Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CONVOCATORIAS DE MOVILIDAD A LA CARTA | 101 2017-08-03 |
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 | Leido: 51 veces | Con fecha 3 de agosto se han publicado diversas Convocatorias de movilidad geográfica y funcional del Colectivo de Comercial y Administración y Gestión, cuyo plazo de admisión de solicitudes finaliza el próximo Domingo 10 de Septiembre. Estas convocatorias se publican ante la imperiosa necesidad de cubrir las vacantes producidas por la salida de trabajador@s en la mayoría de las categorías en que se convocan, especialmente en el colectivo de Intervención, donde la falta de plantilla está haciendo que miles de trenes de M.D, LD y AVE. circulen al día sin personal de intervención, desaparezcan cada vez más puntos de control en las estaciones de Cercanías y los MMII tengan serios problemas en cubrir los gráficos de las residencias de Intervención.
- Traslado de Operador de Administración y Gestión N1 y N2
- Traslado de Operador Especializado de Admón. y Gestión
- Traslado y Ascenso de Supervisor Comercial de Trenes
- Traslado de Supervisor Comercial de Estaciones
- Traslado de Supervisor Comercial de Centros de Gestión
- Traslado para el personal de Intervención (Supervisores, OCN1 y OCEN1)
- Ascenso a Operador Comercial N1 (Interventor)
- Traslado de Operador Comercial Especializado N2 (antes Factor Encargado)
- Ascenso a Operador Comercial Especializado N2
- Traslado de Operador Comercial N2 (antes Factores)
Desde CGT realizamos las alegaciones pertinentes y aunque algunas fueron admitidas, se negaron a incluir una serie de peticiones que creemos fundamentales y que garantizan un proceso limpio y en igualdad de oportunidades, por lo que nos negamos a pactarlas con la empresa en la reunión del 31 de julio. Resumiendo a continuación los motivos que nos han llevado a esta posición:
- La participación del personal de Talleres en régimen subsidiario. Los firmantes niegan el derecho a la permeabilidad que decían, “estaba garantizado” en el acuerdo que alcanzaron en la creación de las Sociedades Anónimas y que ahora se demuestra que era “otra moto“ que nos vendieron para evitar la confrontación con su querida Dirección empresarial. Ya en las anteriores convocatorias de ascenso a Intervención, los que todo lo firman se negaron a dejar participar al personal de talleres como propuso CGT. Resultado: Quedaron vacantes de Intervención sin cubrir en las residencias y que volverán a ser ofertadas en estos procesos de movilidad.
- No se publican las vacantes existentes. Informar a los recién llegados al Grupo RENFE, que en el último Convenio Colectivo SEMAF, CCOO, UGT y SF le regalaron a la empresa que en las convocatorias de traslados y ascensos ya no es necesario publicar las vacantes ofertadas, lo que le está dando un gran juego a la Dirección para sacar plazas según le interesa y según quien sea el que asciende o traslada. En algún recién finalizado proceso ha publicado en una misma convocatoria 3 resoluciones provisionales y 2 definitivas, modificando plazas a su antojo en cada una de ellas.
- Se sigue negando por parte de la Empresa y los sindicatos firmantes, el derecho a la promoción y movilidad geográfica al personal con la categoría de CUADRO TÉCNICO. La discriminación que continuamente sufre este Colectivo es apabullante e incomprensible.
- En lo que respecta a las Resoluciones de las Convocatorias, en el caso de ascenso a OCEN2 y OCN1 el proceso es novedoso, ya que la puntuación obtenida NO VALE PARA CASI NADA. Así, solo hay que conseguir la puntuación mínima (5 ptos.) para luego otorgar las plazas por antigüedad, con prioridad a los de la misma provincia que las plazas a cubrir. O lo que es lo mismo, un concurso provincial encubierto que cercena el derecho constitucional de mérito y capacidad a los que hayan podido obtener mayor puntuación o tengan una mayor antigüedad y deseen una plaza que se encuentre fuera de su provincia. Pero aquí no acaba la cosa, los firmantes se inventan una “prueba práctica oral” sin que nadie sepa en qué consistirá (aunque nos lo podemos imaginar) de la que hay que salir APTO para optar a la concesión de vacantes.
Al final, a los que todo lo firman sin escrúpulo alguno, - CC.OO y UGT - se les suma SEMAF que pacta con la empresa para un personal al que no representan, unas normas en las convocatorias que nunca permitirían para el personal de conducción, dando por buenas todas las ilegalidades que la empresa propone con respecto al Convenio Colectivo, porque recordemos que, sin la firma de la mayoría del C.G.E. la empresa no podría publicar estas convocatorias en los denigrantes términos que han pactado por incumplir la Normativa Laboral de RENFE.
Para CGT estas convocatorias tienen que ir respaldadas por una oferta pública de empleo que permita cubrir los ascensos de los OCN2 y evitar la privatización de los puestos de venta de billetes, uno de los oscuros objetivos de la empresa para 2018.
ANTIGÜEDADES BECARIOS
Ese mismo día 31 de Julio se celebró una reunión de la Comisión Negociadora del Convenio para ratificar el Acuerdo de 22-07-2017 por Semaf y CC.OO, sobre las fechas de antigüedad a establecerles a los 260 últimos becarios de conducción.
Asimismo, con el acuerdo ahora de UGT, se establecen las fechas de antigüedad a efectos de concursos, siendo ésta, la primera relación contractual de carácter laboral que se establezca con cualquier candidato que pertenezca al mismo llamamiento o tanda de plazas.
Ahora buscan llamar “tanda o llamamiento” a lo que toda la vida en RENFE hemos llamado PROMOCIONES. Desde CGT insistimos, en que la antigüedad debe ser la de la fecha de la convocatoria al efecto y que deben ser contratados en las mismas fechas todos los que hayan superado dicha convocatoria.
CGT POR EL DERECHO A LA MOVILIDAD CON CRITERIOS OBJETIVOS Y JUSTOS
Comunicado

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