Comunicados
RENFE | 42 09/05/2025
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SIN AVANCES EN LA NEGOCIACIÓN DEL IV CC DEL GRUPO RENFE El pasado 6 de mayo tuvo lugar la reunión de la Comisión Negociadora de la Mesa de Compilación Normativa del IV CC del Grupo Renfe en la que se abordó el Título I y II de la Normativa vigente.
En ella se expusieron aquellas normas que han sido modificadas con el paso de los años y que se deberían elevar a la Comisión Negociadora una vez finalizada la compilación. Sin embargo, cuanto menos es incomprensible que en pleno 2025 se pongan sobre la mesa acuerdos del pasado 2003 o 2006 por ejemplo, y que entendemos ya deberían haber constado en convenios anteriores de forma inexcusable. Esto denota una falta de trabajo absoluta.
Anteriormente ya hemos informado sobre nuestra disposición a trabajar de forma conjunta con el resto de organizaciones sindicales presentes en el CGE, la reiteramos en la pasada Mesa Técnica General y volvimos a hacerlo nuevamente en esta, recalcando la urgente necesidad de establecer una metodología de trabajo ordenada que permita recopilar minuciosamente toda la Normativa que nos afecta dentro del Grupo Renfe. Seguiremos insistiendo, pues entendemos que lo que prima es el conjunto de las personas trabajadoras.
Por otro lado ayer, 8 de mayo, tuvo lugar la reunión de la Comisión Negociadora de la Mesa Técnica de Personal del IV CC del Grupo Renfe y que versó sobre el colectivo de Conducción.
Pese a que el objetivo de dicha reunión era poner sobre la mesa las propuestas elaboradas por todas las organizaciones sindicales presentes en el CGE, nos encontramos con un escenario totalmente diferente. Se ha querido poner el foco única y exclusivamente en las habilitaciones suspendidas sin que se diese opción a plantear cualquier otro tema relacionado con el colectivo y que quedó vista para su tratamiento el próximo 5 de junio.
Como viene siendo habitual, el SFF-CGT llevó el trabajo hecho y presentamos igualmente la batería de propuestas que hemos querido hacer llegar de igual manera a la Dirección de la Empresa.
Llevamos medio año desde que comenzaron las negociaciones y seguimos sin avances. No podemos entender que no se den pasos hacia delante.
Desde el SFF-CGT seguiremos trabajando como hasta ahora porque entendemos que no existe otra manera de hacerlo que por y para todas las personas trabajadoras. Tenemos una responsabilidad, que es hacer llegar a la Dirección de la Empresa las necesidades de todas y de todos y por ellos seguiremos luchando.
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 08/05/2025 | 41 LA MESA DE ORDENACIÓN PROFESIONAL SIGUE ESTANDO EN “LA CARPINTERÍA” Y TODAVÍA NO TIENE PATAS | SECTOR 07/05/2025 | 40 EL SFF-CGT EXIGE AL MINISTERIO Y A LA AESF UN PROTOCOLO ESTATAL DE SEGURIDAD FERROVIARIA |
Jurídica
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF IMPLANTACIÓN DE LA HUELLA DIGITAL DEMANDAMOS TODOS LOS DERECHOS PARA LOS TRABAJADORES AFECTADOS | 32 2017-02-21 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 58 veces | La Dirección de la empresa sostiene que con el sistema de huella digital sólo se pretende el registro de la jornada, y aseguran que no pretenden la modificación del horario ni de la jornada, todo ello sin tener en cuenta el despilfarro económico innecesario (más de 3 Millones de €) que podría haberse utilizado en mejorar condiciones laborales y/o sociales (seguridad, salud laboral, formación, conciliación, etc.).
Desde la implantación de este sistema nos estamos encontrando con numerosas contrariedades generadas por el mismo pues se está aplicando de forma arbitraria, estableciendo y creando nuevos agravios comparativos entre los trabajadores y poniendo en riesgo la salud de los mismos sometidos a este tipo de “control” y que desde CGT estamos denunciando.
Si bien en una reunión del CGE con ADIF, de fecha 28 de Julio 2016, la Empresa reconoció que el actual sistema de control, respetaba el horario de entrada y salida de los trabajadores que venían realizando anteriormente a la implantación de este nuevo sistema, nos encontramos que esto no es así en todos sus términos.
La inmensa mayoría de los trabajadores de ADIF usuarios de equipos PVD, se encuentran dentro de la categoría A, esto significa que tienen derecho a realizar pausas para evitar y prevenir los riesgos derivados de la fatiga visual y mental además de los problemas músculo esqueléticos por trabajar con pantallas de visualización de datos, como indica el INSHT y nuestra normativa laboral.
Si bien el tratamiento horario no impide realizar las recomendaciones del INSHT sobre pantallas de visualización, antes de la implantación del mismo los trabajadores realizaban, durante estas pausas periódicas para salir unos minutos fuera de su dependencia, a “estirar las piernas” o a que les “diera el aire en la cara” como se suele decir de forma coloquial. Ahora, al no tener una clave en el tratamiento horario que recoja las pausas periódicas, los usuarios de equipos PVD se ven imposibilitados para llevar a la práctica las actividades descritas, dificultando, además, la conciliación de la vida familiar viéndose obligados a alargar la jornada laboral.
Por estos motivos, el pasado 9 de febrero desde CGT hemos solicitado a la Directora General de RR.HH, la creación de una nueva clave en la aplicación del Tratamiento Horario para regular el descanso ante pantallas en el sistema de control horario, que permita salir a los trabajadores del centro 10 minutos cada hora y media (lo que ahora se impide por la implantación de tornos y portillos), para realizar las pausas periódicas que recomienda el INSHT, y que no se considere tiempo a recuperar por considerarse como interrupciones temporales en la prestación efectiva del trabajo.
¡POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS!
Comunicado Anexo 1

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