Comunicados
ADIF | 57 27/06/2025
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TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL ¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL? TODO LO QUE QUERÍAS SABER (Y NO ACABABAS DE ENTENDER) SOBRE LA ORDENACIÓN PROFESIONAL
¿POR QUÉ ES VITAL UNA NUEVA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
Porque el sector ferroviario ha sufrido una transformación brutal en los últimos años y es necesario redefinir las funciones de cada persona trabajadora para que la empresa no aplique sus nuevos modelos productivos abusando de la buena fe de la gente (sobre todo de la de nuevo ingreso).
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE NEGOCIAR UNA ORDENACIÓN PROFESIONAL?
El objetivo es simplificar categorías, funciones y salarios. La ordenación hará más claras nuestras obligaciones y más justas las nóminas. Se trata de subir el salario base (que es muy bajo) y completarlo con un complemento de puesto y una mínima variable, de tal forma que nuestro salario sea más o menos estable y no dependa de cuestiones como la disponibilidad, la asignación de tareas por parte de una jefa o un jefe u otras.
Ese es nuestro objetivo, pero hay que tener claro que la intención de la empresa con esta ordenación es obtener más flexibilidad de las personas trabajadoras. Por eso debemos estar alerta.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE QUE HAYA UNA FINANCIACIÓN POR PARTE DE HACIENDA?
La ordenación va a requerir sí o sí una partida presupuestaria, ya que el sistema retributivo cambiará. Por ejemplo, hay que remunerar condiciones que ahora hacemos gratis: turnicidad, festividad, conducciones, etc.
Hasta ahora la empresa lo ha tenido claro, pero ya ha empezado a insinuar que no se trata tanto de incrementar la partida como de repartir bien lo que hay. Ojo con este cambio de rumbo.
¿QUÉ SON LAS ÁREAS DE ACTIVIDAD Y LAS ÁREAS FUNCIONALES?
Las áreas de actividad engloban los distintos tipos de actividad que se desarrollan en Adif. La empresa propone englobarlas en dos: específicas (infraestructura, circulación y servicios al cliente) y comunes (gestión, jurídica…).
Las áreas de actividad a su vez se dividen en áreas funcionales. Por ejemplo, el área de actividad de servicios al cliente se divide en dos áreas funcionales: Estaciones de Viajer@s y Servicios Logísticos.
¿QUÉ SON LOS GRUPOS Y SUBGRUPOS?
La nueva ordenación profesional ordena la plantilla en grupos profesionales ordenados jerárquicamente. La propuesta de la empresa es hacer 3 grupos: grupo de Operaciones (el anterior “Personal Operativo”), grupo de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y grupo de Estructura de Apoyo.
La empresa ha introducido el concepto de “subgrupo”, en principio para referirse al cruce entre área de actividad y grupo profesional (por ejemplo, cuadro técnico de jurídica).
También pretende establecer una división en el grupo de operaciones (personal operador jefe y personal operador).
¿A QUÉ SE REFIERE LA EMPRESA CON “DESARROLLO PROFESIONAL HORIZONTAL”?
La empresa la define como una forma de carrera profesional en la que las personas trabajadoras, sin necesidad de ascender, se forman y adquieren más productividad (lo que podría también terminar acarreado un incremento de funciones), viéndose recompensadas con un aumento salarial.
Nos preocupa que sea una forma encubierta de fomentar distintos niveles salariales dentro de los grupos y subgrupos y entre quienes realizan el mismo trabajo. Necesitamos más información sobre el modelo que se nos propone, pero nos hace encender las alarmas.
¿POR QUÉ EL SFF-CGT MIRA CON RECELO LOS NIVELES Y SUBGRUPOS QUE LA EMPRESA QUIERE APLICAR DENTRO
DE CADA SUBGRUPO?
Entendemos que al establecer distintos niveles dentro de un mismo subgrupo la empresa pretende crear diferentes niveles salariales para funciones prácticamente idénticas (por ejemplo, personal montador y personal montador especialista). Desde el SFF-CGT entendemos que la gente que pertenece al mismo grupo debe percibir el mismo sueldo (igual trabajo, igual salario).
Esta estructura podría entorpecer la movilidad y la salida del subgrupo, así como establecer el marco propicio para mantener o extender las categorías de entrada, categorías que rechazamos rotundamente.
¿A QUÉ TENEMOS QUE ESTAR MUY ATENT@S?
En principio lo que ha presentado la empresa hasta ahora es el marco de una foto en la que todavía no se ve la imagen interior. Lo importante es cómo se va a articular toda la ordenación dentro de esa estructura. Y ahí no nos da apenas información.
Comenzamos a sospechar (y mucho) del concepto de “carrera horizontal”. Puede que quieran usarla para establecer niveles dentro de cada subgrupo y penalizar tanto la movilidad dentro de la empresa como establecer diferencias salariales entre las personas trabajadoras de un mismo subgrupo.
La empresa, además, ha empezado a dejar caer algunas ideas que no nos gustan, como la de hacer las conducciones y las disponibilidades obligatorias, asumir sin negociar los SIC+, interponer denuncias en nombre de Adif o seguir sin regular en detalle las funciones de la Estructura de Apoyo, entre otras.
En definitiva, nos encontramos ante un momento crucial que puede cambiar nuestro futuro laboral, para bien o para mal. Desde el SFF-CGT vamos a luchar con todas nuestras fuerzas para que esta ordenación profesional suponga una mejora sustancial de nuestras condiciones laborales. Estamos vigilantes ante las maniobras de la empresa y no permitiremos que se dé ningún paso atrás.
 COMUNICADO Anexo Anexo 2
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 SECTOR 24/06/2025 | 56 NUEVO SECRETARIADO PERMANENTE DEL SFF-CGT | RENFE 18/06/2025 | 55 EL SFF-CGT SE ADHIERE AL ACUERDO DEL DESARROLLO DE LOS CGO |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SERVICIOS EXTERNOS IV CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL ESTATAL DE SERVICIOS EXTERNOS AUXILIARES Y ATENCIÓN AL CLIENTE EN EMPRESAS DE SERVICIOS FERROVIARIOS | 49 2017-04-04 |
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 | Leido: 21 veces | Así se llama el Convenio que ha firmado UGT con el consentimiento y la complicidad de CCOO. Viendo un título tan amplio cabría pensar que es un “pedazo” de convenio, pues nada más lejos de la realidad.
Los trabajadores llevan soportando un mal convenio desde el 1 de enero de 2011 firmado por ugt-ccoo y que ha supuesto una importante pérdida de poder adquisitivo agravada por las prórrogas.
Después de un año de negociaciones entre ugt-ccoo y las empresas, suponíamos que iban bien porque no nos contaban mucho de esas reuniones y no hicieron nunca asambleas, ni propusieron movilizaciones para presionar a la empresa en ningún momento, de la noche a la mañana nos encontramos con un convenio firmado por ugt y un anuncio de huelga de ccoo que desconvocaron enseguida.
Este nuevo convenio, cuya duración es hasta el 31 de diciembre de 2019, no solo no quita lo que de malo tenía el anterior, sino que lo que le cambian empeora las condiciones de los trabajadores, ¡y se quedan tan panchos!.
Cambian el Artículo 13 para incluir que: “Estos puestos serán de libre designación y dependerá de la empresa en base a criterios de confianza”. Esta práctica de poner o quitar a quien quiera la empresa, CGT lo ha denunciado en dos ocasiones, a partir de este convenio “todo será a dedo” y el resto de la plantilla chico/a para todo, con salarios de miseria.
Con el Artículo 14 crean un Nuevo Ordenamiento Laboral (NOL) que trae más polivalencia y discriminación entre los trabajadores que realizan el mismo trabajo. Crea 7 subniveles, pero que nadie piense que va a ascender. Para llegar al 7º nivel como mínimo han de pasar 21 años y no mejoras de nivel si la empresa no quiere.
Pero hay más, para subir del nivel 1 al 2 tienes que esperar 3 años y sufrir una exhaustiva evaluación: incidencias disciplinarias (no tener expedientes disciplinarios), absentismo (no ponerte malo) puntualidad, compromiso en el desempeño ¿Quién y cómo mide esto? Y la guinda la supone un informe del superior directo que ha de ser positivo (otra vez el dedo de la empresa decide si subes de nivel). Solo saldrán del nivel 1 los pelotas y que nadie se ponga malo en tres años, además ningún trabajador lo cobrará hasta el 2021.
Articulo 18, Plus de Festivo. Se cobrará a partir del 1 de julio de 2017 y te pagarán 10 euros si te toca trabajar en alguno de los 14 festivos, los sábados y domingos nada.
Articulo 23 y 24, Horas Extras/Horas Extraordinarias por Fuerza Mayor. Muy baratitas para la empresa así no tienen que contratar más trabajadores.
Articulo 26, Incremento salarial y clausula de revisión salarial.

Todo el IPC está condicionado a que sea positivo, en caso de que sea negativo la revisión seria del 0%.
Artículo 29, Paga adicional de septiembre. A partir del 1 de enero de 2018 se prorratea y pasa al salario base quedando eliminada esta paga para siempre.
Artículo 32, Jornada. Se amplía la pausa en la jornada de 25 minutos actuales a 30 minutos. La empresa decide cuando vas a hacer la pausa y si te la da o no. Si no te da la pausa la empresa decide si te la paga o te la da en descanso dentro del año natural, cuando quiera y como quiera, de esta manera nos arrebatan un derecho que era de los trabajadores.
Articulo 37, Asuntos Propios. 5 días para el 2016 y el 2017, o sea los mismos que ya teníamos o lo que es lo mismo 2 menos. A partir del 1 de enero de 2018 1 día más quedando en 6.
Además las empresas firman estos convenios para no cumplirlos licitando a la baja y posteriormente aplicando ERES, descuelgues salariales, etc. No es nuestro convenio y no va a traer paz social hasta que se respeten los derechos de los trabajadores y se valoren su trabajo y esfuerzo.
NO TE DEJES ENGAÑAR
ROMPE CON QUIEN TE TRAICIONA
Comunicado

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