Comunicados
 
IRYO
94
19/11/2024
LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA
 
Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
19/11/2024
93
EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS
 
 
RENFE
15/11/2024
92
MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION
 
ADIF
12/11/2024
91
EL CONVENIO DE LA CONCILIACIÓN
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


SERVICIOS EXTERNOS
SUBIDA SALARIAL PARA ESTE SEGUNDO SEMESTRE
96
2017-07-27

COMUNICADO             
  
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Tal como viene recogido en el IV convenio colectivo Sectorial Estatal de Servicios Auxiliares y Atención al cliente en empresas de servicios ferroviarios, suscrito por UGT y la patronal el pasado 13 de febrero, a partir del pasado 1 de julio se aplicará el incremento salarial del 1% acordado para este segundo semestre del año 2017. (Se adjuntan Tablas salariales para segundo semestre del 2017)

Este irrisorio incremento supone, por ejemplo, una subida en el sueldo base que oscila entre los 6 y 8 € aproximadamente; algo ridículo teniendo en cuenta la pérdida de poder adquisitivo que venimos padeciendo durante los últimos años, y que los firmantes se han encargado de ampliar ya que no han considerado revisión salarial alguna.

Hay que tener en cuenta que las cantidades que figuran en tablas salariales para este segundo semestre son para los contratos de 40 horas semanales, por lo tanto será necesario calcular la parte proporcional para los contratos de menos horas en los conceptos de salario base, plus convenio, plus asistencia, quebranto y plus idioma.

A partir del 1 de julio se abonarán 10 euros por cada una de los 14 festivos a todos los trabajadores que presten servicio a tal efecto, no teniendo en cuenta los firmantes ni sábados ni domingos, y dejando al margen de este Plus de Festivo a los trabajadores que están contratados para fines de semana y festivos algo que desde CGT nos parece vergonzoso e intolerable.

Asimismo se establece una “Paga adicional de septiembre” de 115,90, que se abonará con independencia de que se tengan prorrateadas las pagas.

El abono del salario mensual se realizará el último día hábil de cada mes y la entrega del recibo de salarios en los 7 primeros días del mes siguiente. Además, las empresas incluirán en el recibo de salarios la identificación del centro de trabajo.

Como indicábamos en anteriores comunicados, para CGT este no es el convenio que demandaban los trabajadores. Los firmantes se han asegurado de agudizar las desigualdades, profundizar la pérdida de poder adquisitivo y precarizar aún más si cabe las condiciones laborales.

DESDE CGT SEGUIREMOS LUCHANDO POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y POR LA MEJORA DE SUS CONDICIONES DE TRABAJO.



¡NO TE DEJES ENGAÑAR, ROMPE CON QUIEN TE TRAICIONA!


Comunicado                   
  











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