Comunicados
ADIF | 15 27/02/2026
|
|
AYUDAS GRACIABLES 2026 AYUDAS GRACIABLES 2026
¿Quién puede solicitarlas?
• Toda la plantilla sujeta a convenio que no supere los 70.000€ de ingresos brutos anuales en su unidad familiar (mayores de edad convivientes y/o beneficiari@s).
• El gasto mínimo entre todas las facturas debe ser de 500€, salvo los gastos de óptica y farmacia, que son 200€.
• La cantidad máxima anual que se puede percibir es de 1.800€.
¿Qué documentación se debe presentar?
• El modelo oficial cumplimentado:bit.ly/AyudasGraciablesAdif
• Facturas originales, emitidas hasta 1 año antes de la fecha de petición.
• Fotocopia del IRPF de todas las personas que componen la unidad familiar.
• Fotocopia del Libro de Familia (o del registro civil electrónico individual).
• Última nómina de la persona trabajadora.
• La documentación específica para cada tipo de ayuda.
• La Comisión podrá solicitar documentación complementaria.
¿Dónde se puede presentar?
• A través de la jefatura: la documentación se entrega en sobre cerrado, excepto el modelo de solicitud; éste deberá ser firmado y sellado por la dependencia. Tanto el sobre como la solicitud se introducirán en un sobre de mayores dimensiones, que será firmado/sellado por la persona receptora y por la persona solicitante.
• Por correo postal certificado a: Jefatura de Área de Política Social, Paseo del Rey, 30, 3ª Planta, 28008, Madrid
• A través de la Oficina de Registro General de Adif para la solicitud; y las facturas originales se deben enviar a la misma dirección del apartado anterior.
¿Cuál es la cantidad de la ayuda?
SUMA DE INGRESOS BRUTOS UD. FAMILIAR PORCENTAJE CONCEDIDO
Hasta 29 000€ 70%
Desde 29 001€ hasta 33 000€ 50%
Desde 33 001€ hasta 47 000€ 30%
Desde 47 001€ hasta 65 000€ 20%
Desde 65 001€ hasta 70 000€ 10%
¿Qué plazos hay?
• Solicitud: hasta 1 año máximo después de realizar el gasto.
• Subsanación: hasta 1 mes desde el requerimiento por parte de la Jefatura de Área de Política Social
AYUDA POR INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)
¿Quién puede solicitarla?
• La plantilla sujeta a convenio que haya estado en situación de IT por enfermedad común o accidente no laboral.
• La percepción se aplicará a los días que superen los 30 de IT.
¿Qué documentación se debe presentar?
• Modelo oficial cumplimentado (bit.ly/AyudasGraciablesAdif ) y última nómina.
• El procedimiento y los plazos son los mismo que para las ayudas graciables.
OTRAS AYUDAS
AYUDA POR HIJ@ CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL: 100€ / mes.
PRESTACIÓN POR DEFUNCIÓN DE LA PERSONA TRABABAJADORA: 12.000€.
ANTICIPOS: hasta 3 mensualidades de la clave del sueldo (necesarios 2 años de antigüedad).
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
|
 ADIF 25/02/2026 | 14 CIRCULAR JUBILACIÓN PARCIAL 2026 | SECTOR 18/02/2026 | 13 UN MES DESPUÉS SOLO SONRÍEN LOS DE LA FOTO |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
SECTOR FIRMADO EL TRASVASE: LA LUCHA SIGUE | 71 2017-06-14 |
| COMUNICADO
 | Leido: 26 veces | Llegado el momento efectivo del trasvase se empiezan a apreciar los primeros problemas tanto en ADIF como en Renfe por la endémica manera de interpretar los acuerdos por parte de las empresas. Se están produciendo situaciones que se podrían haber evitado con una mayor planificación e interés de profundizar durante el proceso negociador tal como planteábamos desde CGT.
El período marcado de adaptación por reajuste de personal en las dos empresas, hasta final de año, viene incluyendo un compromiso de colaboración, pero eso no significa que valga todo lo que no esté definido. Es necesario abordar todas las situaciones problemáticas surgidas del proceso e intentar mediar en su resolución. Este es al menos nuestro propósito.
Ambas empresas deben cumplir con todos los compromisos adquiridos en la firma de los acuerdos alcanzados para ejecutar el “trasvase”, elaborando protocolos de actuación o instrucciones de trabajo específicas en cada estación para poder adaptarse a los cambios de forma adecuada.
No caben más dilaciones para que nos garanticen las cargas de trabajo de la venta presencial y del servicio de estación; comenzando por el impulso de procesos de movilidad que reparen la falta de promoción profesional a la que ha sido sometido este colectivo desde la separación de RENFE. También hay que recalcar que la falta de personal supone el aumento de las cargas de trabajo para todo el personal y/o las perversas licitaciones, fomentando la precarización de las condiciones de trabajo.
CGT siempre ha mantenido un perfil combativo en defensa de este colectivo, reclamando una serie de reivindicaciones que mejoraran su situación. Llegado a este punto, una vez que hemos conseguido el deseado “trasvase” tendremos que continuar luchando por todas las reivindicaciones que aun no se han podido conseguir. CGT convocará movilizaciones este verano que supondrán una nueva oportunidad para volver a hacerse oír. Existen motivos sobrados y debemos seguir defendiendo nuestros derechos antes que tengamos que pagar por ellos.
¡FERROVIARI@, DEFIENDE CON NOSOTR@S TUS DERECHOS!
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |