Comunicados
IRYO | 94 19/11/2024
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LA EMPRESA NO CEDE, LA PLANTILLA SE ORGANIZA Hoy día 19 de noviembre, hemos mantenido una nueva reunión de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de IRYO.
Una reunión en la que una vez más (van ya unas cuantas desde el mes de mayo…) hemos vuelto a reivindicar el pago de las dietas para el colectivo de asistentes y la nocturnidad para los colectivos que la trabajan.
En la anterior reunión del 29 de octubre, la dirección de la empresa se abrió a la posibilidad de alcanzar un preacuerdo para abonarlo a partir del 1 de enero de 2025. En dicho preacuerdo se fijarían las cantidades a abonar y el régimen disciplinario los cuales se incorporarían al convenio colectivo a su firma.
La empresa para acceder a lo anterior, solicitaba conocer cuáles eran nuestras peticiones en materia de jornada y económicas, pues esta parte se deduciría de la cantidad final que se pactarse en Convenio colectivo. La semana pasada se envió a la empresa la documentación con la propuesta.
Hoy nos volvemos a encontrar con una dirección pidiendo todavía más tiempo para analizar la documentación enviada, dándonos de nuevo una negativa a nuestras reivindicaciones.
Las dietas son 14,50 euros, NO aceptamos un importe menor teniendo en cuenta la carestía de la vida y la inflación. La nocturnidad NO puede continuar sin abonarse.
Debemos de poner en valor nuestra profesión, no podemos consentir ni un minuto más más desigualdades actuales.
Ante la actitud de la dirección de la empresa de ninguneo y falta de voluntad para dar respuesta a esta situación, tenemos que continuar con las actuaciones que teníamos ya previstas para exigir lo reivindicado que es lo justo y lo que las personas trabajadoras merecen y para ello convocaremos movilizaciones en diciembre y enero.
Necesitamos a la plantilla unida y con fuerza para reclamar lo que nos corresponde, no podemos conformarnos con menos. Ellos tienen sus ganancias nosotros también merecemos unas dietas dignas y pago de horas nocturnas como corresponde.
IRYO: ¡CONVENIO YA!
COMUNICADO Anexo
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ADIF 19/11/2024 | 93 EL CONVENIO DE LA RACIONALIZACIÓN DE LAS JORNADAS | RENFE 15/11/2024 | 92 MANOLO Y BENITO CHAPUZAS CORPOREISION |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 | | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE RETRIBUCIÓN FLEXIBLE | 89 2017-07-13 |
| COMUNICADO
| Leido: 63 veces | Se ha celebrado una reunión del CGE en la que la Dirección ha informado sobre la implantación de un Plan de Compensación Flexible (también conocido como Retribución Flexible) para todos los trabajadores del Grupo Renfe, al que se podrá acceder de forma totalmente voluntaria. La instauración del Plan será llevado a cabo por la empresa de seguros y reaseguros Aon Hewitt, especializada en estas tareas y que dispone de las herramientas necesarias para llevarlo a cabo.
Esta acción persigue la optimización en el tratamiento fiscal de los emolumentos que percibimos en cada ejercicio del IRPF, a través de la sustitución voluntaria de parte de la retribución en metálico por otras en especie. Este Plan puede llevarse a cabo por la aplicación de las leyes tributarias de este país, que permiten desgravar ciertos gastos por un tratamiento fiscal más “bondadoso”. En resumen, tanto empresa como trabajador ven reducida su carga impositiva proporcionalmente a las cantidades que se abonen por los conceptos contratados y, hasta un máximo legal del 30% del salario anual.
En principio, los trabajadores podrán contratar los siguientes servicios:
• Seguro médico.
• Gastos de guardería.
• Tiques-tarjeta restaurante.
• Acciones de formación del trabajador.
Desde CGT creemos que supone un beneficio personal para todos los trabajadores que necesiten este tipo de servicios. Aunque no obviamos el “punto negro” del Plan, señalando que la laxitud impositiva de ciertas leyes tributarias de este país, merman la capacidad recaudadora del Estado. Dinero que se destina al mantenimiento de todos los servicios públicos: sanidad, transporte, educación, Etc.
Paralelamente, creemos necesario la creación de una Comisión Paritaria que siga y valore la aplicación de este Plan entre los trabajadores sujetos a convenio. Y que el mismo, se regule para su incorporación al Convenio Colectivo. Manifestamos también, nuestro rechazo a las formas de la empresa que como en tantas ocasiones, ha hecho y deshecho sin la preceptiva consulta en tiempo y forma a los representantes de los trabajadores, como indica el Estatuto de los Trabajadores.
A continuación, reproducimos un enlace en el que se puede ver el resultado aproximado de la aplicación de este Plan: http://www.edenred.es/calculadora/
Para más información sobre el tema, contactar con la Sección Sindical del CGT en tu territorio.
¡FERROVIARI@, DEFIENDE TUS DERECHOS CON CGT!
Comunicado
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