Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
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AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF ADIF: PREVENCIÓN Y PRODUCCIÓN CIRCULAN EN SENTIDO INVERSO | 72 2017-06-14 |
| COMUNICADO
 | Leido: 41 veces | Está claro que en Adif, Prevención y Producción circulan en sentido contrario y que la prevención de riesgos laborales no está totalmente integrada en el sistema general de gestión de la empresa. Así lo demuestran informes como el entregado por la empresa en la última Comisión Técnica de Seguridad y Salud de Adif sobre el seguimiento y control de las acciones preventivas y/o correctoras del POP 18 (a 30 de abril 2017):
| DIRECCIÓN GENERAL | ACCIONES PLANIFICADAS | ACCIONES REALIZADAS | ACCIONES NO REALIZADAS |
| EXPLOTACIÓN CONSTRUCCIÓN | 4.433 | 1.461 (32,96%) | 2.972 (67,04%) |
| DESARROLLO NEGOCIO CORPORATIVO | 202 | 70 (34,65%) | 132 (65,35%) |
| AREA CENTRALIZADA | 125 | 13 (10,40%) | 112 (89,60%) |
| TOTAL ADIF | 4.760 | 1.544 (32,44%) | 3.216 (67,56%) |
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995, de 8 de Noviembre) determina el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. De esta manera, el empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención anterior, con la finalidad de evitar los riesgos, evaluar los riesgos que no se puedan evitar y combatirlos en su origen.
Para la aplicación de estas medidas preventivas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos laborales, el Servicio de Prevención de Adif elabora anualmente una Planificación Preventiva, tal como determina la mencionada L.P.R.L., asegurándose de la efectiva ejecución de las actividades preventivas incluidas en la planificación y efectuando para ello un seguimiento continuo de la misma.
El procedimiento operativo de prevención de Adif (P.O.P. 18), en vigor desde Diciembre de 2.015, determina el seguimiento y control de la acción preventiva y/o correctora con el objeto de dar cumplimiento a lo anterior. Desde el inicio de su aplicación, CGT ha venido denunciando en diversas Inspecciones Provinciales de Trabajo y en el propio Comité General de Seguridad y Salud de Adif el importante porcentaje de incumplimiento por parte de la empresa de las medidas preventivas necesarias para reducir, eliminar y/o controlar los riesgos laborales.
De poco o nada sirve una buena gestión de Prevención de riesgos, si las Áreas de Producción, encargadas de ejecutar las medidas necesarias para controlar los riesgos detectados las incumplen de forma reiterada.
Desde CGT seguiremos luchando por la defensa de los derechos de los trabajadores/as, especialmente aquellos fundamentales como su Salud. Para ello, continuaremos denunciando situaciones en las que el aumento de la producción vaya en detrimento de la prevención y como resultado sea la precarización.
¡LA SALUD DE L@S TRABAJADOR@S NO PUEDE SOMETERSE A LOS RESULTADOS ECONÓMICOS!
Comunicado

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