Comunicados
RENFE | 69 12/09/2024
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EL SIMULACRO DEL REGISTRO RETRIBUTIVO El pasado 7 de febrero se creó dentro de la Comisión de Igualdad un grupo de trabajo para la elaboración del Registro Retributivo. Desde entonces se han venido celebrando reuniones en donde Renfe nos ha mostrado la herramienta que están utilizando para poder elaborarlo, la aplicación Power BI.
El comienzo ya no ha sido el correcto, pues nos han obligado a firmar un compromiso de confidencialidad para poder asistir a dichas reuniones cuando el propio ET establece el deber de sigilo en su artículo 65, un precepto inaceptable. Renfe está en una dinámica de opacidad total escudándose en la LOPD y en documentos “confidenciales” para impedir el derecho a la información de las personas trabajadoras.
En la reunión convocada el pasado 17 de abril presentamos un informe con nuestras consideraciones respecto a la herramienta de valoración de puestos que ha elaborado la empresa, en donde, para no variar, nos quedamos solas presentando alegaciones. En la reunión del 14 de mayo, pasó exactamente lo mismo.
¿Qué debe reflejar el Registro Retributivo?
Debe incluir los valores medios (media aritmética y mediana) de salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales efectivamente percibidos por la plantilla durante el periodo de referencia, desglosados por sexo y distribuidos por grupos y categorías profesionales, nivel, puesto o cualquier otro sistema de clasificación aplicable. Por tanto, no incluye datos individuales.
Además, aunque cualquier disparidad es preocupante, la ley obliga a las empresas a que cuando la diferencia entre sexos sea de un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, esta deba incluir en el Registro una justificación de que la misma responde a motivos no relacionados con el sexo.
¿Qué son los factores y subfactores?
Se trata de una serie de características relacionadas con los puestos de trabajo de una empresa y que ayudan a su correcta valoración descomponiéndolos en condiciones laborales básicas como responsabilidad económica, esfuerzo psicológico, formación, etc. Una vez definidos, se analiza cada puesto en particular para ver en qué medida se presentan los distintos factores asignándoles una puntuación. De esta manera, se pueden comparar puestos de trabajo muy distintos por su naturaleza.
Es indiscutible la importancia de hacer correctamente esta valoración. Tanto en el ET como en el RD 902/2020 se subraya que la empresa debe realizarla correctamente especificando, además de los criterios que se han tenido en cuenta, la puntuación que se le asigna a cada uno de ellos.
Líneas Rojas
En la reunión mantenida el pasado 26 de junio reiteramos nuestra postura. En vez de una valoración conforme a la ley, se han limitado a clasificar los puestos en 4 escalas que ¡SORPRESA! corresponden a PO, MMII, EA o ED. Es incomprensible que se quiera hacer equivalente a una persona Maquinista Jefe de Tren con una que sea Operador Comercial de Entrada N2.
La respuesta que nos dieron fue que, de valorarlo como dice el RD, habría que convocar la Mesa Técnica y cambiar el Desarrollo Profesional. Estamos de acuerdo, este hecho constata que la descripción de puestos, el sistema o estructura retributiva y la clasificación profesional recogida en nuestra normativa no está bien hecha, sin embargo, esto no puede servir de excusa para no cumplir con una norma de mayor rango.
Para elaborar la valoración de puestos de trabajo correctamente se debe aplicar un sistema analítico que garantice el cumplimiento de los criterios legales, pero el Grupo Renfe ha decidido que, como el resultado de hacerla bien puede mostrar las vergüenzas y desigualdades existentes, es mejor no hacerla y agrupar burdamente todas las categorías en cuatro escalas que casualmente coinciden con los grupos profesionales y como tienen el beneplácito del resto de organizaciones sindicales, siguen adelante.
Además, les hemos mencionado el requerimiento de IT de 18 de marzo de 2022 tras nuestra denuncia, en el que se recuerda que todas las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al contenido íntegro del Registro Retributivo y que la empresa está obligada a facilitar la información de toda la plantilla, incluyendo al personal directivo y los altos cargos a través de la representación sindical.
Tampoco hemos podido obviar que para las numerosas brechas salariales que existen, la empresa utilice exactamente la misma explicación y factor común cuando no incluir la justificación de diferencia salarial (cuando exista) en el Registro Retributivo supone una infracción grave de la ley. La Auditoría Retributiva (obligatoria para todas las empresas que tengan Plan de Igualdad) implica analizar la situación retributiva de la empresa y establecer un plan de actuación para corregir las posibles desigualdades. Justificar con el mismo copia-pega todas las brechas salariales detectadas, no es analizar en profundidad los datos y mucho menos rendir cuentas de ellas, sino una forma fácil y rápida de quitarme de en medio lo que me incomoda.
Conclusiones
Ayer día 11 de se celebró la reunión más reciente del Grupo de Trabajo en donde la empresa expuso los datos correspondientes al año 2023 para la elaboración del Registro Retributivo. El documento tiene que reflejar unos mínimos tal y como hemos señalado. Estos, son los que obligatoriamente recoge la legislación vigente y que el Grupo Renfe ha decidido obviar deliberadamente.
Como organización sindical y asumiendo la responsabilidad para con nuestras compañeras no vamos a ser cómplices de estos abusos. Llevaremos a cabo todas las acciones necesarias que estén en nuestras manos para que la empresa cumpla con sus obligaciones legales y empresariales referentes al Plan de Igualdad y en concreto al Registro Retributivo.
SFF-CGT, SORORIDAD, HONESTIDAD Y LUCHA
COMUNICADO Anexo Anexo 2
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ADIF 11/09/2024 | 68 EL NUEVO CONVENIO, PASITO A PASITO | ADIF 10/09/2024 | 67 ADIF NO NEGOCIA; ADIF IMPONE |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR TRASVASE DEL CANAL DE VENTA ¿EXISTE VERDADERA VOLUNTAD POR TODAS LAS PARTES? | 11 2017-01-26 |
| COMUNICADO
| Leido: 60 veces | Hoy 26 de enero se ha celebrado una nueva reunión, de los Secretarios Generales de los sindicatos del sector ferroviario, con la Dirección de Renfe y Adif para abordar el proceso del trasvase del Canal de Venta presencial de ADIF al Grupo Renfe; en esta ocasión la reunión surge por la petición de los Comités de ambas empresas para demandar que éstas faciliten detalles y condiciones del acuerdo alcanzado entre ambas Direcciones, así como los criterios empleados para ello.
En la reunión, la Dirección de ADIF hizo una exposición del acuerdo alcanzado entre ADIF/Renfe el pasado día 20 de enero de 2016 y de los criterios utilizados para el mismo, tal como les habíamos solicitado desde los C.G.E. de ambas empresas.
La exposición ha sido un relato, del propio documento del acuerdo (antecedentes, aplicación de la Ley 39/2003 del Sector Ferroviario, objetivos del acuerdo, equilibrio económico, alquileres de espacios, etc.) y han explicado los criterios, que han utilizado con análisis organizativos empresariales, teniendo en cuenta la asignación de las cargas de trabajo reales de las operaciones para mejor el servicio y la calidad que se debe ofrecer a todos los usuarios.
CGT entiende que el acuerdo para el trasvase, en lo concerniente al Grupo Renfe, está cerrado desde el pasado 22 de noviembre por unanimidad y la firma de todas las partes y que lo que resta para finalizarlo es ultimar la negociación en ADIF en base a los documentos entregados en la última reunión del pasado día 22 de diciembre, quedando cuestiones que cerrar en el ofrecimiento de la asignación.
El compromiso de las organizaciones sindicales, al menos en la última reunión de sus portavoces, era “perfilar” un documento conjunto y consensuado en base a la documentación referida anteriormente para intentar alcanzar un acuerdo que suponga dar por finalizada esta negociación respetando los derechos de todos los trabajadores afectados.
CGT lleva años trabajando para que este trasvase se realice con la mayor trasparencia y ecuaninimidad posible, siempre en la medida que nos han permitido las constantes trabas que hemos encontrado a las diferentes alternativas propuestas para que este proceso fuera más justo.
Lo hemos desarrollado desde que la aplicación de la Ley del sector Ferroviario dejó a este colectivo en “tierra” de nadie.
Hemos planteado múltiples propuestas y alternativas: la principal es garantizar todos los puestos de trabajo del personal, tanto el que permanece en Adif como el que se trasvasa a Renfe, por supuesto también se tienen que garantizar el trabajo a las personas de las empresas externas
Entre otras cuestiones: en materia de movilidad para dar mayor cobertura a la voluntariedad en el proceso; también hemos formulado actuaciones para que todo el personal estuviera perfectamente “localizado”, y los trabajadores cedidos, sería lógico que participaran desde su dependencia de origen, de este modo se garantizaría una mayor igualdad de oportunidades.
Desafortunadamente han prevalecido otros intereses partidistas y no el bien general de los trabajadores afectados. Ahora existen “voces” que reclaman precisamente esa necesidad.
A pesar de ello nuestra organización ha sido valiente y ha valorado la voluntad de la mayoría de los afectados, trabajando para que el acuerdo sea beneficioso para todos y garantizando derechos tanto a los que se pasen al Grupo RENFE, como a los que se queden en ADIF, incluidos los que sin ser objeto de este trasvase estarán afectados colateralmente. Nos referimos a los trabajadores que desarrollan sus funciones en estaciones que no son consideradas “Multi operador” (Factores de Circulación, Factores, Ayudantes ferroviarios, Trabajadores con pérdida de facultades, etc.)
Para conseguirlo aún nos faltan cuestiones, en la negociación con ADIF, para alcanzar las garantías que perseguimos; éstas están relacionadas con los criterios a aplicar para la asignación del personal (Cedidos, Destacados, Liberados, Reemplazos, etc) y aquellas que garanticen todos los derechos laborales, y retributivos de las categorías profesionales anteriormente mencionadas.
¡CGT EN DEFENSA DE TODOS LOS TRABAJADORES!
Comunicado
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