el CGE celebrado en el día de hoy, en el que se ha impuesto la voz de la mayoría de las personas trabajadoras de Adif.
SFF-CGT: SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
COMUNICADO Anexo
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ADIF 06/05/2024 | 42 ADIF: SUSPENSO EN CONCILIACIÓN | SECTOR 01/05/2024 | 41 VIVA EL 1 DE MAYO |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE DE NUEVO, LA HIPOCRESÍA | 122 2017-11-06 |
| COMUNICADO
| Leido: 88 veces | La hipocresía de los sindicatos firmantes del I Convenio Colectivo (C.C.) –SEMAF, C.C.OO, UGT, SF- daña gravemente, una vez más, los intereses de los trabajadores. Es complicado buscar justicia para los trabajadores, pero mucho más, cuando enfrente nos encontramos con la empresa y la suma del resto de sindicatos que mantienen un discurso de cara a la galería y paralelamente, obran de distinta manera.
Desde CGT, siempre hemos considerado que lo firmado por UGT-CCOO-SEMAF y SF conculcaba los derechos de todos los trabajadores que firmaron contratos de trabajo en RENFE en el año 2016 y antes de la aprobación del nefasto Convenio del Grupo Renfe, por lo que decidimos interponer el Conflicto Colectivo –opción tan válida como cualquier otra- como vía para resarcir los derechos de los trabajadores perjudicados por esa firma, e ir contra la denegación del derecho a cientos de trabajadores de un C.C. mucho más beneficioso, salarial y laboralmente que el nuevo Convenio. Resultando inaudito y por vez primera en esta empresa, la aplicación de un Convenio que no estaba en vigor.
El pasado día 2 de Noviembre, se nos notificó por parte de la Audiencia Nacional (AN) la desestimación de nuestro Conflicto Colectivo, en el que solicitábamos que se aplicara el anterior C.C. a las contrataciones originadas en 2016, a las que se aplicó el Plan de Empleo.
El único motivo por el que la AN cimentó su fallo, fue la no vigencia del II Convenio Colectivo de Renfe Operadora y que por ello, podía resultar de aplicación las cuestiones reguladas por el Plan de Empleo de fecha noviembre de 2015. Dándole validez absoluta a un simple acuerdo, en detrimento del C.C., vaciando de contenido la negociación colectiva.
CGT no comparte que la AN llegue a esta conclusión, cuando el propio C.C. siguió en vigor y no se discutió su vigencia ni sus efectos hasta la firma del I Convenio Colectivo del Grupo RENFE, el 20 de septiembre de 2016.
La sentencia de la AN recoge como hechos probados, entre otras cuestiones:
1. Que se estuvieron celebrando reuniones de las Comisiones derivadas del II Convenio de RENFE-OP, antes de la firma del nuevo Convenio. Esto que consta fehacientemente como hecho probado es totalmente contradictorio con el Fallo de la Sentencia.
2. Igualmente, se manifiesta que “CC.OO solicitó la desestimación de la demanda”, cuando en el acto del juicio fue todo lo contrario, CC.OO se sumó a la demanda interpuesta por CGT y fueron UGT y SEMAF quienes no comparecieron a pesar de estar convocados.
También en la Sentencia, de forma sorprendente, para argumentar el fallo de la misma, transcribe en dos ocasiones lo firmado por SEMAF, UGT y CCOO en la Comisión Paritaria del I Convenio del Grupo RENFE de fecha 22-11-2016:
“… INTERPRETAN: Que la voluntad de las partes fue garantizar que a todo el personal que tuviera una relación contractual laboral temporal en el Grupo Renfe, previa al 31 de diciembre y con posterioridad obtuvieran un contrato fijo, le será de aplicación los periodos de permanencia en los subgrupos profesionales, para acceder a los grupos o subgrupos profesionales superiores, vigentes con anterioridad a la firma del presente Convenio Colectivo, computándoles los periodos trabajados en el Grupo Renfe a dichos efectos.
Asimismo deberán tener la misma consideración las cinco sustituciones realizadas hasta el 1 de enero de 2016 por bajas y renuncias de los contratos temporales suscritos con anterioridad al 31 de diciembre de 2016.”
Dicha sentencia da una importancia fundamental a lo establecido en la Comisión Paritaria (en donde sólo están los firmantes del Convenio), resultando evidente que, si los firmantes quisieran podrían acordar en otra Comisión Paritaria el restablecimiento de los derechos conculcados a cientos de compañeros ferroviarios que firmaron sus contratos en 2016. Pero para eso, hay que querer y no parece ser el caso de unos Sindicatos que muestran claramente la no defensa de los intereses colectivos de los trabajadores.
Esperemos que, esos más de 300 compañeros ferroviarios que se hubieran beneficiado notablemente de una sentencia favorable, no olviden nunca que UGT, SEMAF CC.OO Y SF, no sólo han firmado un acuerdo que consideramos vulnera sus derechos, sino que se han negado a contemplar la aplicación del anterior Convenio, para las contrataciones producidas en el año 2016 mediante la Comisión Paritaria del mismo. Como puntillazo a los intereses de los trabajadores, UGT y SEMAF optaron por no acudir al juicio de forma totalmente consciente y deliberada, lo que demuestra que no desean defender que a esos cientos de trabajadores (entre los que tienen muchos afiliados) que fueron contratados en 2016, se les aplique el anterior Convenio como Norma más beneficiosa.
CGT seguirá en el camino de la defensa de los trabajadores y recurrirá la sentencia de la Audiencia Nacional ante el Tribunal Supremo.
¡CGT POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS!
Comunicado
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