Comunicados
ADIF | 64 10/07/2024
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CUANDO DESPERTÓ, EL CONVENIO TODAVÍA ESTABA ALLÍ CUANDO DESPERTÓ, EL CONVENIO TODAVÍA ESTABA ALLÍ
Y así, mientras la empresa silbaba con las manos en los bolsillos dando patadas a las piedrecitas del camino, había llegado el verano sin noticias de la negociación del nuevo convenio. Fue entonces cuando, harto de ser ignorado, el Comité General de Empresa (CGE) decidió enviar un ultimátum exigiendo una fecha para empezar. Eso o comisión de conflictos. De repente, alguien despertó de su letargo.
LAS DICHOSAS AUTORIZACIONES
La empresa convocaba hoy al CGE para informarle de su intención de comenzar lo antes posible la negociación del nuevo convenio. Tienen muchas ganas, dicen, pero, ¡oh, maldición, no pueden avanzar porque están a la espera de las malvadas autorizaciones! Esta vez, de Función Pública (solicitada el 9 de febrero), y de la Abogacía del Estado. Asegura que en breve tendrán una respuesta de ambos organismos y se podrá constituir la Comisión Negociadora. Y el cuento tendrá un final feliz.
¿No suena familiar este relato?: “Ahora tengo autorización, ahora no. Ya va a llegar. La tengo, pero no la tengo. Me han dicho que sí, pero luego es que no…” ¿Quién se cree este cuento?
CREDIBILIDAD POR LOS SUELOS
Aprovechando que en la reunión se ha presentado el nuevo director de Recursos Humanos, Pedro Soto, desde el SFF-CGT hemos querido dejar claro que no vamos a consentir una negociación como la de las 35h. La credibilidad de la empresa es nula y toda su palabrería genera desconfianza. Es imprescindible una nueva actitud y una verdadera voluntad negociadora.
Vamos a dar un voto de confianza al nuevo director de RR HH. Eso sí, le hemos exigido que antes del mes de agosto haya ya una fecha para empezar la negociación. De no ser así, iremos a una comisión de conflictos y si es necesario, habrá movilizaciones para que Adif se tome en serio la negociación del nuevo convenio.
EL CONVENIO QUE NOS MERECEMOS
Merecemos un convenio ambicioso que debe abordar muchos temas de calado que llevan años congelados, como la subida salarial o la reclasificación profesional. Un convenio que debe poner sentido común a la implantación de las 35h. Un convenio que debe apostar claramente por la conciliación y la transparencia, especialmente en las movilidades y en las OEP. Un convenio a la altura de las personas que día a día hacen funcionar esta empresa.
COMUNICADO Anexo
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ADIF 09/07/2024 | 63 PRIMEROS DAÑOS COLATERALES DEL CHEQUE EN BLANCO DE LAS 35H | RENFE 01/07/2024 | 62 CATEGORÍAS DE INGRESO. CAPÍTULO 17 |
Jurídica
Convenios LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. | | CONTRATAS FERROVIARIAS | 28/06/2022 | |
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE | | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. | | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF MODIFICACIONES EN POLÍTICA SOCIAL AYUDAS GRACIABLES | 6 2017-01-16 |
| COMUNICADO
| Leido: 87 veces | Tras algunos meses y bastantes reuniones, desde la Comisión de Política Social e Igualdad hemos conseguido llegar a un acuerdo por unanimidad, para introducir algunas modificaciones en los Requisitos y las cantidades a percibir en materia de Ayudas Graciables, hemos pretendido clarificar al máximo los requisitos, mejorar en lo posible y facilitar trámites. Las novedades más significativas serían:
• Se eleva el gasto mínimo para solicitar la ayuda de 400 a 500€, pero como novedad se da la posibilidad de presentar facturas por gastos de óptica y farmacia, exclusivamente, por un importe mínimo de 200€ en ambos casos.
• Se cubren todos los gastos de odontología excepto los de carácter estético.
• La cantidad mínima por gastos de farmacia se baja a 200€ y se puede presentar solicitud de ayuda de forma independiente.
• En gastos ópticos se eleva la cantidad máxima a valorar por la montura de 90€ a 100€, y se puede presentar solicitud de ayuda, de forma independiente, a partir de 200€ de gasto.
• Para gastos por celiaquía, basta con presentar anualmente el informe médico de aquellos miembros de la unidad familiar que la padezcan (ya no habría que ir sumando y presentar todos los tickets de compra) y se establecen unos importes fijos a percibir para cada uno de ellos, 200€ para quienes tengan unos ingresos brutos que no superen los 42.071€ y 100€ para quienes estén en el tramo de 42.072 hasta los 60.101€.
• Gastos por intervención óptica, se establece como cantidad máxima a percibir 500€, pero se amplía la cobertura a los integrantes de la unidad familiar, en caso de intervención laser. El resto de técnicas de intervención óptica sólo para el trabajador/a.
• La cantidad máxima a percibir en caso de adopción y por reproducción asistida se eleva de 600€ a 800€ y se podrá solicitar en ambos casos hasta en 3 ocasiones.
• Se aprueba como novedad la ayuda para dejar de fumar, solo para el propio trabajador/a, por gastos de medicamentos para tal fin, mediante informe que acredite que el tratamiento se efectúa a través del sistema público de salud, en el que figuren los medicamentos prescritos y las fechas de inicio y fin de dicho tratamiento. Esta ayuda sólo se podrá percibir en una ocasión.
• Ayudas a víctimas de violencia de género. Se valorarán como ayudas extraordinarias en los términos que estime la Comisión.
• Se regulan las fechas de entrega y plazos para aportar documentación.
• En las Ayudas por Incapacidad Temporal : El plazo para solicitarla será como máximo hasta un año después de la fecha de alta.
El baremo establecido para el cálculo de las ayudas según la suma de los ingresos brutos percibidos por la unidad familiar, se mantiene como estaba:
Hasta 21.000 € - 60%
Desde 21.001 hasta 25.844 euros - 40%
Desde 25.845 hasta 42.071 euros - 20%
Desde 42.072 hasta 60.101 euros - 10%
Se incrementarán en un 10 % los porcentajes que correspondan sobre este baremo, para las familias numerosas, portando documento acreditativo de esta situación.
La cantidad máxima anual de ayuda que podrá percibir un trabajador/a es de 1503€.
Estas novedades han de ser ratificadas por el Comité General de Empresa, antes de entrar en vigor, los modelos de Solicitud de las Ayudas Graciables y el Nuevo Extracto de Requisitos, estarán disponibles en nuestra página, como hasta ahora y para resolver cualquier duda estamos a vuestra disposición.
¡CGT EN DEFENSA DE TOD@S L@S TRABAJADOR@S!
Comunicado
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