Comunicados
 
IRYO
37
22/04/2024
IRYO ACEPTA LA APERTURA DE LA NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO
 
Parece que por fin la dirección de Iryo se ha dado cuenta de que en el SFF-CGT vamos en serio. El pasado 2 de abril le enviamos una carta donde pedíamos la apertura inmediata de la negociación del I Convenio Colectivo. Era lo que la plantilla nos había encomendado y así se lo hemos exigido. Finalmente han accedido a sentarse a hablar con nosotr@s.
 
  COMUNICADO         
 
 
 
 
RENFE
19/04/2024
36
NO TENEMOS NI PA PIPAS, NOS LO GASTAMOS TODO EN MASCARILLAS
 
 
RENFE
18/04/2024
35
DESMANTELA LA RENFE Y HAZ QUE PAREZCA UN ACCIDENTE
 
ADIF
16/04/2024
34
516 DÍAS Y 516 NOCHES
 
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Jurídica
Convenios
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
CONTRATAS FERROVIARIAS
28/06/2022
Este convenio regulará las relaciones laborales entre las empresas y los trabajadores de empresas de servicios ferroviarios en los distintos sectores
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


ADIF
REDUCCION DE JORNADA DE 2018
97
2019-10-23

COMUNICADO             
  
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En el día de hoy hemos tenido una reunión con la empresa para tratar la aplicación de la reducción de jornada pactada en el II Convenio Colectivo para el periodo de 5 de julio a 31 de diciembre de 2018, reducción que se cuantifica en 5 días.

La empresa expone que esos 5 días de reducción de jornada pendientes de disfrutar se abonarán en la nómina ordinaria del próximo mes de noviembre según el valor recogido como descansos no disfrutados en las tablas salariales establecidas para el segundo semestre de 2018.

Para el personal operativo será el valor establecido para su categoría personal; para los colectivos de Mando Intermedio y Cuadro Técnico y Estructura de Apoyo, dicho abono se efectuará en función del valor correspondiente al nivel salarial 9.

En CGT, así como en todo el CGE, entendemos que si se van a pagar estos 5 días debería ser con el valor de hora extraordinaria, ya que corresponde a días que se han trabajado como exceso de jornada, excediendo las horas trabajadas para 2018. CGT tomará las medidas que considere oportunas para conseguir lo que entendemos nos corresponde por derecho.

Desde CGT también planteamos a la empresa que se dé la opción a cada uno/a de los/as trabajadores/as para que pueda elegir si disfrutar estos días como descanso o el abono de los mismos al igual que se hizo en su día con la bolsa de horas pendiente de los/as trabajadores/as provenientes de FEVE.

CGT, HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONSTANTES


Comunicado                   
  











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