Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF JUBILACIÓN PARCIAL 2017 CGT CONSULTARÁ A SUS AFILIADOS | 112 2017-10-03 |
| COMUNICADO
 | Leido: 97 veces | La jubilación parcial con contrato de relevo surgió como una herramienta de gestión de los RR.HH. para llevar a cabo el relevo generacional en las empresas, que consigue la salida de trabajadores con muchos años de vida laboral, sin derecho a ningún coeficiente reductor (Penosidad) y que les facilita la jubilación anticipada.
CGT siempre ha planteado la jubilación parcial con contrato de relevo como alternativa a los continuos ERE,s firmados por la empresa y resto de sindicatos, con el fin de rejuvenecer las plantillas y generar empleo FIJO y no TEMPORAL aplicando la reducción de la jornada en, al menos, un 75%.
Las consecutivas modificaciones legales de este procedimiento han ido endureciendo las exigencias de acceso a esta modalidad, de tal forma que llegará el momento en el que no tenga sentido su aplicación; por ello la urgencia de facilitar su adhesión al mayor número de trabajadores posible en cada año.
Durante este periodo negociador en el que además, hemos convocado huelgas, CGT ha defendido estas posiciones aportando propuestas para mejorarla en toda su extensión sin conseguir todas nuestras reivindicaciones ni el apoyo del resto de sindicatos. Cerrándose el acuerdo para el año 2017, con la aprobación de 400 plazas con una reducción del 50 %, que supone 400 empleos temporales y 153 empleos al 75% que son empleos Fijos. Algo insuficiente para CGT y que hemos manifestado en todas las reuniones.
CGT durante la negociación exigió: el 75% de la reducción de jornada en todos los casos; compromisos para que en sucesivas OEP a los contratados temporales se les valore la formación y la experiencia para acceder al contrato Fijo; compromisos (Ministerio/Empresa) a promover OEP adicionales, sin cupos, que faciliten el acceso a la jubilación parcial a todos los trabajadores que reúnan los exigencias legales.
En el acuerdo final reflejado en la Circular “PLAN DE JUBILACION PARCIAL 2017” no se han recogido todas nuestras reivindicaciones en los términos que las planteábamos. Por lo que seguiremos defendiéndolas junto a otras cuestiones, en las negociaciones que mantenemos abiertas para solucionar el conflicto que ha desencadenado la huelga que hemos convocado para el próximo día 11 de octubre.
En cualquier caso la ratificación de este acuerdo pasará por la obligada consulta a toda nuestra afiliación.
¡CGT EN DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado

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